DECRETO-2026-1403-E-GDESDE-GSDE
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DECRETO-2026-1403-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES 7 DE JULIO DE 2026 R ef erencia: EX-2026-[DNI]--GDESDE-MS-Subsidio para el paciente Coronel Pablo Antonio. VISTO: El EX-2026-[DNI]--GDESDE-MS, mediante el cual se gestiona un subsidio a favor de la Sra. Ovejero Romina Marcela D.N.I. Nº33.092.087, y; CONSIDERANDO: Que el mismo estará destinado a solventar gastos de estudio electrofisiológico más ablación por radiofrecuencia, para el paciente Coronel Pablo Antonio D.N.I. Nº44.874.600, quien según constancias de autos no cuenta con cobertura de obra social y los recursos económicos que posee su grupo familiar no logran cubrir el gasto del tratamiento que requiere su patología; Que en orden Nº18 obra formulario Nº 01 debidamente conformado por autoridades competentes; Que en orden Nº19 Auditoria médica aconseja presup uesto de Orden Nº16, a favor de por $[DNI],55 que corresponde a pedido medico de Orden N.º 2; Que en orden Nº27 obra parte de imp utación presupuestaria emitida por delegado contable de Contaduría General de la Provincia; Que se hace necesario dar trámite favorable a la presente gestión en cumplimiento de los programas de salud en el que está abocado el Gobierno de la Provincia; POR ELLO; EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA D E C R E T A: ARTICULO 1º.- Otorgar a favor de la Sra. Ovejero Romina M arcela D.N.I. Nº33.092.087, con domicilio en Tierra del Fuego S/N- Laprida- Choya- Santiago del Estero, un subsidio por la suma total de pesos: Un millón seiscientos ochenta y cuatro mil seiscientos noventa y ocho con cincuenta y cin co cen t av o s ($[DNI],55) destinado a solventar gastos de estudio electrofisiológico más ablación por radiofrecuencia, para el paciente Coronel Pablo Antonio D.N.I. Nº44.874.600, con cargo a rendir cuentas dentro de los 10 (diez) días de su total inversión.- ARTICULO 2º.- Autorizar a la Secretaría de salud, a emitir nota de servicio al Prestador: "A.M. INTEGRAL S.R.L.", quien deberá presentar la misma junto con la Factura y Remito. - ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente gestión se atenderá con fondos provenientes de la JUR. 26-PRG. 11- SPRG. 00- PRY. 00- A/O. 01-PAR. 514 (Ayuda Sociales a Personas), debiendo Delegación Contable de Salud- Rentas Generales, librar la respectiva Orden de Pago a favor de la firma mencionada precedentemente. - ARTICULO 4º.- Registrar, comunicar a quienes corresponda y pasar a la Secretaría de Salud, a sus efectos. - Sr. Elías Miguel Suárez Dr. Víctor Rodolfo Araujo Lic. Natividad Nassif
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