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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1189-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23130 del 2026-07-20

Datos del acto

Organismo
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Texto del acto

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DECRETO-2026-1189-E-GDESDE-

GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, VIERNES

19 DE JUNIO DE 2026

Referencia: 
CD 
por 
excepción-

EX-2026-[DNI]--GDESDE-DGR#

MEC-Tinta Timbradoras. -

VISTO: El expediente de referencia

iniciado por la Dirección Gral. de Rentas,

mediante el cual solicita autorización para

la Contratación Directa por Excepción

-Adjudicación 
Simple- 
para 
la

Adquisición de Cartuchos de Tinta para

las Timbradoras de Valores Fiscales,

Marca Neopost Modelo IJ40, que

funcionan en Casa Central y Delegación

Banda; y

CONSIDERANDO:

Que la gestión es formalizada por el

Organismo contratante, se agrega el

Formulario N.º 01, con la especificación

requerida y autorizada por la Autoridad

competente, mediante Contratación

Directa por Excepción;

Que el Sr. Director Gral. de Rentas en su

petición, manifiesta que el organismo a su

cargo requiere la provisión de Cartuchos

de Tinta para las Timbradoras de Valores

Fiscales, Marca Neopost Modelo IJ40,

destinados a la Casa Central y Delegación

Banda, en razón de que éstos insumos son

indispensables para efectuar los Sellados

de Ley, permitiendo asi mismo

desempeñar las funciones de relevante

importancia inherentes al organismo

recaudador;

Que 
obra 
la 
documentación

correspondiente 
a 
presupuestos

receptados, a la reserva del crédito

pertinente efectuada por la Delegación

Contable del área, imputando el gasto a la

Jurisdicción 12 - Programa 14- Pp. 299 -

Otros Bienes de Consumo Varios;

Que se adjuntan: Constancia de

inscripción en RUPSE, Constancia de

inscripción en ARCA, Constancia de

Inscripción en D.G. Rentas, Pliego de

Condiciones Mínimas para Contratación

Directa por Excepción;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, en

consonancia con el Servicio Jurídico de la

Dirección Gral. de Rentas, manifiestan

que no se advierten obstáculos de índole

legal 
para 
el 
dictado del 
acto

administrativo, 
habiéndose 
dado

cumplimiento 
al 
Arts.78 
del

DECTO-2021-75-GDESDE-GSDE, ello

previa intervención de Tribunal de

Cuentas y Fiscalía de Estado;

Que el Tribunal de Cuentas mediante la

RETCC-2026-199-E-GDESDE-TDEC

declara: "…Artículo 1. DECLARAR la

inexistencia de observaciones en esta

i n s t a n c i a 
e n 
el 
exp ed ien t e

EX-2026-[DNI]--GDESDE-DGR#

MEC, sin perjuicio de posteriores

controles que fueren ordenados en virtud

de la normativa vigente…";

Que Fiscalía de Estado, mediante

dictamen vinculado en autos, se expide

finalmente expresando que entiende que

en base a los informes agregados

corresponde proseguir con la presente

contratación en base a lo establecido en

las disposiciones del Art. 31 Inc. "B" de la

Ley 7.253, y atento a que se encuentran

cumplidos los presupuestos exigidos por

la normativa prevista en el Decreto

Reglamen ta ri o 
N. º 
2 0 21-75-

GDESDE-GSDE, Art. 70, inc. b), la

presente contratación se enmarca en la vía

de Adjudicación Simple. Asimismo,

infiere a partir de la suscripción del

Formulario Nº 1 por parte del Sr.

Gobernador de la Provincia, que el

presente trámite se enmarca dentro de las

disposiciones del DECTO-2025-3295-E

GDESDE-GSDE;

Que ha tomado intervención la Dirección

Gral. de Administración del Ministerio de

Economía, indicando el dictado del acto

administrativo oportuno;

Por ello,

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- AUTORÍZASE al

Ministerio de Economía de la Provincia

de Santiago del Estero a realizar la

Contratación Directa por vía de

Excepción Nº 002/2026, por adjudicación

simple a la firma Rabert y Padín S.R.L.-

C.U.I.T. N.º 30- [DNI]-5, por el

importe total de $[DNI],00 (Pesos:

Doce Millones Quinientos Veintiocho Mil

c/00/100), considerando la imperiosa

necesidad de la contratación, en el marco

de lo previsto por la Ley 7.253; en base a

lo expuesto en los considerandos del

presente acto administrativo.-

ARTICULO 2º.- El presente gasto será

imputado a la Jurisdicción 12 - Programa

14- Pp. 299 - Otros Bienes de Consumo

Varios. -

ARTICULO 
3º.- 
Comuníquese,

publíquese, dese al Boletín Oficial,

cumplido archívese. -

Sr. Elías Miguel Suárez

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

C.P.N. Atilio Chara

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.