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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1481-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23151 del 2026-08-19

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DECRETO-2026-1481-E-GDESDE-

GSDE
SANTIAGO DEL ESTERO, LUNES 13
DE JULIO DE 2026
Referencia: Delegación de facultades hasta
el 31.12.26
V I S T O : 
E l 
D E C TO - 3. 437- E
-GDESDE-GSDE emitido en fecha 27 de
diciembre de 2025; y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido a través del
Decreto referenciado en el visto, el 30 de
Junio de 2026 cesaran las funciones
delegadas por S.E el Señor Gobernador de
la Provincia al Señor Jefe de Gabinete,
Ministros y Secretarios de Estado.
Que la articulación de esta práctica
administrativa ha demostrado en torno a
las facultades delegadas una celeridad en
la adopción de decisiones operativas

logrando descomprimir los asuntos que
demandan la intervención de la máxima
autoridad del Poder Ejecutivo.
Que siguiendo esa línea funcional del
actuar administrativo resulta conveniente
mantener vigentes las facultades delegadas
oportunamente, por lo que se hace
necesario adoptar la decisión que así lo
disponga.
Que el presente se dicta en atención a lo
establecido en el Título V "de las
delegaciones de facultades" artículo 10º
del Decreto Nº 2.591/2019.
Por ello,
EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Delégase en el señor Jefe
de Gabinete, Ministros y Secretarios de
Estado, hasta el día 14 de agosto de 2026,

la facultad de renovar los Contratos de
Locación de Empleo Público y los de
Locación de Servicios, por el término de
seis (6) meses - hasta el 31 de diciembre
de 2026- en idénticas condiciones a las
estipuladas en los instrumentos que
concluyen el 30 de junio de 2026.
ARTÍCULO 2º.- Delégase en el señor Jefe
de Gabinete, Ministros y Secretarios de
Estado hasta el día 31 de diciembre de
2026, la facultad para resolver los asuntos
de su jurisdicción relativos a:
1. Rescindir los Contratos tanto de
Empleo Público como los de Locación de
Servicios que fueran suscriptos en
representación de la Provincia.
2. Adscripciones de personal, las que se
dispondrá por acto administrativo
suscripto de manera conjunta entre las
autoridades máximas de los Ministerios y

Secretarias de Estado, según corresponda.
3. Afectación de personal, la que se
dispondrá por acto administrativo
suscripto por el titular de la Jurisdicción
en la que se produzca internamente el
traslado, incluido los organismos
descentralizados.
4. Comisión de servicios.
5. Aceptación de renuncias, limitaciones
de servicios (bajas por fallecimiento,
jubilación, retiro, razones de salud que
imposibiliten para la función), retiros
obligatorios, obligatorios absoluto, y
voluntario del personal de la Policía de la
Provincia, todo ello previo a los
dictámenes favorables de los sectores
legales
y/o técnicos, según se trate, debiendo dar
conocimiento a la Secretaria Legal y

Técnica del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos cuando se trate de
Autoridades Superiores.
6. Autorización de pagos de haberes e
indemnizaciones por fallecimiento a los
herederos de ex - agentes fallecidos, de
acuerdo con las normas vigentes, todo ello
previo a dictámenes favorables de los
sectores legales y/o técnicos, según se
trate.
7. Concesión de Licencias.
8. Rectificación de errores materiales, en
números de documentos, nombres,
apellidos, fechas, títulos y palabras,
siempre y cuando no alteren la eficacia y
ejecutoriedad del acto administrativo.
ARTICULO 3º.- Delégase al Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos, la facultad
de declarar de Interés Provincial los

eventos, actividades y cualquier otra
realización y/o acontecimiento que
amerite tal reconocimiento.
ARTICULO 4º.-En idéntico sentido a lo
establecido en el artículo precedente
delegase a la Subsecretaría de Cultura de
la Jefatura de Gabinete la facultad de
establecer las declaraciones de interés
cultural.
ARTICULO 
5º.- 
Comuníquese,
publíquese, dese al Boletín Oficial. Gírese
copia a Jefatura de Gabinete, Ministerios
y Secretarias de Estado.-
Sr. Elías Miguel Suárez
Dr. Víctor Rodolfo Araujo
Dra. Matilde O'Mill

M I N I S T E R I O   D E   G O B I E R N O  Y  S E G U R I D A D

RESOLUCION

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