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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-420-E-GDESDE-GSDE

modificacion presupuestaria Firmado el 2026-03-09 · Publicado en el Boletín Nº 23065 del 2026-04-10

Datos del acto

Organismo
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Monto
—
Objeto
Modificación presupuestaria para transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro
Expediente
EX-2026-00171925--GDESDE-DD#MJDH

Quién cobra

NombreRolCUITMonto
Cruz Roja Argentina- Filial Santiago del Esteroproveedor——

Datos que el acto no publica

Cita textual

ARTICULO 1º.- Modificase, el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2026, de conformidad con el detalle obrante en Planillas Anexas, que forman parte integrante del presente Decreto y bajo las condiciones expresadas en el párrafo segundo del Considerando.

Texto del acto

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DECRETO-2026-420-E-GDESDE-GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, LUNES 9 DE MARZO DE 2026

Referencia: EX-2026-[DNI]-GDESDE-DD#MJDH-Modificación Presupuestaria-TRANSFERENCIAS.

VISTO: El Expediente N.º 2026-[DNI]-GDESDE-DD#MJDH, DECTO-2025-1446-E-GDESDE-GSDE y el Presupuesto General de

la Administración Pública Provincial Ejercicio 2026; y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco del Convenio de Cooperación y Vinculación Mutua entre el Ministerio de

Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santiago del Estero y la Cruz Roja Argentina- Filial Santiago del Estero, aprobado mediante

DECTO-2025-1446-EGDESDE- GSDE, solicita en su Programa: 01 - "Acciones Centrales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos",

la creación de la Partida Parcial: "Transferencias a Otras instituciones Culturales y Sociales Sin Fines de Lucro", financiada con Rentas

Generales .

Que, lo peticionado, posibilitará contar con créditos presupuestarios necesarios para el normal funcionamiento operativo, lo que responde

a la solicitud expresa del organismo recurrente y refiere sólo a la formulación presupuestaria, sin entrar a considerar la aplicación final de

los créditos, responsabilidad exclusiva y excluyente del contratante;

Que lo solicitado, no implica incremento del Total Gastos previstos en el Presupuesto vigente, por afectarse para ello partidas existentes

en el Ministerio de Economía;

Que el presente Decreto se encuadra en lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley N.º 7.409 - Presupuesto General de la Administración

Pública Provincial - Ejercicio 2026;

Por ello,

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Modificase, el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2026, de conformidad con el detalle

obrante en Planillas Anexas, que forman parte integrante del presente Decreto y bajo las condiciones expresadas en el párrafo segundo del

Considerando.

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será también refrendado por la Señora Ministra Justicia y Derechos Humanos

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y archívese.

Sr. Elías Miguel Suárez

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

C.P.N. Atilio Chara

Dra. Matilde O'Mill

  M I N I S T E R I O  D E  O B R A S,  S E R V I C I O S  P Ú B L I C O S  Y  A G U A  

RESOLUCION

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.