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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1365-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23146 del 2026-08-11

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DECRETO-2026-1365-E-GDESDE-

GSDE

SA N T I A G O 
D EL 
EST ER O ,
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2026
Ref er encia: 
EX-2023-[DNI]--GDESDE-MS-Subsidio para el paciente
Herrera Jeremias Hugo Daniel.

VISTO: 
El 
EX-2023-[DNI]--GDESDE-MS, mediante el cual se

gestiona un subsidio a favor de la Sra.
Díaz Natalia Yoana D.N.I. Nº42.846.994,

y;
CONSIDERANDO:

Que el mismo estará destinado a solventar
gastos de bipedestador, par de valvas e

inmovilizador de rodilla para su hijo el
paciente Herrera Jeremías Hugo Daniel

D.N.I. Nº58.541.633, debido a que no
posee obra social y su grupo familiar

carece de recursos económicos para poder
solventar gastos que demandan su

patología;
Que en Orden Nº15 Obra Formulario Nº 1

debidamente suscripto por autoridades
competentes;

Que en orden Nº16 Auditoria Médica
aconseja presupuesto de Orden Nº14, a

favor de INTEGRAL MOBILITY por
$[DNI],00 que corresponde a pedido
medico de Orden Nº 02;

Que en Orden Nº23 Obra Parte de
Imputación Presupuestaria emitido por

Delegación Contable de Contaduría
General de la Provincia;

Que se hace necesario dar trámite
favorable a la presente gestión en

cumplimiento de Programas de Salud en
los que está abocado el Gobierno de la

Provincia;
POR ELLO;

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA

DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Otorgar a favor de la Sra.

Díaz Natalia Yoana D.N.I. Nº42.846.994,
con domicilio en C. Namuncura y Ruta 34

S/N- Barrio Villa Aurora- Robles -
Santiago del Estero, un subsidio por la

suma de pesos: Tres millones trescientos
treinta mil ($[DNI],00), importe que

será destinado para solventar gastos de

bip edestador, 
p ar 
de 
valvas 
e
inmovilizador de rodilla para su hijo, el

paciente Herrera Jeremías Hugo Daniel
D.N.I. Nº58.541.633, con cargo de rendir
cuentas dentro de los Diez (10) días de su

total inversión.-
ARTÍCULO 2º: Autorizar a Auditoría

Médica a emitir nota de entrega a
"INTEGRAL M OBILITY" de Bone

S.R.L., quien deberá presentar la misma
junto con la provisión de los elementos,

Factura y Remito.-
ARTÍCULO 3º El gasto que demande el

cumplimiento de la presente medida se
atenderá con fondos provenientes de la

JUR. 26 - PRG. 11 - SPRG. 00 - PRY 00
- A/O 01 - PAR. 514-Ayuda Sociales a

Personas- Rentas Generales, debiendo
Delegación Contable de la Secretaría de

Salud librar correspondiente Orden de
Pago a favor de la firma mencionada

precedentemente.-
ARTÍCULO 4º: Registrar, comunicar a

quienes corresponda y pasar a Auditoría
Médica, a sus efectos.-

Sr. Elías Miguel Suárez
Dr. Víctor Rodolfo Araujo

Lic. Natividad  Nassif

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.