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DECRETO-2026-452-E-GDESDE-
GSDE
SANTIAGO DEL ESTERO, JUEVES 12
DE MARZO DE 2026
Referencia:
EX-2025-[DNI]
-GDESDE-SSA#MAMA - Adj. Perales
Aguiar - Refacción, Operación y
Mantenimiento del Acueducto Sudeste.
VISTO:
El
EX-2025-04192688G D E S D E - S S A # M A M A
y
l a
RESFC-2025-164-GDESDE-MOPAMA
de fecha 26 de diciembre de 2025;
CONSIDERANDO:
Que por la misma, se aprueba los Pliegos
de Bases y Condiciones para la
contratación de la: "REFACCION,
OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO
DEL ACUEDUCTO DEL SUDESTE -
DPTO. MORENO, JUAN FELIPE
IBARRA,
GRAL.
TABOADA
Y
BELGRANO- PROVINCIA SANTIAGO
DEL ESTERO" y se autoriza a la
Subsecretaría del Agua a llamar a
Licitación Pública y Escrita, con un
Presupuesto Oficial de $ [DNI].210
(Pesos Cinco Mil Sesenta y Cuatro
Millones Quinientos Catorce Mil
Doscientos Diez) y un plazo de ejecución
de 12 (doce) meses a partir del primer
replanteo;
Que con fecha 20 de enero de 2026, se
procede a la Apertura de los Sobres Nº 1
y 2 de la Licitación Pública, con la
presencia de representantes de la
Dirección General de Rentas, Tribunal de
Cuentas y Comisión de Apertura y
P r e a d j u d i c a c i ó n
d e s i g n a d a
oportunamente:
PRIMER OFERENTE: Empresa MIJOVI
S.R.L presenta la documentación en
original, duplicado, triplicado y pliego en
digital. Presenta Depósito de Garantía de
la Oferta expedida por Tesorería General
de la Provincia, emitida por la firma
EVOLUCIÓN SEGUROS S.A Póliza Nº
376.619, la Comisión no realiza
observaciones a la documentación.
Cumple con sellado de ley.
Cotiza por la suma de $ [DNI].877,54
superior en un 12 % al Presupuesto
oficial.
SEGUNDO OFERENTE: Empresa
PERALES AGUIAR S.A. presenta la
documentación en original, duplicado,
triplicado y pliego en digital. Presenta
Depósito de Garantía de la Oferta
expedida por Tesorería General de la
Provincia,
emitida
por
la
firma
ASEGURADORES DE CAUCIÓN S.A
Póliza Nº [DNI], la Comisión formula
observaciones a la presentación efectuada,
otorgándosele
un plazo para su
cumplimiento. Cumple con sellado de ley.
Cotiza por la suma de $ [DNI].716,13
inferior al Presupuesto oficial.
Que con fecha 3 de febrero de 2026, la
Comisión de Pre Adjudicación designada,
luego de analizar la documentación
presentada en el acto de apertura y en el
plazo acordado, aconseja preadjudicar a la
firma PERALES AGUIAR S.A por la
suma ofertada de $ [DNI].716,13
(Pesos Cinco Mil Veintinueve Millones
Doscientos Sesenta y Un Mil Setecientos
Dieciséis con Trece Centavos) que es
menor del Presupuesto Oficial, en
consecuencia su propuesta es admisible,
válida y conveniente a los intereses del
Estado;
Que el Tribunal de Cuentas interviene
oportunamente y en Resolución de Sala
RETCC-2026-77-GDESDETDEC de
fecha 11/02/26 declara la inexistencia de
observaciones que formular al presente
trámite, por lo que se puede dar
continuidad;
Que Fiscalía de Estado en Dictamen
IF-2026-[DNI]-GDESDE-FDE de
fecha 18/02/26 concluyen, "Dadas dichas
circunstancias, y previo a analizar por
parte del Poder Ejecutivo, la procedencia
de la presente contratación a la luz del
Decreto 2025-3295-E-GDESDE-GSDE,
el cual dispone la aplicación de medidas
de control del gasto público, esta Fiscalía
de Estado no tiene objeciones de tipo
legal que realizar al presente proceso
licitatorio, pudiéndose en consecuencia
adjudicar la presente obra a la Empresa
PERALES AGUIAR SA, quien cotiza por
la suma de $ [DNI].716,13, monto
menor al Presupuesto Oficial.
Por ello y conforme a la Leyes Nº 2.092,
7253, 7267 y Decreto 75/21;
EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: APRÚEBASE
la
Licitación Pública y Escrita Nº 06/25
llevada a cabo por la Subsecretaría del
Agua para la ejecución de la obra:
"REFACCION,
OPERACIÓN
Y
MANTENIMIENTO DEL ACUEDUCTO
DEL SUDESTE - DPTO. MORENO,
JUAN FELIPE IBARRA, GRAL.
T AB O A D A
Y
B E L GR A N O -
PROVINCIA
SANTIAGO
DEL
ESTERO" y ADJUDÍCASE la misma a la
Empresa PERALES AGUIAR S.A. por la
suma de $ [DNI].716,13 (Pesos Cinco
Mil Veintinueve Millones Doscientos
Sesenta y Un Mil Setecientos Dieciséis
con
Trece
Centavos)
menor
al
Presupuesto Oficial, y un plazo de
ejecución de 12 (doce) meses a partir del
primer acta de replanteo y en base a los
considerados vertidos precedentemente.
ARTICULO 2º: Autorízase al señor
Ministro de Obras, Servicios Públicos y
Agua, a la suscripción del correspondiente
Contrato de Obra.
ARTICULO 3º: El presente gasto se
imputará en la Jurisdicción 17 - Programa
32, S-Pr 00, Proyecto 01, Obra 68, Partida
421, Trabajos Públicos. Refacción,
Operación
y
Mantenimiento
del
Acueducto del Sudeste, en lo que se
presuma ejecutar en el presente ejercicio.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será
refrendado por el señor Ministro de
Economía por tratarse de un proyecto
pluarianual.
ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese,
dése al Boletín Oficial y archívese.
Sr. Elías Miguel Suárez
Dr. Víctor Rodolfo Araujo
Arq. Aldo Rene Hid
C.P.N. Atilio Chara
Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda.
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