RESOL-2026-2239-E-GDESDE-MGSC
Datos del acto
- Organismo
- Ministerio de Gobierno y Seguridad
- Monto
- —
- Objeto
- Aprobación del Estatuto Social de la Asociación Civil Social Brigada Humanitaria - La Banda
- Expediente
- EX-2025-05882830--GDESDE-DPJ#FDE
Quién cobra
| Nombre | Rol | CUIT | Monto |
|---|---|---|---|
| ASOCIACION CIVIL SOCIAL BRIGADA HUMANITARIA - LA BANDA | beneficiario | — | — |
Datos que el acto no publica
- monto
- cuit
Cita textual
ARTICULO 1ro. - APRUEBASE el Estatuto Social de la entidad denominada, "ASOCIACION CIVIL SOCIAL BRIGADA HUMANITARIA-LA BANDA", con domicilio legal y social en calle Chejolao (n) Nº146 Barrio Avenida, de la Ciudad de La Banda, Departamento Banda, Provincia de Santiago del Estero y otórgasele la correspondiente personería jurídica.
Texto del acto
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RESOL-2026-2239-E-GDESDE- MGSC SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES 7 DE ABRIL DE 2026 Referencia: EX-2025-[DNI]- GDESDE-DPJ#FDE-S/APROBACION ASOCIACION CIVIL SOCIAL BRIGADA HUMANITARIA-LA BANDA VISTO: El expediente electrónico de referencia, iniciado por la Dirección General de Personas Jurídicas; y, CONSIDERANDO: Que la entidad denominada, "ASOCIACION CIVIL SOCIAL BRIGADA HUMANITARIA -LA BANDA con domicilio legal y social en calle Chejolao (n) Nº146 Barrio Avenida de la ciudad de La Banda Dpto. Banda, Provincia de Santiago del Estero; solicita la aprobación de su Estatuto Social, con la documentación requerida por la Dirección General de Personas Jurídicas. Que la Dirección General de Personas, verificó en la base de datos que no incurre en homonimia el nombre de la "ASOCIACION CIVIL SOCIAL BRIGADA HUMANITARIA -LA BANDA". Que obra adjunta Acta Notarial- Escribanía Pública, Registro Notarial Nº24, Año 2.025, Escritura Nº270, Folio 551/557 sobre constitución social de la entidad civil antes mencionada. Que Fiscalía de Estado en su dictamen (IF-2026-[DNI]-GDESDE-FDE), -entre otras consideraciones entiende que se encuentran cumplidos con los recaudos exigidos por los artículos 168, 169, 170 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, en consecuencia puede autorizarse a funcionar con carácter de personería jurídica a la entidad denominada "ASOCIACION CIVIL SOCIAL BRIGADA HUMANITARIA - LA BANDA ", constituida el primero de octubre del dos mil veinticinco mediante escritura Nº 207 pasada por ante Escribana Lucia Beatriz Suarez Brizuela, Escribana adscripta del Registro Nº 24 y, asimismo se aconseja aprobar su Estatuto Social ello y conforme lo dispuesto por la Ley Provincial 6.201 y Decreto Nº 174/04, corresponde se remita el presente expediente al Ministerio de Gobierno y Seguridad a fin de que se dicte el acto administrativo pertinente. Por ello, EL SEÑOR MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD RESUELVE: ARTICULO 1ro. - APRUEBASE el Estatuto Social de la entidad denominada, "ASOCIACION CIVIL SOCIAL BRIGADA HUMANITARIA-LA BANDA", con domicilio legal y social en calle Chejolao (n) Nº146 Barrio Avenida, de la Ciudad de La Banda, Departamento Banda, Provincia de Santiago del Estero y otórgasele la correspondiente personería jurídica. ARTICULO 2do. - Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y pase a la Dirección General de Personas Jurídicas, a sus efectos. Dr. BERNARDO JOSE HERRERA - Ministro instrumentado en la misma. En virtud de M I N I S T E R I O D E O B R A S, S E R V I C I O S P Ú B L I C O S Y A G U A RESOLUCION
Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.