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Observatorio de Boletines

RESOL-2026-26-E-GDESDE-DGR#

resolucion general Firmado el 2026-07-02 · Publicado en el Boletín Nº 23122 del 2026-07-06

Datos del acto

Organismo
Dirección General de Rentas de la Provincia
Monto
—
Objeto
Extensión del plazo para la presentación de la exención al Impuesto Inmobiliario para Jubilados y Pensionados hasta el 26 de Junio de 2026

Datos que el acto no publica

Cita textual

ARTICULO 1º-DISPONGASE como último día la fecha 26 de Junio de 2026, para que los Jubilados y Pensionados presenten la solicitud de exención al Impuesto Inmobiliario por el año 2026, de acuerdo con lo establecido en el Art. 3º de la Resolución General Nº 23/2012 y lo previsto en la Ley Nº 7051.

Texto del acto

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RESOL-2026-26-E-GDESDE-DGR#

MEC

SANTIAGO DEL ESTERO, JUEVES 2

DE JULIO DE 2026

Referencia: EXENCION JUBILADOS-

S/FECHA DE PRESENTACIÓN AÑO

2026

VISTO:

El Art.4º de la Resolución General Nº

23/2012, y;

CONSIDERANDO:

Que dicho dispositivo se establece que

para gozar de los beneficios previstos en la

norma legal - Art. 18º de la ley Nº7051, los

contribuyentes deberán presentar su

solicitud, en formulario habilitado, hasta el

día 20 de Diciembre de cada año.

Que el Departamento Inmobiliario -

Sector Jubilados y Pensionados - solicita

se extienda hasta el día 26 de Junio del

año 2026, el vencimiento para la

presentación de la exención a los

jubilados, fundamentando la petición en el

corto plazo otorgado para la presentación.

Que consecuentemente deviene

procedente, acceder a la petición incoada

por Departamento aludido, a fin de

posibilitar que el sector al que se pretenda

beneficiar, pudiera cumplir en tiempo y

forma con las normas en vigencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

DE LA PROVINCIA

RESUELVE:

ARTICULO 1º-DISPONGASE como

último día la fecha 26 de Junio de 2026,

para que los Jubilados y Pensionados

presenten la solicitud de exención al

Impuesto Inmobiliario por el año 2026, de

acuerdo con lo establecido en el Art. 3º de

la Resolución General Nº 23/2012 y lo

previsto en la Ley Nº 7051.

ARTICULO 
2º- 
Comuníquese,

publíquese. Cumplido, archívese.

C.P.N. MATIAS NAZER - Director

General

RESOLUCION

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.