RESOL-2026-2637-E-GDESDE-MGSC
Datos del acto
- Organismo
- Ministerio de Gobierno y Seguridad
- Monto
- —
- Objeto
- Apruebe la Reforma Parcial del Estatuto Social de la entidad denominada ASOCIACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE CAMPO GALLO
- Expediente
- EX-2025-03136178--GDESDE-DPJ#FDE
Quién cobra
| Nombre | Rol | CUIT | Monto |
|---|---|---|---|
| ASOCIACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE CAMPO GALLO | beneficiario | — | — |
Datos que el acto no publica
- monto
- cuit del beneficiario
Cita textual
APRUÉBESE la Reforma Parcial del Estatuto Social de la entidad denominada "ASOCIACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE CAMPO GALLO"
Texto del acto
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RESOL-2026-2637-E-GDESDE- MGSC SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES 26 DE MAYO DE 2026 Referencia: EX-2025-[DNI] -GDESDE-DPJ#FDE - ASOCIACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE CAMPO GALLO - S/Reforma Parcial del Estatuto Social VISTO, el Expediente de las referencias del registro de la Dirección de Personas Jurídicas; y, CONSIDERANDO: Que obra Nota de la Comisión Directiva d e la en t id a d d e n omin a d a : "ASOCIACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE CAMPO GALLO", dirigida a la Directora General de Personas Jurídicas, publicaciones en el Diario y El Boletín Oficial, padrón de socios en condiciones de votar, copia del Estatuto vigente, copia del Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 04 de Mayo de 2.025 de Reforma Parcial del Estatuto Social, en su Artículo 1º, cambio de domicilio. Que la Fiscalía de Estado en su dictamen (IF-2026-[DNI]-GDESDE-FDE)-entre otras consideraciones manifiesta que del análisis pormenorizado del presente se encuentran cumplidos los requisitos legales de fondo y de forma para la procedencia de la aprobación de la reforma realizada, por lo que en virtud de lo dispuesto por la Ley Provincial Nº 6201 y del Decreto N º174/2004, corresponde remitir el presente expediente al Ministerio de Gobierno fin de que se dicte el Acto Administrativo pertinente (Resolución), mediante el cual se Apruebe la Reforma Parcial del Estatuto Social; Artículo 1/ del domicilio, de la "ASOCIACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE CAMPO GALLO". Por ello, EL SEÑOR MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD RESUELVE: ARTICULO 1ro. - APRUÉBESE la Reforma Parcial del Estatuto Social de la entidad denominada "ASOCIACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE CAMPO GALLO", con domicilio legal en calle Pública S/N del Barrio Obras Sanitarias de la Ciudad de Campo Gallo, Dpto. Alberdi, Provincia de Santiago del Estero, dispuesta en Asamblea Extraordinaria de fecha 04 de Mayo de 2.025, por la cual se reforma el Artículo 1º, cambio de domicilio, conforme lo expuesto en los considerandos del presente acto administrativo. - ARTICULO 2do. - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y pase a la Dirección General de Personas Jurídicas, a sus efectos. - Dr. BERNARDO JOSE HERRERA - Ministro RESOLUCION
Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.