DECRETO-2026-1498-E-GDESDE-GSDE
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DECRETO-2026-1498-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES 14 DE JULIO DE 2026 Referencia: EX-2026-[DNI]--GDESDE-CEPSI - Subsidio paciente Irazábal Matteo Benjamín. - VISTO: El EX-2026-[DNI]--GDESDE-CEPSI, mediante el cual se gestiona un Subsidio a favor de la Sra. Irazábal Dalila Daiana, D.N.I. Nº [DNI], y; CONSIDERANDO: Que el mismo será destinado para la adquisición del insumo (férula Dennis Brown), para su hijo menor de edad el paciente: Irazábal Matteo Benjamín, D.N.I. Nº [DNI], en virtud de que según constancia agregada en autos el paciente y su grupo familiar no cuenta con los recursos económicos para solventar los gastos que demanda su patología; Que en actuación Nº PV-2026 -[DNI]-GDESDE-MS Auditoria Médica aconseja presupuestos de orden Nº11, a favor de Integral Mobility de Bone S.R.L. por $[DNI],00 que corresponde a pedido medico de orden Nº2; Que en actuación Nº DOCFI-2026 -[DNI]-GDESDE-MS obra Formulario N.º 1, el cual se encuentra debidamente s u s c r i p t o p o r a u t o r i d a d e s correspondientes; Que en actuación Nº DOCFI-2026 -[DNI]-GDESDE-CGP#MEC obra Parte de Imputación Presupuestaria emitido por Delegación Contable de Contaduría General de la Provincia; Que se hace necesario dar trámite favorable a la presente gestión en cumplimiento de Programas de Salud en los que está abocado el Superior Gobierno de la Provincia; POR ELLO; EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTÍCULO 1º: Otorgar a favor de la Sra. Irazábal Dalila Daiana, D.N.I. Nº [DNI], con domicilio Camino al vivero S/N - El Tabique - La Banda - Dpto. Banda - Santiago del Estero, un Subsidio por la suma total de Pesos: Un millón cie n t o c incuenta mil ($[DNI],00), por la adquisición del insumo (férula Dennis Brown), para su hijo menor de edad el paciente: Irazábal Matteo Benjamín, D.N.I. Nº [DNI], con cargo a rendir cuentas dentro de los diez (10) días de su total inversión. - ARTÍCULO 2º: Autorizar a Auditoria Medica a emitir Nota de Entrega al proveedor Integral Mobility de Bone S.R.L., quien deberá presentar la misma junto con la provisión del insumo, Factura y Remito. - ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se atenderá con fondos provenientes de la JUR. 26 - PRG. 11 - SPRG. 00 - PRY 00 - A/O 01 - PAR. 514 - Ayuda Sociales a Personas. Rentas Generales, Debiendo Delegación Contable de Salud, librar la correspondiente Orden de Pago a favor de la firma Integral Mobility de Bone S.R.L. la suma de Pesos: Un millón ciento cincuenta mil ($[DNI],00), en concepto de la adquisición del insumo. - ARTÍCULO 4º: Registrar, comunicar a quienes corresponde y pasar a Auditoria Medica, a sus efectos. - Sr. Elías Miguel Suárez Dr. Víctor Rodolfo Araujo Lic. Natividad Nassif
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