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Observatorio de Boletines

RESOL-2026-2121-E-GDESDE-MGSC

designacion Firmado el 2026-03-26 · Publicado en el Boletín Nº 23058 del 2026-03-30

Datos del acto

Organismo
Ministerio de Gobierno y Seguridad
Monto
—
Objeto
Intervención y designación de interventor para la entidad 'FUNDACION MUSICA ESPERANZA FILIAL VINARA Y TERMAS DE RIO HONDO'
Plazo
90 días
Expediente
EX-2026-00325036

Quién cobra

NombreRolCUITMonto
FUNDACION MUSICA ESPERANZA FILIAL VINARA Y TERMAS DE RIO HONDObeneficiario——
AVILA, VERONICA NATALIAadjudicatario——

Datos que el acto no publica

Cita textual

INTERVENIR a la entidad civil denominada 'FUNDACION MUSICA ESPERANZA FILIAL VINARA Y TERMAS DE RIO HONDO', con sede legal en la Localidad de Vinara, departamento Río Hondo, Provincia de Santiago del Estero; atento a las consideraciones expuestas en el presente acto administrativo.

Texto del acto

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RESOL-2026-2121-E-GDESDE-

MGSC

SANTIAGO DEL ESTERO, JUEVES 26

DE MARZO DE 2026

Referencia: 
EX-2026-[DNI]

- G D E S D E - D P J # F D E - S /

INTERVENCION 
FUNDACION

MUSICA DE ESPERANZA FILIAL

VINARA Y TERMAS DE RIO HONDO

 VISTO, el Expediente Electrónico de

referencias, a través de los cuales los

socios de la entidad denominada,

" F UN D A C I O N 
M US I C A 
D E

ESPERANZA FILIAL VINARA Y

TERMAS DE RIO HONDO", solicitan la

intervención de la entidad mencionada; y,

CONSIDERANDO:

Que se inician las presentes actuaciones

por nota elevada por socios de la entidad

denominada "FUNDACION MUSICA

ESPERANZA FILIAL VINARA Y

TERMAS DE RIO HONDO", con sede

legal en la Localidad de Vinara,

departamento Río Hondo, Provincia de

Santiago del Estero, quienes solicitan la

normalización de esa entidad estando la

misma en situación de acefalia.

Que Fiscalía de Estado - entre otras

consideraciones - en su intervención

considera que la Intervención de la

institución es el mecanismo más idóneo

para alcanzar el saneamiento y la

regularización de la misma. -

Atento a lo manifestado precedentemente,

es opinión de esta Fiscalía de Estado

aconsejar que se intervenga la entidad en

cuestión, ello de conformidad a lo previsto

por los Arts.28 de la Ley 6021 y Decreto

174/04, señalando que para el dictado del

acto administrativo se deberá tener

presente la designación de la persona del

interventor, término de mandato, la

modalidad y sus funciones;

Por ello;

EL SEÑOR MINISTRO DE GOBIERNO

Y SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1ro. - INTERVENIR a la

entidad civil denominada "FUNDACION

MUSICA ESPERANZA FILIAL

VINARA Y TERMAS DE RIO HONDO",

con sede legal en la Localidad de Vinara,

departamento Río Hondo, Provincia de

Santiago del Estero; atento a las

consideraciones expuestas en el presente

acto administrativo. -

ARTICULO 
2do.- 
DESIGNAR

Interventor de la entidad mencionada la

señora AVILA, VERONICA NATALIA,

clase 1987, DNI Nº [DNI], quien en

un término de noventa (90) días, a contar

de la fecha del presente acto

administrativo, deberá convocar a los

asociados para elegir sus autoridades en

Asamblea que se realizará al efecto. -

ARTICULO 3ro. - El INTERVENTOR

designado por el artículo anterior, estará

investido de facultades de administración

y asamblea, a los fines de poner en

marcha el proceso electoral y celebrar los

comicios, para lo cual podrá, entre las

demás funciones que se le competen,

depurar el padrón de socios, oficializar las

listas de candidatos, elegir y presidir el

acto eleccionario. -

ARTICULO 4to.- Comuníquese,

publíquese, dese al Boletín Oficial y pase

a la Dirección de Personas Jurídicas, a sus

efectos.

Dr. BERNARDO JOSE HERRERA -

Ministro

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.