DECRETO-2026-466-E-GDESDE-GSDE
Datos del acto
- Organismo
- Jefatura de Gabinete
- Monto
- —
- Objeto
- Incremento de créditos presupuestarios para Gastos Operativos, financiados con Rentas Generales
- Expediente
- EX-2026-00647887--GDESDE-DAVCI#JGM
Datos que el acto no publica
- monto
- detalle renglones
Cita textual
ARTICULO 1º.- Modificase, el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2.026, de conformidad con el detalle obrante en las Planillas Anexas, que forman parte integrante del presente Decreto y bajo las condiciones expresadas en el párrafo segundo del Considerando. -
Texto del acto
Ver / ocultar
DECRETO-2026-466-E-GDESDE-GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, LUNES 16 DE MARZO DE 2026 Referencia: EX-2026-[DNI]-GDESDE-DAVCI#JGM-Modificación Presupuestaria-GASTOS OPERATIVOS VISTO: El Expediente N.º 2026-[DNI]-GDESDE-DAVCI#JGM y el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2.026; y CONSIDERANDO: Que, Jefatura de Gabinete requiere incrementos de créditos presupuestarios, asignados al ámbito de su Jurisdicción, correspondiente a Partidas Parciales del Inciso: "Bienes de Uso", financiados con Rentas Generales; Que, lo peticionado posibilitará contar con créditos presupuestarios necesarios para atender sus actuales exigencias operativas, lo que responde a la solicitud expresa del recurrente y refiere solo a la formulación presupuestaria, sin entrar a considerar la aplicación final de los créditos, responsabilidad exclusiva y excluyente del contratante; Que, lo precedentemente consignado, no implica incremento en el Total de Gastos previstos en el presente Ejercicio, por afectarse a tales fines, partidas existentes en el Ministerio de Economía; Que el presente Decreto se encuadra en lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley N.º 7.409 - Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2026; Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º.- Modificase, el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2.026, de conformidad con el detalle obrante en las Planillas Anexas, que forman parte integrante del presente Decreto y bajo las condiciones expresadas en el párrafo segundo del Considerando. - ARTICULO 2º.- El presente Decreto será también refrendado por el Señor Jefe de Gabinete. - ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y archívese. - Sr. Elías Miguel Suarez Dr. Víctor Rodolfo Araujo C.P.N. Atilio Chara
Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.