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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1387-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23147 del 2026-08-12

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DECRETO-2026-1387-E-GDESDE-

GSDE
SANTIAGO DEL ESTERO, VIERNES 3
DE JULIO DE 2026

Referencia: 
EX - 2 0 2 6 -[DNI]--GDESDE-MS-Subsidio para el paciente

Monserrat Andrés Jano Agustín.
VISTO: 
El 
EX-2 026-[DNI]--GDESDE-M S, mediante el cual se
gestiona un subsidio a favor de la Sra.

Monserrat María Margarita Candelaria
D.N.I. Nº43.497.445, y;

CONSIDERANDO:
Que el mismo estará destinado a solventar

gastos de silla de ruedas postural para el
paciente Monserrat Andrés Jano Agustín

D.N.I.Nº55.704.575, debido a que no
posee obra social y su grupo familiar

carece de recursos económicos para poder
solventar gastos que demandan su

patología;
Que en Orden Nº16 Obra Formulario Nº 1

debidamente suscripto por autoridades
competentes;

Que en orden Nº17 Auditoria Médica

aconseja presupuesto de Orden Nº15, a

favor de INTEGRAL MOBILITY por

$[DNI],00 que corresponde a pedido

medico de Orden Nº02;

Que en Orden Nº25 Obra Parte de

Imputación Presupuestaria emitido por

Delegación Contable de Contaduría

General de la Provincia;

Que se hace necesario dar trámite

favorable a la p resente gestión en

cump limiento de Programas de Salud en

los que está abocado el Gobierno de la

Provincia;

POR ELLO;

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Otorgar a favor de la Sra.

Monserrat María Margarita Candelaria

D.N.I. Nº43.497.445, con domicilio en

Homero Manzi S/N- Bº San Martin-

Monte Quemado- Copo- Santiago del

Estero, un subsidio por la suma de pesos:

Tres 
millones 
novecientos 
mil

($[DNI],00), importe 
que 
será

destinado para solventar gastos de silla de

ruedas postural para su hijo el paciente

Monserrat Andrés 
Jano 
Agustín

D.N.I.Nº55.704.575, con cargo de rendir

cuentas dentro de los Diez (10) días de su

total inversión.-

ARTÍCULO 2º: Autorizar a Auditoria

Médica a emitir nota de entrega a

"INTEGRAL MOBILITY" de Bone

S.R.L., quien deberá presentar la misma

junto con la provisión de los elementos,

Factura y Remito.-

ARTÍCULO 3º El gasto que demande el

cumplimiento de la presente medida se

atenderá con fondos provenientes de la

JUR. 26 - PRG. 11 - SPRG. 00 - PRY 00

- A/O 01 - PAR. 514-Ayuda Sociales a

Personas- Rentas Generales, debiendo

Delegación Contable de la Secretaría de

Salud librar correspondiente Orden de

Pago a favor de la firma mencionada

precedentemente.-

ARTÍCULO 4º: Registrar, comunicar a

quienes corresponda y pasar a Auditoría

Médica, a sus efectos.-

Sr. Elías Miguel Suárez

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

Lic. Natividad  Nassif

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.