DECRETO-2026-585-E-GDESDE-GSDE
Datos del acto
- Organismo
- Ministerio de Economía
- Monto
- —
- Objeto
- Homologación de la Resolución Ministerial RESOL-2026-931-GDESDE-MEC que establece los montos a aplicar para el IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES Y REMOLCADOS durante el EJERCICIO FISCAL 2026
- Expediente
- EX-2026-00186480--GDESDE-DGR#MEC
Datos que el acto no publica
- monto
- proveedor
- cuit
- detalle renglones
Cita textual
ARTICULO 1º.- HOMOLOGASE en todas sus partes la Resolución Ministerial RESOL-2026-931-GDESDE-MEC, de fecha 9 de Febrero de 2026, dictada por el Ministerio de Economía, por la cual se establecen los montos a aplicar para el IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES Y REMOLCADOS durante el EJERCICIO FISCAL 2026, que pasa a formar parte del presente Decreto, en un todo de conformidad a lo expuesto en el considerando precedente.
Texto del acto
Ver / ocultar
DECRETO-2026-585-E-GDESDE- GSDE S A N TIA G O D E L E S T E R O , MIERCOLES 1 DE ABRIL DE 2026 Referencia: EX-2026-[DNI]--GDESDE-DGR#MEC. - VISTO: La Resolución Ministerial RESOL-2026-931-GDESDE-MEC, de fecha 9 de Febrero de 2026; y CONSIDERANDO: Que, por dicho acto administrativo, dictado "ad referendum" del Poder Ejecutivo, se establecen los montos a aplicar para el IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES Y REMOLCADOS durante el EJERCICIO FISCAL 2026, y se fijan los vencimientos que operarán en dicho período, con los beneficios previstos en el Art. 355º de la Ley N.º 6792; Que previamente se han pronunciado en forma favorable los distintos departamentos técnicos competentes de la D.G.R., el Dpto. Tributario y de Apelaciones y la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía; Que procede la homologación de dicha Resolución a fines de su puesta en vigencia y ejecución legal; Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º.- HOMOLOGASE en todas sus partes la Resolución Ministerial RESOL-2026-931-GDESDE-MEC, de fecha 9 de Febrero de 2026, dictada por el Ministerio de Economía, por la cual se establecen los montos a aplicar para el IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES Y REMOLCADOS durante el EJERCICIO FISCAL 2026, que pasa a formar parte del presente Decreto, en un todo de conformidad a lo expuesto en el considerando precedente. ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese y dese al Boletín Oficial. Gírese al Organismo de Aplicación. Cumplido, archívese. - Sr. Elías Miguel Suarez Dr. Víctor Rodolfo Araujo C.P.N. Atilio Chara
Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.