DECRETO-2026-819-E-GDESDE-GSDE
Datos del acto
- Organismo
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Monto
- —
- Objeto
- Autoriza suscr Adenda Conv. Específicio Nº 1 Cruz Roja-MJDH
- Expediente
- EX-2026-01585625--GDESDE-DD#MJDH
Quién cobra
| Nombre | Rol | CUIT | Monto |
|---|---|---|---|
| Cruz Roja Argentina (Filial Santiago del Estero) | proveedor | — | — |
Datos que el acto no publica
- monto
- cuit
Cita textual
Autorízase al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a suscribir Adenda al Convenio Especifico Nº 1 celebrado con la Cruz Roja Argentina (Filial Santiago del Estero), en los términos del modelo, que como Anexo embebido, pasa a formar parte integrante del presente Decreto.-
Texto del acto
Ver / ocultar
DECRETO-2026-819-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, VIERNES 8 DE MAYO DE 2026 Referencia: Autoriza suscr Adenda Conv. Específicio Nº 1 Cruz Roja-MJDH VISTO el expediente EX-2026-[DNI]--GDESDE-DD#MJDH y el Convenio Marco de Cooperación y Vinculación Mutua suscripto entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Cruz Roja Argentina (Filial Santiago del Estero) aprobado por Decreto 1446/2025; y, CONSIDERANDO Que la Cruz Roja Argentina ha solicitado la actualización de los aportes económicos realizados por el Gobierno de la Provincia, tal como lo estipula el Convenio Marco citado y lo expresamente acordado mediante la cláusula tercera del Convenio Específico Nº1; Que se han verificado incrementos salariales y de costos operativos desde la celebración del convenio, impactando directamente en las erogaciones necesarias para sostener los recursos humanos afectados al "Centro de Abordaje Terapéutico y Responsabilidad Adolescente - NEXO"; Que resulta necesario y conveniente autorizar la Adenda propuesta para garantizar la continuidad y eficacia del servicio; Por ello, EL SR. GOBERNADOR DE LA PROVINCIA D E C R E T A : ARTÍCULO 1/: Autorízase al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a suscribir Adenda al Convenio Especifico Nº 1 celebrado con la Cruz Roja Argentina (Filial Santiago del Estero), en los términos del modelo, que como Anexo embebido, pasa a formar parte integrante del presente Decreto.- ARTÍCULO 2/: Facúltase a Ministerio de Economía a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para afrontar los gastos que demande la ejecución de lo dispuesto en el artículo 1º.- ARTÍCULO 3/: Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y archívese.- Sr. Elías Miguel Suarez Dr. Víctor Rodolfo Araujo Dra. Matilde O'Mill
Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.