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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-808-E-GDESDE-GSDE

homologacion Firmado el 2026-05-08 · Publicado en el Boletín Nº 23095 del 2026-05-27

Datos del acto

Organismo
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
Monto
—
Objeto
Homologar la cesantía del Sr. Gustavo Osvaldo Santillán

Quién cobra

NombreRolCUITMonto
Gustavo Osvaldo Santillánadjudicatario——

Datos que el acto no publica

Cita textual

HOMOLÓGASE todo lo dispuesto en la RESOL-2025-2522-E-GDESDE-ME, de fecha 10 de septiembre 2025, emanada del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en un todo de acuerdo a los considerandos que anteceden.

Texto del acto

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DECRETO-2026-808-E-GDESDE-

GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, VIERNES 8

DE MAYO DE 2026

Referencia: Expte. 1677-79-2013 -

Cesantía - Santillán Gustavo Osvaldo -

Escuela de Formación Profesional y

Capacitación Laboral Nº 6 - Suncho

Corral.

VISTO: 
La 
RESOL-2025-2522

-E-GDESDE-ME, producido por el

Ministerio de Educación, Ciencia y

Tecnología, de fecha 10 de septiembre de

2025; y

CONSIDERANDO:

Que mediante 
Expediente Nº

1677-79-2013 - Asunto Nº 44953/2013 y

glosado Nº 29418/2015, elevado por el

Consejo General de Educación, se tramita

Sumario Administrativo en contra del Sr.

Gustavo Osvaldo Santillán - DNI Nº

[DNI], Maestro Secretario titular de la

Escuela de Formación Profesional y

Capacitación Laboral Nº 6 "Santa Rosa de

Lima" de la ciudad de Suncho Corral,

Dpto. Juan Felipe Ibarra, por supuestas

inasistencias injustificadas, supuesto

abandono de cargo y supuesto cobro

indebido de haberes;

Que a orden 258 se adjunta

RESOL-2025-2522-E-GDESDE-ME, de

fecha 10 de septiembre de 2025 la cual

resuelve: Homologar lo dispuesto en

RESOL-2024-2217-E-GDESDE-CGE de

fecha 10/05/2024 del Consejo General de

Educación, la que resuelve Convalidar en

todas sus partes lo dispuesto en la

RESOL2024-126-E-GDESDE-DGME#

CGE de fecha 30/04/2024 emanada de la

Dirección General de Modalidades

Educativas, la cual determina Aplicar al

Sr. SANTILLAN GUSTAVO OSVALDO

- DNI Nº [DNI], la sanción prevista en

el Art. 28/.2 Inc. "h " de la Ley 2.630 de

CESANTIA, en los cargos que detenta,

por haber incurrido en FALTA GRAVE

probada en Sumario Administrativo

quedando encuadrada su conducta en el

Artículo 120/ inc. a), d), y n) del

Reglamento General de Escuelas; Artículo

4/ inciso a) y c), Art. 29/ incisos: 1), 2) y

3) de la Ley 2630 Estatuto del Docente y,

Artículos: 1º, 2º, 5º, 6º.1, 6º.2, 6/.5 de la

Ley 5198 sobre Asistencia y Puntualidad,

en un todo y de acuerdo a los

considerando;

Que asimismo ha tomado intervención

Fiscalía de Estado, la cual concluye que el

procedimiento sumarial se ha desarrollado

conforme a derecho, sin formular

objeciones legales para el dictado del acto

administrativo correspondiente;

Que, en virtud de ello corresponde el Acto

Administrativo Homologatorio;

 Por ello;

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1/: HOMOLÓGASE todo lo

dispuesto en la RESOL-2025-2522

-E-GDESDE-ME, de fecha 10 de

septiembre 2025, emanada del Ministerio

de Educación, Ciencia y Tecnología, en

un todo de acuerdo a los considerandos

que anteceden. -

ARTICULO 
2/: 
Comuníquese,

Publíquese y cúrsese a los organismos a

sus efectos.-

Sr. Elías Miguel Suárez

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

Dra. Mariela Nassif

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.