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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1469-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23151 del 2026-08-19

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DECRETO-2026-1469-E-GDESDE-

GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, LUNES 13

DE JULIO DE 2026

Referencia: EX-2025-[DNI]--GDESDE-SSI#MPR - Efectivización de

los beneficios otorgados en el marco de la

Ley Provincial Nº 6.750

VISTO: El Expediente EX-2025

-[DNI]- -GDESDE -SSI#MPR,

mediante el cual la firma PORTA HNOS.

S.A. solicita la efectivización de los

beneficios otorgados en el marco de la

Ley Provincial Nº 6.750 de Promoción y

Desarrollo Industrial; y

CONSIDERANDO:

Q u e 
m e d ia n t e 
D EC TO -2024

-1889-E-GDESDE-GSDE se aprobó el

proyecto de inversión presentado por la

firma PORTA HNOS. S.A., destinado a la

instalación de una mini destilería para

producir alcohol anhidro, un parque de

tanques de 1.200 m³, una planta de

extracción de aceite y gas carbónico, una

planta de carbonato de calcio y alimento

animal, entre otras instalaciones,

incorporándose dicho emprendimiento al

Sistema Provincial de Promoción y

Desarrollo Industrial instituido por la Ley

Nº 6.750;

Q u e 
m e d i a n t e 
R ES O L- 2025

-386-E-GDESDE-MPR se otorgó a la

firma el Certificado de Inicio de Ejecución

del Proyecto, acreditándose el

cumplimiento de los recaudos previstos

por la normativa aplicable;

Que mediante DECTO-2025-1013

-E-GDESDE-GSDE se dispuso hacer

efectiva a favor de la firma PORTA

HNOS. S.A. la devolución del treinta por

ciento (30%) de la inversión efectivamente

realizada, estableciéndose su pago en una

sola cuota;

Que con posterioridad se advirtió un error

material en el monto consignado en el

artículo 1/ del referido decreto, toda vez

que el mismo no se correspondía con el

importe determinado por la Comisión de

Evaluación, Seguimiento y Control de la

Ley Nº 6.750;

Que en virtud de ello se dictó la

RESOL-2025-530-E-GDESDE-MPR,

mediante la cual se rectificó el artículo 1/

del DECTO-2025-1013 -E-GDESDE

-GSDE, estableciéndose como monto

correcto de la devolución la suma de

PESOS MIL CIENTO OCHENTA Y UN

MILLONES CIENTO CUARENTA Y

S E I S 
M I L 
N O V E C I E N TO S

CINCUENTA Y DOS CON TREINTA

CENTAVOS ($[DNI].952,30);

Que posteriormente la firma PORTA

HNOS. S.A. solicitó la efectivización del

beneficio acordado proponiendo que el

pago se realice en cinco (5) cuotas,

conforme el cronograma acompañado a

las actuaciones;

Que la Asesoría Legal de la Dirección de

Industria y la Dirección General de

Asuntos Jurídicos del Ministerio de

Producción, Recursos Naturales,

Forestación y Tierras han considerado

procedente la solicitud formulada,

señalando que el beneficio otorgado aún

no ha sido efectivizado y que la

modalidad propuesta resulta compatible

con las condiciones macroeconómicas

vigentes y con la necesidad de preservar el

equilibrio fiscal y financiero de la

Provincia;

Que Fiscalía de Estado, mediante

D i c t a m e n 
IF -2026- 0 2 6 3 1 0 2 5

-GDESDE-FDE, concluyó que la firma

PORTA HNOS. S.A. cumple con los

requisitos establecidos por la Ley Nº 6.750

y sus normas reglamentarias para acceder

al beneficio reconocido, no existiendo

obstáculos legales para hacer efectiva la

devolución del treinta por ciento (30%) de

la inversión realizada por la suma de

PESOS MIL CIENTO OCHENTA Y UN

MILLONES CIENTO CUARENTA Y

S E I S 
M I L 
N O V E C IEN TO S

CINCUENTA Y DOS CON TREINTA

CENTAVOS ($[DNI].952,30), en

cinco (5) pagos conforme la propuesta

presentada por la beneficiaria;

Que el citado Organismo de Control ha

señalado asimismo que corresponde la

ratificación por parte del Poder Ejecutivo

de la RESOL-2025-530-E -GDESDE

-MPR, previo a la efectivización del

beneficio;

Que en consecuencia resulta procedente

ratificar la resolución rectificatoria

mencionada y adecuar la modalidad de

pago establecida en el DECTO-2025-1013

-E-GDESDE-GSDE, manteniendo

incólume el beneficio oportunamente

reconocido;

Por ello,

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º.- Ratifícase en todos sus

términos 
la 
RESOL- 2025-530

-E-GDESDE-MPR, mediante la cual se

rectificó 
e l 
a rt ículo 
1/ 
del

DECTO-2025-1013-E-GDESDE-GSDE,

debiendo considerarse como monto

correcto del beneficio allí otorgado la

suma de PESOS MIL CIENTO

OCHENTA Y UN MILLONES CIENTO

C U A R E N TA 
Y 
S E I S 
M I L

NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS

C O N 
TR E IN TA 
C E N TAVO S

($[DNI].952,30).

Artículo 2º.- Modifícase el artículo 1/ del

DECTO-2025-1013-E-GDESDE-GSDE,

estableciéndose que la devolución del

treinta por ciento (30%) de la inversión

efectivamente realizada a favor de la firma

PORTA HNOS. S.A., por la suma total de

PESOS MIL CIENTO OCHENTA Y UN

MILLONES CIENTO CUARENTA Y

S E I S 
M I L 
N O V E C I E N TO S

CINCUENTA Y DOS CON TREINTA

CENTAVOS ($[DNI].952,30), se hará

efectiva en cinco (5) cuotas, conforme el

siguiente detalle:

a) PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y

UN MILLONES CIENTO CUARENTA Y

SEIS MIL NOVECIENTOS

CINCUENTA Y DOS CON TREINTA

CENTAVOS ($381.146.952,30), a

abonarse en el mes de junio de 2026.

b) PESOS DOSCIENTOS MILLONES

($200.000.000,00), a abonarse en el mes

de julio de 2026.

c) PESOS DOSCIENTOS MILLONES

($200.000.000,00), a abonarse en el mes

de agosto de 2026.

d) PESOS DOSCIENTOS MILLONES

($200.000.000,00), a abonarse en el mes

de septiembre de 2026.

e) PESOS DOSCIENTOS MILLONES

($200.000.000,00), a abonarse en el mes

de octubre de 2026.

Artículo 3º.- Mantiénense plenamente

vigentes las restantes disposiciones

contenidas en el DECTO-2025-1013

-EGDESDE-GSDE que no se opongan a

lo establecido en el presente instrumento

legal.

Artículo 4º.- Notifíquese, publíquese,

comuníquese y oportunamente

archívese.-

Sr. Elias Miguel Suárez

Dr. Victor Rodolfo Araujo

Ing. Néstor Machado

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.