DECRETO-2026-555-E-GDESDE-GSDE
Datos del acto
- Organismo
- Secretaría de Estado de Gestión Económica
- Monto
- —
- Objeto
- Organización integral de puesta en funcionamiento de Agencias de Desarrollo Territorial
- Jurisdicción presupuestaria
- 28
- Expediente
- EX-2026-01327720--GDESDE-SEGE
Datos que el acto no publica
- monto
- proveedor
- cuit
- detalle renglones
Cita textual
AUTORIZAR a la Secretaria de Estado de Gestión Económica, a contratar los servicios necesarios para la organización integral del evento de puesta en funcionamiento de Agencias de Desarrollo Territorial y a gestionar ante el Ministerio de Economía de la Provincia los fondos necesarios, en el marco de lo previsto por el Artículo 72/ de la Ley Nº 6933 de Administración Financiero y Control Interno del Sector Público Provincial, en un todo de acuerdo con los considerandos del presente.-
Texto del acto
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DECRETO-2026-555-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES 31 DE MARZO DE 2026 Referencia: EX-2026-[DNI]--GDESDE-SEGE - Organización integral de puesta en funcionamiento de Agencias de Desarrollo Territorial VISTO: El EX-2026-[DNI]--GDESDE-SEGE, y; CONSIDERANDO: Que por conducto de las actuaciones administrativas de marras, el Ministerio de Producción, Recursos Naturales, Forestación, Tierras y Medio Ambiente inicia gestiones tendientes a lograr la autorización para la organización integral de la puesta en funcionamiento de Agencias de Desarrollo Territorial, evento que se llevará a cabo el día primero de abril del corriente año y que contara con la presencia de autoridades provinciales e invitados especiales de reconocida trayectoria, lo que contribuirá a fortalecer las políticas públicas implementadas por el Gobierno de la Provincia desde el inicio de su gestión, en materia de desarrollo productivo; Que para tal fin, es menester contratar servicios acordes a la jerarquía del evento, para lo que se solicitó presupuestos a firmas de reconocida trayectoria en los diferentes rubros, los que resultan acordes a los establecidos en el mercado y dado que su pago es exigido en forma anticipada, resulta procedente enmarcarlos en lo establecido por el Artículo 72/ de la Ley Nº 6.933 de Administración Financiero y Control Interno del Sector Público Provincial; Que en atención a la inminente realización del evento, se hace pertinente autorizar a la Secretaria de Estado de Gestión Económica a realizar las contrataciones necesarias con el tiempo suficiente que reclama la organización general, en el marco de lo previsto por el Artículo 31/ de la Ley Nº 7.253 Régimen Único de Contrataciones Públicas de la Provincia y modificatorias; Que el presente acto se dicta en el marco de lo previsto por la Ley Nº 7.253 - Régimen Único de Contrataciones Públicas y modificatorias y siguiendo lineamientos establecidos por el Decreto DECTO2025-3295-E-GDESDE-GSDE de Medidas de Control del Gasto Público y la Ley Nº 6.933 de Administración Financiero y Control Interno del Sector Público Provincial; Por ello; EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º: AUTORIZAR a la Secretaria de Estado de Gestión Económica, a contratar los servicios necesarios para la organización integral del evento de puesta en funcionamiento de Agencias de Desarrollo Territorial y a gestionar ante el Ministerio de Economía de la Provincia los fondos necesarios, en el marco de lo previsto por el Artículo 72/ de la Ley Nº 6933 de Administración Financiero y Control Interno del Sector Público Provincial, en un todo de acuerdo con los considerandos del presente.- ARTÍCULO 2º: FACULTAR al Señor Ministro de Economía para asignar el crédito a ejecutarse en el ejercicio vigente, en virtud de lo expresado en el Artículo 28/ del Decreto DECTO-2021-75-E -GDESDEGSDE reglamentario de la Ley Nº 7.253 Régimen Único de Contrataciones Públicas de la Provincia y modificatorias. - ARTICULO 3/: El gasto será atendido con créditos pertenecientes a la Jurisdicción 28 - Secretaria de Estado de Gestión Económica. - ARTICULO 4/: Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial, cumplido archívese. - Sr. Elías Miguel Suárez Dr. Víctor Rodolfo Araujo C.P.N. Jorge Gustavo Murad
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