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Observatorio de Boletines

RESOL-2026-894-E-GDESDE-IPVU#

resolucion general Firmado el 2026-04-30 · Publicado en el Boletín Nº 23081 del 2026-05-06

Datos del acto

Organismo
Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo
Monto
—
Objeto
Rescindir la adjudicación de la unidad habitacional y tomar posesión de la vivienda
Expediente
EX-2025-05448919--GDESDE-IPVU#MOP

Quién cobra

NombreRolCUITMonto
Persona física (dato reservado)adjudicatario——
Persona física (dato reservado)adjudicatario——

Datos que el acto no publica

Cita textual

ART. 1º.- RESCINDIR la adjudicación de la Unidad Habitacional identificada como Mza. 37 Lote 14 Lic. 27/07 Grupo Habitacional 362 Viviendas Dúplex Barrio Campo Contreras - Capital otorgada a favor de los Sres. Toscano, Carlos Ramón, Doc. Nº 21.311.561 y Fagali, María Elena, Doc. Nº 26.535.628, mediante Resolución Nº 3897/10 de fecha 11 de Noviembre de 2010, en virtud de lo expresado en el Considerando de la presente.

Texto del acto

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RESOL-2026-894-E-GDESDE-IPVU#

MOP
SANTIAGO DEL ESTERO, JUEVES 30
DE ABRIL DE 2026
Referencia: 
EX -2025-[DNI]
-GDESDE-IPVU#MOP - Asunto:
Autorización de ausencias temporales de la
vivienda Mza. 37 Lote 14 Lic. 27/07 Grupo
Habitacional 362 Viviendas Dúplex Barrio
Campo Contreras
VISTO: Las presentes actuaciones; y
CONSIDERANDO:
Que la Unidad Habitacional identificada
como Mza. 37 Lote 14 Lic. 27/07 Grupo
Habitacional 362 Viviendas Dúplex Barrio
Campo Contreras - Capital, fue adjudicada
a través de Resolución Nº 003897 de fecha
11 de Noviembre de 2010, a favor de los
Sres. Toscano, Carlos Ramón, Doc. Nº
[DNI] y Fagali, María Elena, Doc. Nº
[DNI], acto administrativo firme a la
fecha (Orden Nº 29).
Que el Dpto. Escrituraciones informa que
la vivienda no registra antecedentes de
escritura (Orden 31).
Que la Unidad Operativa Gestión
Cobranzas informa estado de cuenta de la
vivienda. (Orden 33).
Que en fecha 05 de Noviembre del año
2025, el Sr. Toscano presenta nota
solicitando acta de custodia de la unidad
de referencia. Y al requerirse y adjuntar la
documentación personal se advierte que el
domicilio en el DNI de los solicitantes es
en la Provincia de Neuquén. DNI con

emisión en el año 2012 (orden 2,3).
Que la Oficina de Recupero Habitacional
realiza verificación habitacional en la
unidad de referencia en fecha 13 de Enero
y 19 de Marzo del año 2026, no
encontrando a persona alguna. Se deja
Cédula de notificación a orden 11 y 16.
Que se realiza relevamiento vecinal, donde
vecinos son coincidentes al informar que
la vivienda se encuentra deshabitada,
d e s d e 
d ic i e m b r e 
d e l 
2 0 25
aproximadamente, solía residir la sobrina
de los adjudicatarios, durante un año.
Agregan que los adjudicatarios nunca
residieron en la provincia y que viven en el
sur del país.
Que se adjunta informe de EDESE en el
que se detalla consumo en la unidad de
referencia (orden 12).
Que en fecha 25 de Marzo se hace
presente en la oficina de Recupero
Habitacional al Sr. Fagali Enzo Alberto
(hermano de la adjudicataria), a los fines
de informarse sobre las visitas realizadas
en la vivienda de referencia. Declara que
reside en la unidad junto a su grupo
familiar, y que los adjudicatarios residen
en el sur hace varios años.
Que luego de verificación de fecha 08 de
Abril del presente año, se notifica
mediante cedula (orden 19). Se hace
presente nuevamente el Sr. Fagali Enzo, y
realiza acta compromiso en el cual se
compromete a entregar al Organismo el
inmueble libre de muebles el día
13/04/2026.
Que en fecha 13 de Abril del año 2026, se
hace entrega de la unidad habitacional, se
realiza acta, verificación y tomas
fotográficas que se adjuntan a orden 22 y
23.
Que este accionar está contrariando la ley

ANTOGNOLI 
Marcela 
Alejandra

vigente a la obligatoriedad de la
HABITABILIDAD PERMANENTE DE
LOS ADJUDICATARIOS 
y 
la
prohibición de vender, alquilar ceder o
prestar las viviendas.
Que esto ha motivado la actuación del
Organismo, por las facultades de Poder de
Policía que conserva el IPVU sobre las
viviendas adjudicadas. La falta de
ocupación de la vivienda por parte de sus
adjudicatarios, surge de todas las
evidencias recolectadas a lo largo de todo
el expediente, en el cual los DNI de los
adjudicatarios no posee domicilio en la
unidad habitacional, del relevamiento
vecinal en el cual los vecinos declaran que
el grupo familiar no residen en la vivienda,
si en el Sur del país. Son todas estas,
pruebas suficientes para adoptar medidas
de carácter urgente para recuperar las
viviendas en este estado, caso contrario se
causaría un perjuicio a este Organismo.
Por lo expresado este Dpto. aconseja
corresponde adoptar las siguientes
medidas, mediante el dictado de acto
administrativo:
1) RESCINDIR la adjudicación de la
unidad habitacional identificada como
Mza. 37 Lote 14 Lic. 27/07 Grupo
Habitacional 362 Viviendas Dúplex Barrio
Campo Contreras - Capital otorgada a
favor de los Sres. Toscano, Carlos Ramón,
Doc. Nº [DNI] y Fagali, María Elena,
Doc. Nº [DNI], mediante Resolución
Nº 3897/10 de fecha 11 de Noviembre de
2010.
2).- Dictado el acto administrativo se
publique en el Boletín Oficial.
3).- ORDENAR a la Unidad Operativa de
Recupero Habitacional a tomar posesión
de la vivienda ut supra citada, en forma
inmediata y proceda a desocupar a

Firmado digitalmente 
por ANTOGNOLI 
Marcela Alejandra 
Fecha: 2026.05.06 
13:07:49 -03'00'

Terceras Personas, y bienes muebles, que
pudieren encontrarse en la vivienda, con
intervención de Escribanía de Gobierno y
la entrega de los mencionados bienes
muebles, a quien resulte propietario de los
mismos. -
Que el Secretario Técnico Social de
Regularización y Recupero Habitacional,
toma conocimiento de todo lo actuado y
eleva para el dictado del acto
administrativo correspondiente.
POR TODO ELLO, y de conformidad con
las facultades conferidas por Ley
Provincial Nº 3600.-
EL PRESIDENTE INTERVENTOR DEL
INSTITUTO 
PROVINCIAL 
DE
VIVIENDA Y URBANISMO
R E S U E L V E:
ART. 1º.- RESCINDIR la adjudicación de
la Unidad Habitacional identificada como
Mza. 37 Lote 14 Lic. 27/07 Grupo
Habitacional 362 Viviendas Dúplex Barrio
Campo Contreras - Capital otorgada a
favor de los Sres. Toscano, Carlos Ramón,
Doc. Nº [DNI] y Fagali, María Elena,
Doc. Nº [DNI], mediante Resolución
Nº 3897/10 de fecha 11 de Noviembre de
2010, en virtud de lo expresado en el
Considerando de la presente.
ART. 2º.- ORDENAR a la Unidad
Operativa de Recupero Habitacional a
tomar posesión de la vivienda ut supra
citada, en forma inmediata y proceda a
desocupar de bienes muebles que pudieran
encontrarse en la misma, con intervención
de Escribanía de Gobierno y la entrega de
los mencionados bienes muebles a quien
resulte propietario de los mismos.-
ART. 3º.- REGISTRAR, Comunicar y
Cumplido Archivar.
C.P.N. AUGUSTO DU BOIS - Presidente

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.