RESOL-2026-1269-E-GDESDE-IPVU
Datos del acto
- Organismo
- Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo
- Monto
- —
- Objeto
- Rescindir la adjudicación de la Unidad Habitacional Mza 23 Lote 25 Lic. 71/04 - Grupo Habitacional 1.845 Viviendas Barrio Campo Contreras - Capital, otorgada a la Sra. Giménez, María Elena D.N.I. Nº 17438121.
- Expediente
- EX-2026-02262844--GDESDE-IPVU#MOP
Quién cobra
| Nombre | Rol | CUIT | Monto |
|---|---|---|---|
| Persona física (dato reservado) | adjudicatario | — | — |
Datos que el acto no publica
- monto
- cuit
Cita textual
ART. 1º.- RESCINDIR la adjudicación de la Unidad Habitacional identificada como Mza 23 Lote 25 Lic. 71/04 - Grupo Habitacional 1.845 Viviendas Barrio Campo Contreras - Capital, otorgada mediante Resolución Nº 003828 de fecha 28 de Diciembre de 2007, a favor de la Sra. Giménez, María Elena D.N.I. Nº 17438121, en virtud de lo expresado en el Considerando de la presente.
Texto del acto
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RESOL-2026-1269-E-GDESDE-IPVU #MOP S A N T I A G O D E L E S T E R O , MIÉRCOLES 24 DE JUNIO DE 2026 Referencia: EX-2026-[DNI]-- GDESDE-IPVU#MOP - Asunto: Clausura Mza 23 Lote 25 Lic 71/04 - Grupo Habitacional 1.845 Viviendas Barrio Campo Contreras - Capital. VISTO: Las presentes actuaciones; y CONSIDERANDO: Que la Unidad Habitacional identificada como Mza 23 Lote 25 Lic 71/04 - Grupo Habitacional 1.845 Viviendas Barrio Campo Contreras - Capital, fue adjudicada a través de Resolución Nº 003828 de fecha 28 de Diciembre de 2007, a favor de la Sra. Giménez, María Elena D.N.I. Nº [DNI], acto administrativo firme a la fecha (Orden 9). Que la Unidad Operativa Gestión Cobranzas informa estado de cuenta de la ANTOGNOLI Marcela Alejandra vivienda. (Orden 11). Que el Dpto. Escrituraciones informa que la vivienda no registra antecedentes de escritura (Orden 13). Que en fecha 22/05/2026, personal del Área se hace presente en el domicilio de referencia, donde nadie responde a los reiterados llamados, la unidad no cuenta con medidor de energía eléctrica, terreno con mucha maleza, ante esta situación se procede a la clausura preventiva. Que se realiza relevamiento en el que vecinos son coincidentes al informar que la vivienda se encuentra deshabitada desde hace unos meses, que en un principio vivía la adjudicataria, la cual por problemas familiares (fallecimiento de la nuera), se encuentra en el Barrio 8 de Abril cuidando de sus nietos. Que se adjunta informe de EDESE del cual surge que el consumo de energía eléctrica se encuentra INACTIVO desde el día 19 de Mayo del corriente año. Que la adjudicataria no se hizo presente en las oficinas de Recupero Habitacional como tampoco realizó descargo de estilo. Que este accionar está contrariando la ley vigente a la obligatoriedad de la HABITABILIDAD PERMANENTE DE LOS ADJUDICATARIOS y la prohibición de vender, alquilar ceder o prestar las viviendas. Que esto ha motivado la actuación del Organismo, por las facultades de Poder de Policía que conserva el IPVU sobre las viviendas adjudicadas. Que la falta de ocupación de la vivienda por parte de sus adjudicatarios, surge de todas las evidencias recolectadas a lo largo del expediente, son todas estas, pruebas suficientes para adoptar medidas de carácter urgente para recuperar las viviendas en este estado, caso contrario se causaría un perjuicio a este Organismo. Que por lo expresado la Asesoría Legal aconseja, corresponde adoptar las siguientes medidas, mediante el dictado de acto administrativo: 1)-RESCINDIR la adjudicación de la unidad habitacional identificada como Mza 23 Lote 25 Lic 71/04 - Grupo Habitacional 1.845 Viviendas Firmado digitalmente por ANTOGNOLI Marcela Alejandra Fecha: 2026.06.29 12:20:52 -03'00' Barrio Campo Contreras - Capital, adjudicada a la Sra. Giménez, María Elena D.N.I. Nº [DNI], mediante Resolución Nº 003828 de fecha 28 de Diciembre de 2007 2) Dictado el acto administrativo se publique en el Boletín Oficial 3).- ORDENAR a la Unidad Operativa de Recupero Habitacional a tomar posesión de la vivienda ut supra citada, en forma inmediata y proceda a desocupar a Terceras Personas, y bienes muebles, que pudieren encontrarse en la vivienda, con intervención de Escribanía de Gobierno y la entrega de los mencionados bienes muebles, a quien resulte propietario de los mismos. Que el Secretario Técnico Social de Regularización y Recupero Habitacional, toma conocimiento de todo lo actuado y eleva para el dictado del acto administrativo correspondiente. POR TODO ELLO, y de conformidad con las facultades conferidas por Ley Provincial Nº 3600.- EL PRESIDENTE INTERVENTOR DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO R E S U E L V E: ART. 1º.- RESCINDIR la adjudicación de la Unidad Habitacional identificada como Mza 23 Lote 25 Lic. 71/04 - Grupo Habitacional 1.845 Viviendas Barrio Campo Contreras - Capital, otorgada mediante Resolución Nº 003828 de fecha 28 de Diciembre de 2007, a favor de la Sra. Giménez, María Elena D.N.I. Nº [DNI], en virtud de lo expresado en el Considerando de la presente. ART. 2º.- ORDENAR a la Unidad Operativa de Recupero Habitacional a tomar posesión de la vivienda ut supra citada, en forma inmediata y proceda a desocupar de bienes muebles que pudieran encontrarse en la misma, con intervención de Escribanía de Gobierno y la entrega de los mencionados bienes muebles a quien resulte propietario de los mismos.- ART. 3º.- REGISTRAR, Comunicar y Cumplido Archivar. C.P.N. AUGUSTO DU BOIS - Presidente
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