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DECRETO-2026-376-E-GDESDE-
GSDE
SANTIAGO DEL ESTERO, LUNES 2
DE MARZO DE 2026
Referencia:
EX-2026-[DNI]--GDESDE-MS.
VISTO: El EX-2026-[DNI]--GDESDE-MS y la necesidad de articular
acciones pertinentes en el marco de las
medidas generales de prevención sanitaria,
y;
CONSIDERANDO:
Que, por conducto de las actuaciones
administrativas de marras, las autoridades
del Ministerio de Salud en ese marco
expresan la urgencia en iniciar gestiones
tendientes a lograr la autorización para la
adquisición de productos médicos
descartables con destino a los diferentes
Centros Asistenciales de la Provincia;
Que se solicitó presupuestos a firmas de
reconocida trayectoria en la materia
resultando convenientes, según surge del
cuadro comparativo de precios y del Acta
de Preadjudicación la propuesta de
"DROGUERIA APONOR S.A. CUIT Nº
30-[DNI]-1 por $271.632.000,00
(pesos doscientos setenta y un millones
seiscientos treinta y dos mil), quien
manifiesta disponibilidad de stock para
cubrir la demanda a pesar de la difícil
situación económica por la que atraviesa
nuestro País;
Que se agrega Formulario Nº 1
debidamente habilitado por el Poder
Ejecutivo Provincial, por un importe total
de $271.632.000,00 (pesos doscientos
setenta y un millones seiscientos treinta y
dos mil), quedando en consecuencia el
presente procedimiento enmarcado en el
D e c r e t o
D E C T O - 2 0 2 5 - 3 2 9 5
-E-GDESDE-GDSE de Medidas de
Control del Gasto Publico;
Que obra Parte de Imputación
Presupuestaria emitido por Delegación
Contable, con cargo a la Jurisdicción 26 -
Ministerio de Salud, Programa 12,
Subprogramas 02, 03, 04, Proyecto 00,
Actividad 01, P.p. 252 "Productos
químicos, farmacéuticos y medicinales";
Que se adjuntan Cláusulas Particulares y
Pliego de Condiciones Mínimas que
regirán la presente contratación;
Que Asesoría Jurídica del Ministerio de
Salud mediante Informe IF-2026
-[DNI]-GDESDE-MS concluye que no
existe objeción que formular a la emisión
del Acto Administrativo que autorice
llevarse a cabo por Compulsa Abreviada
(art. 70 inc. a) que aquí tramita;
Que la Sala de Primera Nominación del
Honorable Tribunal de Cuentas mediante
RETCC-2026-53-EGDESDE- DEC
declara la inexistencia de observaciones en
esta instancia en el expediente;
Que Fiscalía de Estado mediante
IF-2026-[DNI]-GDESDE-FDE
entiende que "se podrá proseguir con la
presenté contratación, adjudicándose la
misma a la "DROGUERIA APONOR
S.A.", por un monto presupuestado de $
271.632.000, igual al Presupuesto Oficial,
todo ello en base a lo establecido en el art.
81 inc. d) del Reglamento 75/2021";
Que se hace pertinente autorizar al
Ministerio de Salud, a realizar la
contratación con el tiempo suficiente que
reclama la urgencia planteada, utilizando
el procedimiento de selección de oferentes
establecido por el Artículo 70/ Inciso a)
d e l
D e c re t o
DECTO-2021-75
-E-GDESDE-GSDE reglamentario de la
Ley Nº 7.253 - Régimen Único de
Contrataciones Públicas y modificatorias;
Que el presente acto se dicta en el marco
de lo dispuesto por el Artículo 31/ Inciso
d) de la Ley Nº 7.253 - Régimen Único de
Contrataciones Públicas y modificatorias
y siguiendo lineamientos establecidos por
el
Decreto
DECTO-2025-3295
-E-GDESDE-GSDE de Medidas de
Control del Gasto Público y la Ley Nº
6.933 de Administración Financiera y
Control Interno del Sector Público
Provincial;
Por ello;
EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: AUTORIZAR al
Ministerio de Salud, a contratar con las
firmas: "DROGUERIA APONOR S.A.",
para la adquisición de productos médicos
descartables con destino a los diferentes
Centros Asistenciales de la Provincia, por
un importe total de $271.632.000,00
(pesos doscientos setenta y un millones
seiscientos treinta y dos mil) que se regirá
por Clausulas Particulares y el Pliego de
Condiciones Mínimas obrantes a Orden
Nº 04 y 05, en un todo de acuerdo con los
considerandos del presente.-
ARTÍCULO 2º: El gasto será atendido con
créditos pertenecientes a la Jurisdicción 26
- Ministerio de Salud, Programa 12,
Subprogramas 02, 03, 04, Proyecto 00,
Actividad 01, P.p. 252 "Productos
químicos, farmacéuticos y medicinales". -
ARTICULO
3º:
Comuníquese,
publíquese, dese al Boletín Oficial,
cumplido archívese.-
Sr. Elías Miguel Suárez
Dr. Víctor Rodolfo Araujo
Lic. Natividad Nassif
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