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Observatorio de Boletines

RESOL-2026-1344-E-GDESDE-IPVU#MOP

resolucion general Firmado el 2026-07-07 · Publicado en el Boletín Nº 23125 del 2026-07-13

Datos del acto

Organismo
Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo
Monto
—
Objeto
Rescindir la adjudicación de la unidad habitacional Mza. 26 Lote 11 Lic. 49/12 - Grupo Habitacional 50 Viviendas Barrio Villa del Carmen - Capital
Expediente
EX-2026-02406472--GDESDE-IPVU#MOP

Quién cobra

NombreRolCUITMonto
Persona física (dato reservado)adjudicatario——
Persona física (dato reservado)adjudicatario——

Datos que el acto no publica

Cita textual

ART. 1º.- RESCINDIR la adjudicación de la Unidad Habitacional identificada como Mza. 26 Lote 11 Lic. 49/12 - Grupo Habitacional 50 Viviendas Barrio Villa del Carmen - Capital, otorgada mediante Resolución Nº 005711 de fecha 8 de Octubre de 2015, a favor de los Sres. Díaz Daniel Ricardo, Doc. Nº 34.348.975 y Corbalán, María de los Ángeles DNI Nº 32.927.960, en virtud de lo expresado en el Considerando de la presente.

Texto del acto

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RESOL-2026-1344-E-GDESDE-

IPVU#MOP
SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES 7
DE JULIO DE 2026
Referencia: 
EX-2026-[DNI]
-GDESDE-IPVU#MOP 
- 
Asunto:
Clausura Preventiva Mza. 26 Lote 11 Lic.
49/12 - Grupo Habitacional 50 Viviendas
Barrio Villa del Carmen - Capital
VISTO: Las presentes actuaciones; y
CONSIDERANDO:
Que la Unidad Habitacional identificada
como Mza. 26 Lote 11 Lic. 49/12 - Grupo
Habitacional 50 Viviendas Barrio Villa
del Carmen - Capital, fue adjudicada a
través de Resolución Nº 005711 de fecha
8 de Octubre de 2015 a favor de los Sres.
Díaz Daniel Ricardo, Doc. Nº [DNI]
y Corbalán, María de los Ángeles DNI Nº
[DNI], acto administrativo firme a la
fecha (Orden 11).
Que el Dpto. Escrituraciones informa que
la vivienda no registra antecedentes de
escritura (Orden 15).
Que la Unidad Operativa Gestión
Cobranzas informa estado de cuenta de la
vivienda. (Orden 13).
Que en fecha 12/05/2026, personal del
área se hace presente en el domicilio de
referencia, donde nadie responde a los
reiterados llamados, se observa unidad
habitacional con el frente totalmente
cerrado, puerta peatonal y portón de
garaje corredizo, ventiluz con rejas. Ante
esta situación se intima a habitar la
vivienda mediante cédula de estilo.
Que en fecha 15/05/26, al no dar
cumplimiento a la Cédula, se procede a la
clausura preventiva de la unidad.
Que se realiza relevamiento vecinal donde
vecinos informan que no se ve a nadie en
la vivienda desde hace bastante tiempo,
tienen conocimiento quienes son los
adjudicatarios pero que actualmente la
vivienda se encuentra en refacción y no se
ve a nadie habitando.

ANTOGNOLI 
Marcela 
Alejandra

Que en fecha 25/06/26 personal del
Organismo se constituye en la vivienda de
referencia a los fines de una verificación
interna, sin que nadie recepcione la
misma, se observa abundante tela de araña
en las aberturas del frente.
Que los adjudicatarios no presentaron
descargo alguno.
Que obra informe de EDESE del que
surge que el consumo es escaso, casi nulo
durante el último período. (Orden 17)
Que este accionar está contrariando la ley
vigente a la obligatoriedad de la
HABITABILIDAD PERMANENTE DE
LOS 
ADJUDICATARIOS 
y 
la
prohibición de vender, alquilar, ceder o
prestar las viviendas.
Que esto ha motivado la actuación del
Organismo, por las facultades de Poder de
Policía que conserva el IPVU sobre las
viviendas adjudicadas.
Que, según constancia de autos, como ser
que los adjudicatarios no se presentaron a
lo largo de todo el expediente, siendo que
los mismos se encuentran notificados en
cada visita que se realizó en el domicilio
de referencia. 
Los relevamientos
realizados por este Instituto, donde nunca
se encontró persona alguna. Del Informe
de EDESE, en el cual figura escaso, casi
nulo consumo en el último bimestre. Del
Relevamiento vecinal del que surge que la
vivienda no se encuentra habitada
regularmente. Son todas estas, pruebas
suficientes para adoptar medidas de
carácter urgente para recuperar las
viviendas en este estado, caso contrario se
causaría un perjuicio a este Organismo.
Por lo expresado el Dpto. Legal aconseja
corresponde adoptar las siguientes
medidas, mediante el dictado de acto
administrativo:
1) RESCINDIR la adjudicación de la
unidad habitacional identificada como
Mza. 26 Lote 11 Lic. 49/12 - Grupo
Habitacional 50 Viviendas Barrio Villa
del Carmen - Capital, otorgada a los Sres.
Díaz Daniel Ricardo, Doc. Nº [DNI]
y Corbalán, María de los Ángeles DNI Nº
[DNI]

Firmado digitalmente 
por ANTOGNOLI 
Marcela Alejandra 
Fecha: 2026.07.13 
12:57:32 -03'00'

2).- Dictado el acto administrativo se
publique en el Boletín Oficial.
3).- ORDENAR a la Unidad Operativa de
Recupero Habitacional a tomar posesión
de la vivienda ut supra citada, en forma
inmediata y proceda a desocupar a
Terceras Personas, y bienes muebles, que
pudieren encontrarse en la vivienda, con
intervención de Escribanía de Gobierno y
la entrega de los mencionados  bienes
muebles, a quien resulte propietario de los
mismos. -
Que el Secretario Técnico Social de
Regularización y Recupero Habitacional,
toma conocimiento de todo lo actuado y
eleva para el dictado del 
acto
administrativo correspondiente.
POR TODO ELLO, y de conformidad con
las facultades conferidas por Ley
Provincial Nº 3600.-
EL PRESIDENTE INTERVENTOR DEL
INSTITUTO 
PROVINCIAL 
DE
VIVIENDA Y URBANISMO
RESUELVE:
ART. 1º.- RESCINDIR la adjudicación de
la Unidad Habitacional identificada como
Mza. 26 Lote 11 Lic. 49/12 - Grupo
Habitacional 50 Viviendas Barrio Villa
del Carmen - Capital, otorgada mediante
Resolución Nº 005711 de fecha 8 de
Octubre de 2015, a favor de los Sres. Díaz
Daniel Ricardo, Doc. Nº [DNI] y
Corbalán, María de los Ángeles DNI Nº
[DNI], en virtud de lo expresado en
el Considerando de la presente.
ART. 2º.- ORDENAR a la Unidad
Operativa de Recupero Habitacional a
tomar posesión de la vivienda ut supra
citada, en forma inmediata y proceda a
desocupar de bienes muebles que
pudieran encontrarse en la misma, con
intervención  de Escribanía de Gobierno
y la entrega de los mencionados bienes
muebles a quien resulte propietario de los
mismos. -
ART. 3º.- REGISTRAR, Comunicar y
Cumplido Archivar. -
C.P.N. AUGUSTO DU BOIS - Presidente

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.