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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1214-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23133 del 2026-07-23

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DECRETO-2026-1214-E-GDESDE-

GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, LUNES 22

DE JUNIO DE 2026

Referencia: 
EX-2026-[DNI]

-GDESDE-ME 
- 
Adjudicación 
-

Reparación Integral de Mobiliario Escolar

Unipersonal, Bipersonal, y de Nivel

Inicial. -

VISTO: 
el 
EX-2026-[DNI]

-GDESDE-ME mediante el cual se tramita

la Compra Directa por Excepción Nº 
09/2.026 s/ Reparación Integral de

Mobiliario 
Escolar 
Unipersonal,

Bipersonal, y de Nivel Inicial; y

CONSIDERANDO:

Que mediante RESOL-2026-993-E-

GDESDE-ME de fecha 27 de Mayo de

2.026, se AUTORIZA a la Dirección

General de Administración del Ministerio

de Educación, Ciencia y Tecnología a

llevar a cabo la Compra Directa por

Excepción Nº 09/2.026 s/ "Reparación

Integral 
de 
Mobiliario 
Escolar

Unipersonal, Bipersonal, y de Nivel

Inicial", por un monto preventivamente

presupuestado de $ [DNI],00

(PESOS: Treinta y Nueve Millones

Novecientos Cuarenta Mil con 00/100),

utilizando el procedimiento de excepción

previsto en el Artículo 31 - inciso d) de la

Ley N.º 7253- "Régimen Único de

Contrataciones de la Provincia", con la

modalidad "Compulsa Abreviada" del Art.

70 - Inciso a) del DECTO-2021-75-E

GDESDE-GSDE reglamentario de la Ley

Nº 7.253, y se APRUEBA el Pliego de

Condiciones Mínimas (PLIEG-2026-

[DNI] -GDESDE-ME) y el Pliego de

C l á u s u l a s 
P a r t i c u l a r e s

(PLIEG-2026-[DNI]-GDESDE-ME)

que rigen la presente contratación, y

DESIGNA a los miembros de la Comisión

Evaluadora;

Que obran en las presentes actuaciones,

informes de la Dirección General de

Administración y el Área Legal del

Ministerio de Educación, Ciencia y

Tecnología, Honorable Sala de Primera

Nominación del Tribunal de Cuentas y

Fiscalía de Estado, que sugieren la

continuidad del trámite;

Que Obra Acta de Preadjudicación de

fecha 12/06/2.026 de la Comisión

Evaluadora, de la cual surge que se ha

realizado invitación a la Firma:

"LOGISTICA SANTIAGUEÑA S.R.L." -

CUIT 30-[DNI]-0, y que la firma ha

cumplimentado las exigencias del Pliego

de Condiciones Mínimas y Pliego de

Cláusulas Particulares. Ante ello la

Comisión Evaluadora aconseja, salvo más

elevado criterio, preadjudicar la Compra

Directa por Excepción N.º 09/2026 -

Compulsa Abreviada a la firma:

"LOGISTICA SANTIAGUEÑA S.R.L." -

CUIT 30-[DNI]-0 los renglones N.º 1

por $ [DNI],00; N.º 2 por

$[DNI],00; y N.º 3 por $

[DNI],00 lo que asciende a un total

general de $ [DNI],00 (Pesos: Treinta

y Nueve Millones Novecientos Cuarenta

Mil C/00/100) monto que coincide con el

Presupuesto Oficial;

Que obra en las actuaciones los Pliegos

con la Documentación del Proveedor que

resultó seleccionado: "LOGISTICA

SANTIAGUEÑA S.R.L." - CUIT

30-[DNI]-0, conforme lo exige el

Pliego de Condiciones Mínimas -

Cláusulas Generales, y el Pliego de

Cláusulas Particulares;

Que obra informe del RUPSE del cual

surge que la firma: "LOGISTICA

SANTIAGUEÑA S.R.L." - CUIT

30-[DNI]-0 - NO registra Penas y

Sanciones informadas a la fecha,

encontrándose la misma habilitada para

contratar con el Estado Provincial, de

acuerdo a lo dispuesto por la Resolución

Interna N.º 315/2.026;

Que el presente acto se dicta en

concordancia con las Leyes Nº 7.253 -

Régimen Único de Contrataciones

Públicas de la Provincia y modificatoria y

N.º 6.933 de Administración Financiero y

Control Interno del Sector Público

Provincia;

Por ello;

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: APROBAR la Compra

Directa por Excepción Nº 09/2.026

llevada a cabo por el Ministerio de

Educación, Ciencia y Tecnología,

destinada a la "Reparación Integral de

Mobiliario 
Escolar 
Unipersonal,

Bipersonal, y de Nivel Inicial", y

ADJUDICAR la misma a la Firma: 1)

"LOGISTICA SANTIAGUEÑA S.R.L."

- CUIT 30-[DNI]-0 los renglones N.º

1, 2, y 3 por un total de $ [DNI],00

(Pesos: Treinta y Nueve Millones

Novecientos Cuarenta Mil C/00/100), por

ajustarse a lo solicitado en el Pliego de

Condiciones 
Mínimas 
(Cláusulas

Generales) y Pliego de Cláusulas

Particulares y resultar conveniente a los

intereses del Estado Provincial, de

conformidad a los considerandos del

presente.-

ARTICULO 2º: Imputar en la Jurisdicción

16 - Programa 01 - Actividad 01 - Partida

399 "Otros Servicios Varios" por $

[DNI],00 - Financiamiento 10 -

Rentas Generales. -

ARTICULO 
3º: 
Comuníquese,

publíquese, dese al Boletín Oficial. -

Sr. Elías Miguel Suarez

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

Dra. Mariela Nassif

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.