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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1269-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23138 del 2026-07-30

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DECRETO-2026-1269-E-GDESDE-

GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES 23

DE JUNIO DE 2026

R e ferencia: 
EX -2025- [DNI]

-GDESDE-DEPSE#MOP - Adjudicación

- Alimentación a Establecimientos

Agroindustriales - La Cañada y Estación

Robles.

VISTO: 
El 
EX -2025-[DNI]

-GD ES D E-D EP S E# M OP 
y 
la

RESOL-2025-2404-E-GDESDE-MOPA

MA de fecha 25/08/2025; y

CONSIDERANDO;

Que por la misma se Aprueba la

Documentación Técnica y el Pliego de

Bases y Condiciones Generales para la:

" A L I M E N T A C I O N 
A

E S T A B L E C I M I E N T O S

AGROINDUSTRIALES EN LAS

LOCALIDADES DE LA CAÑADA Y

ESTACION ROBLES - DPTO. SAN

MARTIN Y FIGUEROA - PROVINCIA

DE SANTIAGO DEL ESTERO" y se

Autoriza a la Dirección General de

Energía a realizar la Contratación Directa,

en el marco de la Ley Nº6.730 de

Emergencia de Sistema Eléctrico

Provincial, con un Presupuesto Oficial de

$418.979.879,00 y un plazo de ejecución

de 90(noventa) días corridos.

Que el Acto de Apertura de los sobres Nº1

y Nº2 se realizó el 16/09/2025, con la

presencia de representantes del

organismo, con el siguiente resultado:

PRIMER PROPONENTE: Empresa

LINEAS ELECTRICAS S.A. Verifica

vigencia de RUPSE y Conducta Fiscal.

Presenta documentación en original,

duplicado y soporte digital. Adjunta

Constancia Depósito de garantía expedido

por Tesorería General de la Provincia

ASSEKURANSA COMPAÑÍA DE

SEGUROS S.A. - Póliza Nº 24.896

Cumple con sellado de ley. Cotiza por la

suma de $418.973.354,61.

SEGUNDO PROPONENTE: Empresa

CONCRETO S.R.L. Verifica vigencia de

RUPSE y Conducta Fiscal. Presenta

documentación en original y soporte

digital. Adjunta Constancia Depósito de

garantía expedido por Tesorería General

de la Provincia EVOLUCION SEGUROS

S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS - Póliza

Nº 371.550 Cumple con sellado de ley.

Cotiza por la suma de $421.068.221,38.

Que mediante Acta de fecha 18/09/2025,

la Comisión de Preadjudicación aconseja

pre adjudicar la obra de que se trata a la

Empresa LINEAS ELECTRICAS S.A.,

por la suma de $418.973.354,61 (Pesos

Cuatrocientos Dieciocho Millones

Novecientos Setenta y Tres Mil

Trescientos Cincuenta y Cuatro con

Sesenta y Un Centavos).

Que el Tribunal de Cuentas de la Provincia

m e d ia n t e 
R ETC C - 2 0 2 5 - 1 1 0 6

-E-GDESDE-TDEC de fecha 06/10/2025,

declara la inexistencia de observaciones,

aconsejando la continuidad de la gestión;

criterio que es compartido por Fiscalía de

Es t a d o 
e n 
IF -2025- [DNI]

-GDESDE-FDE de fecha 13/10/2025.

Que el presente acto se dicta conforme lo

establecido por la Ley Nº 6.730 de

Emergencia del Sistema Eléctrico

Provincial todo ello de conformidad con la

Ley Nº 6.933 de Administración

Financiero y Control Interno del Sector

Público Provincial.

Que la presente licitación se encuadra en

lo 
previsto por DECTO-2025

-3295-E-GDESDE-GSDE- de fecha

16/12/2025, se establece la aplicación de

medida de control de 
gastos

administrativos.

Por ello,

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º: APRUEBASE la

C o n t r at a c ió n 
D ire c t a , 
p a ra :

"ALIMENTACION A

E S T A B L E C I M I E N T O S

AGROINDUSTRIALES EN LAS

LOCALIDADES DE LA CAÑADA Y

ESTACION ROBLES - DPTO. SAN

MARTIN Y FIGUEROA - PROVINCIA

DE SANTIAGO DEL ESTERO" en el

marco de la Ley Nº6.730 de Emergencia

del Sistema Eléctrico Provincial y

ADJUDICASE la misma a la Empresa

LINEAS ELECTRICAS S.A., por la suma

de $418.973.354,61 (Pesos Cuatrocientos

Dieciocho Millones Novecientos Setenta

y Tres Mil Trescientos Cincuenta y Cuatro

con Sesenta y Un Centavos) y un plazo de

90 (noventa) días corridos. -

ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE al Sr.

Ministro de Obras, Servicios Públicos y

Agua a la firma del Contrato respectivo. -

ARTICULO 3º: El gasto que demande su

cumplimiento se imputará en Jurisdicción

17 - Prog. 23 - Subp. 00 - Proy.07 -

A/O.55 - Part. 421 - Trabajos Públicos -

Financiamiento 10 - Rentas Generales -

Ejercicio 2025 y 2026. -

ARTICULO 4º: El presente Decreto

deberá ser también refrendado por el Sr.

Ministro de Economía por tratarse de un

Proyecto Plurianual. -

ARTICULO 5º: Comuníquese, publíquese

y archívese.-

Sr. Elías Miguel Suárez

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

Arq. Aldo Rene Hid

C.P.N. Atilio Chara

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.