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Observatorio de Boletines

RESOL-2026-4405-E-GDESDE-MGSC

resolucion Publicado en el Boletín Nº 23149 del 2026-08-14

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RESOL-2026-4405-E-GDESDE-

MGSC
S A N T I A G O 
D EL 
EST ER O ,
MIÉRCOLES 12 DE AGOSTO DE 2026
Referencia: 
EX - 2 026-[DNI]--GDESDE-DPJ#FDE-S/PERSONERIA
JURIDICA "ASOCIACION CIVIL DE
F O M E N T O 
C A M I N O 
A L
CRECIM IENTO- 
SIERRAS 
DE
GUASAYAN".-
VISTO, el expediente electrónico de
referencia, iniciado por la Dirección
General de Personas Jurídicas; y,
CONSIDERANDO:
Que 
la 
en t id ad 
d en o minada,
"ASOCIACION CIVIL DE FOMENTO
CAM INO 
AL 
CRECIM IENTOSIERRAS DE GUASAYAN", con
domicilio legal en la provincia de Santiago
del Estero, solicita la aprobación de su
Estatuto Social, con la documentación
requerida por la Dirección General de
Personas Jurídicas.
Que la Dirección General de Personas,
verificó en la base de datos que no incurre
en homonimia el nombre 
de 
la
"ASOCIACION CIVIL DE FOMENTO
CAM INO 
AL 
CRECIMIENTOSIERRAS DE GUASAYAN".
Que obra Acta Notarial - Escribanía
Pública, Registro Notarial Nº 1, Año
2.026, Escritura Nº 30 - Folio 44- 50;
sobre constitución social de la entidad
civil mencionada.
Q u e 
o b r a 
A ct as 
Notar iales
Complementarias - Escribanía Pública,
Registro Notarial Nº 1, Año 2026.
Que Fiscalía de Estado, en su dictamen,
manifiesta que conforme lo dispuesto por
la ley provincial 6.201 y Decreto
Nº 174/04, corresponde se remita el
presente expediente al Ministerio de
Gobierno a fin de que se dicte el Acto
administrativo pertinente, por el cual se
autorice a funcionar con carácter de
persona jurídica a la entidad denominada
"ASOCIACION CIVIL DE FOMENTO
CAMINO AL 
CRECIMIENTO -
SIERRAS DE GUASAYAN" constituida
mediante Escritura Nº 30 de fecha 01 de

Febrero del 2026 de fecha 01/02/2026 y se
apruebe su Estatuto Social instrumentado
en la misma.-
Por ello,
EL SEÑOR MINISTRO DE GOBIERNO
Y SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1ro. - APRUEBASE el
Estatuto Social de la entidad denominada,
"ASOCIACION CIVIL DE FOMENTO
CAM INO 
AL 
CRECIM IENTOSIERRAS DE 
GUASAYAN", con
domicilio legal en la provincia de Santiago
del Estero de esta provincia, y otórgasela
la correspondiente personería jurídica. -
ARTICULO 
2do.- 
Comuníquese,
publíquese, dese al Boletín Oficial y pase
a la Dirección General de Personas
Jurídicas, a sus efectos.
Dr. BERNARDO JOSE HERRERA -
Ministro

RESOLUCION

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.