Saltar al contenido
Observatorio de Boletines

RESOL-2026-2239-E-GDESDE-MGSC

homologacion Firmado el 2026-04-07 · Publicado en el Boletín Nº 23063 del 2026-04-08

Datos del acto

Organismo
Ministerio de Gobierno y Seguridad
Monto
—
Objeto
Aprobación del Estatuto Social de la Asociación Civil Social Brigada Humanitaria - La Banda
Expediente
EX-2025-05882830--GDESDE-DPJ#FDE

Quién cobra

NombreRolCUITMonto
ASOCIACION CIVIL SOCIAL BRIGADA HUMANITARIA - LA BANDAbeneficiario——

Datos que el acto no publica

Cita textual

ARTICULO 1ro. - APRUEBASE el Estatuto Social de la entidad denominada, "ASOCIACION CIVIL SOCIAL BRIGADA HUMANITARIA-LA BANDA", con domicilio legal y social en calle Chejolao (n) Nº146 Barrio Avenida, de la Ciudad de La Banda, Departamento Banda, Provincia de Santiago del Estero y otórgasele la correspondiente personería jurídica.

Texto del acto

Ver / ocultar
RESOL-2026-2239-E-GDESDE-

MGSC

SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES 7

DE ABRIL DE 2026

Referencia: 
EX-2025-[DNI]-

GDESDE-DPJ#FDE-S/APROBACION

ASOCIACION 
CIVIL 
SOCIAL

BRIGADA 
HUMANITARIA-LA

BANDA

VISTO: El expediente electrónico de

referencia, iniciado por la Dirección

General de Personas Jurídicas; y,

CONSIDERANDO:

Que 
la 
entidad 
denominada,

"ASOCIACION 
CIVIL 
SOCIAL

BRIGADA 
HUMANITARIA 
-LA

BANDA con domicilio legal y social en

calle Chejolao (n) Nº146 Barrio Avenida

de la ciudad de La Banda Dpto. Banda,

Provincia de Santiago del Estero; solicita

la aprobación de su Estatuto Social, con la

documentación requerida por la Dirección

General de Personas Jurídicas.

Que la Dirección General de Personas,

verificó en la base de datos que no incurre

en homonimia el nombre de la

"ASOCIACION 
CIVIL 
SOCIAL

BRIGADA 
HUMANITARIA 
-LA

BANDA".

Que obra adjunta Acta Notarial-

Escribanía Pública, Registro Notarial

Nº24, Año 2.025, Escritura Nº270, Folio

551/557 sobre constitución social de la

entidad civil antes mencionada.

Que Fiscalía de Estado en su dictamen

(IF-2026-[DNI]-GDESDE-FDE),

-entre otras consideraciones entiende que

se encuentran cumplidos con los recaudos

exigidos por los artículos 168, 169, 170

siguientes y concordantes del Código

Civil y Comercial de la Nación, en

consecuencia puede autorizarse a

funcionar con carácter de personería

jurídica a la entidad denominada

"ASOCIACION 
CIVIL 
SOCIAL

BRIGADA HUMANITARIA - LA

BANDA ", constituida el primero de

octubre del dos mil veinticinco mediante

escritura Nº 207 pasada por ante Escribana

Lucia Beatriz Suarez Brizuela, Escribana

adscripta del Registro Nº 24 y, asimismo

se aconseja aprobar su Estatuto Social

ello y conforme lo dispuesto por la Ley

Provincial 6.201 y Decreto Nº 174/04,

corresponde se remita el presente

expediente al Ministerio de Gobierno y

Seguridad a fin de que se dicte el acto

administrativo pertinente.

Por ello,

EL SEÑOR MINISTRO DE GOBIERNO

Y SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1ro. - APRUEBASE el

Estatuto Social de la entidad denominada,

"ASOCIACION 
CIVIL 
SOCIAL

BRIGADA 
HUMANITARIA-LA

BANDA", con domicilio legal y social en

calle Chejolao (n) Nº146 Barrio Avenida,

de la Ciudad de La Banda, Departamento

Banda, Provincia de Santiago del Estero

y otórgasele la correspondiente personería

jurídica.

ARTICULO 2do. - Comuníquese,

publíquese, dese al Boletín Oficial y pase

a la Dirección General de Personas

Jurídicas, a sus efectos.

Dr. BERNARDO JOSE HERRERA -

Ministro

instrumentado en la misma. En virtud de

M I N I S T E R I O  D E  O B R A S,  S E R V I C I O S  P Ú B L I C O S  Y  A G U A

RESOLUCION

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.