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DECRETO-2026-1165-E-GDESDE-
GSDE
SANTIAGO DEL ESTERO, VIERNES
19 DE JUNIO DE 2026
Referencia:
EX-2025-[DNI]-
GDESDE-DEPSE#MOP - Contratación
Directa - "MONTAJE MAS PROVISION
DE EQUIPOS DE BATERIAS E
I N V E R S O R
D C - A C
A
3 2
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
Y 1 POSTA SANITARIA DE LOS
DPTOS.
AGUIRRE,
ALBERDI,
CHOYA, COPO, MITRE, OJO DE
AGUA, SALAVINA
VISTO:
El
EX-2025-[DNI]-
GD E S D E - DEP SE # M O P
y
l a
RESFC-2025-158-E-GDESDE-MOPA
MA de fecha 04/12/2025; y
CONSIDERANDO,
Que por la misma se Aprueba la
Documentación Técnica y el Pliego de
Bases y Condiciones Generales para la
ejecución de la obra: "MONTAJE MAS
PROVISION
DE
EQUIPOS
DE
BATERIAS E INVERSOR DC-AC A 32
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
Y 1 POSTA SANITARIA DE LOS
DPTOS.
AGUIRRE,
ALBERDI,
CHOYA, COPO, MITRE, OJO DE
AGUA, SALAVINA Y SAN MARTIN -
PROVINCIA DE SANTIAGO DEL
ESTERO" y se Autoriza a la Dirección
General de Energía a realizar la
Contratación Directa Nº 44/2025, en el
marco de la Ley Nº6.730 de Emergencia
de Sistema Eléctrico Provincial, con un
Presupuesto Oficial de $232.224.587,25 y
un plazo de ejecución de 60(sesenta) días
corridos.
Que el Acto de Apertura de los sobres Nº1
y Nº2 se realizó el 15/12/2025, con la
presencia
de
representantes
del
organismo, con el siguiente resultado:
PRIMER PROPONENTE: Empresa VAC
S.R.L.;
Realiza
verificación
del
certificado de RUPSE y Conducta Fiscal.
Presenta documentación en original,
duplicado, pliego y soporte digital.
Adjunta Constancia Depósito de garantía
expedido por Tesorería General de la
Provincia COMPAÑÍA DE SEGURO EL
NORTE S.A. - Póliza Nº 40.666 Cumple
con sellado de ley. Cotiza por la suma de
$232.194.237,00.
SEGUNDO PROPONENTE: Empresa
CABLA INSTALACIONES S.R.L.;
Realiza verificación del certificado de
RUPSE y Conducta Fiscal. Presenta
documentación en original, duplicado,
pliego y soporte digital. Adjunta
Constancia Depósito de garantía expedido
por Tesorería General de la Provincia RIO
URUGUAY
COOPERATIVA
DE
SEGUROS LMITADAS - Póliza Nº
148.937.
La
comisión
realiza
observaciones y le otorga 3 días para su
cumplimiento. Cumple con sellado de ley.
Cotiza por la suma de
$233.355.208,19.
Que mediante Acta de fecha 19/12/2025,
la Comisión de Preadjudicación aconseja
pre adjudicar la obra de que se trata a la
Empresa VAC S.R.L., por la suma de
$232.194.237,00 (Pesos Doscientos
Treinta y Dos Millones Ciento Noventa y
Cuatro Mil Doscientos Treinta y Siete).
Que el Tribunal de Cuentas de la
Provincia mediante RETCC-2025-1442-
E-GDESDE-TDEC de fecha 30/12/2025,
Declara la inexistencia de observaciones;
criterio que es compartido por Fiscalía de
Estado en IF-2026-27900-GDESDE-FDE
de fecha 05/01/2026.
Que el presente acto se dicta conforme lo
establecido por la Ley Nº 6.730 de
Emergencia del Sistema Eléctrico
Provincial todo ello de conformidad con
la Ley Nº 6.933 de Administración
Financiero y Control Interno del Sector
Publico Provincial.
Que la presente contratación se encuadra
en lo previsto por DECTO-2025-3295
-E-GDESDE-GSDE de fecha 16/12/2025,
se establece la aplicación de medida de
control de gastos administrativos.
Por ello,
EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º: APRUEBASE
la
Contratación Directa para la realización
de
la
obra:
"MONTAJE
MAS
PROVISION
DE
EQUIPOS
DE
BATERIAS E INVERSOR DC-AC A 32
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
Y 1 POSTA SANITARIA DE LOS
DPTOS.
AGUIRRE,
ALBERDI,
CHOYA, COPO, MITRE, OJO DE
AGUA, SALAVINA Y SAN MARTIN -
PROVINCIA DE SANTIAGO DEL
ESTERO" en el marco de la Ley Nº6.730
de Emergencia del Sistema Eléctrico
Provincial y ADJUDICASE la misma a la
Empresa VAC S.R.L., por la suma de
$232.194.237,00 (Pesos Doscientos
Treinta y Dos Millones Ciento Noventa y
Cuatro Mil Doscientos Treinta y Siete) y
un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días
corridos. -
ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE al Sr.
Ministro de Obras, Servicios Públicos y
Agua a la firma del Contrato respectivo. -
ARTICULO 3º: El gasto que demande su
cumplimiento se imputará en Jurisdicción
17 - Prog. 23 - Subp. 00 - Proy.07 -
A/O.53 - Part. 421 - Trabajos Públicos -
Financiamiento 10 - Rentas Generales -
Ejercicio 2026. -
ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese
y archívese. -
Sr. Elías Miguel Suárez
Dr. Víctor Rodolfo Araujo
Arq. Aldo Rene Hid
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