DECRETO-2026-1189-E-GDESDE-GSDE
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DECRETO-2026-1189-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, VIERNES 19 DE JUNIO DE 2026 Referencia: CD por excepción- EX-2026-[DNI]--GDESDE-DGR# MEC-Tinta Timbradoras. - VISTO: El expediente de referencia iniciado por la Dirección Gral. de Rentas, mediante el cual solicita autorización para la Contratación Directa por Excepción -Adjudicación Simple- para la Adquisición de Cartuchos de Tinta para las Timbradoras de Valores Fiscales, Marca Neopost Modelo IJ40, que funcionan en Casa Central y Delegación Banda; y CONSIDERANDO: Que la gestión es formalizada por el Organismo contratante, se agrega el Formulario N.º 01, con la especificación requerida y autorizada por la Autoridad competente, mediante Contratación Directa por Excepción; Que el Sr. Director Gral. de Rentas en su petición, manifiesta que el organismo a su cargo requiere la provisión de Cartuchos de Tinta para las Timbradoras de Valores Fiscales, Marca Neopost Modelo IJ40, destinados a la Casa Central y Delegación Banda, en razón de que éstos insumos son indispensables para efectuar los Sellados de Ley, permitiendo asi mismo desempeñar las funciones de relevante importancia inherentes al organismo recaudador; Que obra la documentación correspondiente a presupuestos receptados, a la reserva del crédito pertinente efectuada por la Delegación Contable del área, imputando el gasto a la Jurisdicción 12 - Programa 14- Pp. 299 - Otros Bienes de Consumo Varios; Que se adjuntan: Constancia de inscripción en RUPSE, Constancia de inscripción en ARCA, Constancia de Inscripción en D.G. Rentas, Pliego de Condiciones Mínimas para Contratación Directa por Excepción; Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, en consonancia con el Servicio Jurídico de la Dirección Gral. de Rentas, manifiestan que no se advierten obstáculos de índole legal para el dictado del acto administrativo, habiéndose dado cumplimiento al Arts.78 del DECTO-2021-75-GDESDE-GSDE, ello previa intervención de Tribunal de Cuentas y Fiscalía de Estado; Que el Tribunal de Cuentas mediante la RETCC-2026-199-E-GDESDE-TDEC declara: "…Artículo 1. DECLARAR la inexistencia de observaciones en esta i n s t a n c i a e n el exp ed ien t e EX-2026-[DNI]--GDESDE-DGR# MEC, sin perjuicio de posteriores controles que fueren ordenados en virtud de la normativa vigente…"; Que Fiscalía de Estado, mediante dictamen vinculado en autos, se expide finalmente expresando que entiende que en base a los informes agregados corresponde proseguir con la presente contratación en base a lo establecido en las disposiciones del Art. 31 Inc. "B" de la Ley 7.253, y atento a que se encuentran cumplidos los presupuestos exigidos por la normativa prevista en el Decreto Reglamen ta ri o N. º 2 0 21-75- GDESDE-GSDE, Art. 70, inc. b), la presente contratación se enmarca en la vía de Adjudicación Simple. Asimismo, infiere a partir de la suscripción del Formulario Nº 1 por parte del Sr. Gobernador de la Provincia, que el presente trámite se enmarca dentro de las disposiciones del DECTO-2025-3295-E GDESDE-GSDE; Que ha tomado intervención la Dirección Gral. de Administración del Ministerio de Economía, indicando el dictado del acto administrativo oportuno; Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º.- AUTORÍZASE al Ministerio de Economía de la Provincia de Santiago del Estero a realizar la Contratación Directa por vía de Excepción Nº 002/2026, por adjudicación simple a la firma Rabert y Padín S.R.L.- C.U.I.T. N.º 30- [DNI]-5, por el importe total de $[DNI],00 (Pesos: Doce Millones Quinientos Veintiocho Mil c/00/100), considerando la imperiosa necesidad de la contratación, en el marco de lo previsto por la Ley 7.253; en base a lo expuesto en los considerandos del presente acto administrativo.- ARTICULO 2º.- El presente gasto será imputado a la Jurisdicción 12 - Programa 14- Pp. 299 - Otros Bienes de Consumo Varios. - ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial, cumplido archívese. - Sr. Elías Miguel Suárez Dr. Víctor Rodolfo Araujo C.P.N. Atilio Chara
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