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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1510-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23153 del 2026-08-21

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DECRETO-2026-1510-E-GDESDE-

GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES 14

DE JULIO DE 2026

Referencia: 
EX-2026-[DNI]--GDESDE-DT#MPR -

VISTO: El Expediente EX-2026-[DNI]

--GDESDE-DT#MPR, mediante el cual el

Sr. Armando Manuel Segundo Bolzón,

adjudicatario y titular registral del

inmueble identificado como Lote Nº 1,

Manzana Nº 38, de la localidad de

Sachayoj, Departamento Alberdi, solicita

autorización para transferir el dominio del

citado inmueble a favor del Sr. Eduardo

Gómez Naar Soler, D.N.I. Nº [DNI],

en los términos del artículo 56 de la Ley

Provincial Nº 5.402; y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble objeto de las presentes

actuaciones fue adjudicado al Sr.

Armando Manuel Segundo Bolzón,

habiéndose instrumentado la transferencia

de dominio mediante Escritura Pública de

Venta Nº 102, de fecha 14 de marzo de

2013, otorgada por Escribanía de

Gobierno de la Provincia, encontrándose

inscripto en la Matrícula Folio Real Nº 
02-1139.

Que el adjudicatario solicita autorización

para transferir el dominio del referido

inmueble a favor del Sr. Eduardo Gómez

Naar Soler, invocando lo dispuesto por el

artículo 56 de la Ley Provincial Nº 5.402,

manifestando asimismo que continuará el

aprovechamiento productivo del predio en

las condiciones expuestas en las

actuaciones administrativas.

Que la Dirección General de Tierras, a

través de su Asesoría Legal, analizó la

procedencia de la solicitud, concluyendo

que la misma se encuentra comprendida

dentro de la excepción prevista en el

a favor del Sr. Eduardo Gómez Naar

artículo 56 de la Ley Provincial Nº 5.402,

Soler, D.N.I. Nº [DNI], de

al tratarse de una transferencia a favor de

conformidad con lo previsto en el artículo

56 de la Ley Provincial Nº 5.402.

una persona física que reúne las

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que la

condiciones exigidas por la normativa y

garantizarse la continuidad del

autorización conferida por el presente

aprovechamiento del inmueble.

Decreto se circunscribe exclusivamente a

Que la Asesoría Legal del Ministerio de

la 
transferenc ia 
d e 
d ominio

Producción, Recursos Naturales,

individualizada en el artículo precedente,

Forestación y Tierras compartió dicho

manteniéndose vigentes las demás

criterio, entendiendo que las actuaciones

disposiciones legales y reglamentarias que

reúnen los elementos necesarios para que

resulten aplicables.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será

la Autoridad de Aplicación evalúe

favorablemente la autorización solicitada.

refrendado por el señor Ministro de

Que, remitidas las actuaciones a Fiscalía

Producción, Recursos Naturales,

de Estado, dicho organismo no formuló

Forestación y Tierras.

ARTÍCULO 
4º.- Comuníquese,

objeciones jurídicas y consideró

procedente autorizar la transferencia

publíquese, dése al Boletín Oficial y

requerida, destacando que han

archívese.-

transcurrido más de trece (13) años desde

Sr. Elías Miguel Suárez

la escrituración del inmueble, período

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

durante el cual quedó acreditado el

Ing. Néstor Machado

cumplimiento del objeto previsto en el

contrato de adjudicación y la continuidad

DECRETO-2026-1511-E-GDESDE-

de su explotación.

GSDE

Que, en mérito a los antecedentes

S A N TIA G O 
D E L 
E S T E R O ,

expuestos, a los informes técnicos y

MIÉRCOLES 15 DE JULIO DE 2026

jurídicos incorporados a las actuaciones y

Referencia: Autoriza Convenio Correo

al dictamen favorable de Fiscalía de

Argentino - Serv. electorales 02 de Agosto

Estado, corresponde autorizar la

2026.

transferencia de dominio solicitada, en

VISTO: El Expediente Electrónico

ejercicio de las facultades conferidas por

E X-2026-[DNI]--G D ES D E

el artículo 56 de la Ley Provincial Nº 5.402

-DPE#MJDH, las Elecciones Municipales

Por ello,

convocadas para el día 2 de Agosto de

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

2026, y,

PROVINCIA

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Que en las actuaciones de referencia

ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Sr.

tramita la contratación de los servicios

Armando Manuel Segundo Bolzón, D.N.I.

electorales necesarios para la realización

Nº [DNI], adjudicatario y titular

de las elecciones municipales a llevarse a

registral del inmueble identificado como

cabo el día 2 de agosto de 2026 en el

Lote Nº 1, Manzana Nº 38, de la localidad

territorio de la Provincia de Santiago del

de Sachayoj, Departamento Alberdi,

Estero.

inscripto en la Matrícula Folio Real Nº 
Que obran agregadas al expediente las

02-1139, cuya titularidad registra

cotizaciones presentadas por el Correo

conforme Escritura Pública Nº 102, de

Oficial de la República Argentina S.A.

fecha 14 de marzo de 2013, otorgada por

(Correo Argentino) y por Correo

Escribanía de Gobierno de la Provincia, a

Andreani S.A., surgiendo entre ellas una

transferir el dominio del citado inmueble

diferencia porcentual mínima de una

respecto a la otra.

Que la Dirección Provincial Electoral

so licitó 
la intervención 
legal

correspondiente a fin de analizar la

factibilidad de contratar en forma directa

al Correo Oficial de la República

Argentina S.A., atento a los antecedentes,

experiencia e infraestructura operativa

acreditados por dicho organismo en

procesos electorales anteriores.

Que la diferencia aludida entre ambas

ofertas es reducida frente a la

trascendencia institucional del servicio

requerido, debiendo ponderarse la

experiencia específica, la capacidad

logística, la cobertura territorial y la

previsibilidad en la ejecución del servicio

electoral.

Que de las actuaciones surge que el

Correo Oficial ha intervenido en la

totalidad de los procesos electorales

consecutivos organizados por la Provincia

desde el año 2018, circunstancia que

constituye un antecedente objetivo de

solvencia técnica y operativa para la

prestación requerida.

Que asimismo debe tenerse presente que

la propuesta de Andreani exige una

confirmación con treinta y cinco (35) días

de anticipación a la fecha prevista para la

elección, requisito que, en atención a la

proximidad del acto comicial y al estado

del trámite administrativo, compromete la

viabilidad material de su ejecución.

Que la organización de los procesos

electorales constituye una función esencial

del Estado, vinculada directamente con el

normal funcionamiento del sistema

democrático, la continuidad institucional

y el pleno ejercicio del derecho al sufragio,

por lo que deviene imprescindible la

adopción de aquellas decisiones

administrativas que aseguren la realización

efectiva del proceso electoral dentro de los

plazos constitucionales.

Que mediante Dictamen IF-2026-

[DNI] 4 - G D ES D E-M J D H 
la

intervención legal competente concluyó

que, previo cumplimiento de las

intervenciones y recaudos administrativos

DECRETO-2026-1512-E-GDESDE-

allí indicados, se encuentran acreditados

GSDE

los extremos legales necesarios para el

SANTIAGO DEL ESTERO, VIERNES 17

tipo de contratación propiciado, no

DE JULIO DE 2026

existiendo obstáculos jurídicos para la

Referencia: EX-2026- -[DNI]

prosecución del trámite.

-GDESDE-SEGE - Participación en la

Que en consecuencia corresponde

organización de evento cultural y

autorizar la suscripción de convenio con el

religioso.

Correo Oficial de la República Argentina

VISTO: El EX-2026- -[DNI]

S.A. para la prestación de los servicios

-GDESDE-SEGE, y;

electorales requeridos.

CONSIDERANDO:

Por ello,

Que, por conducto de las actuaciones

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

administrativas de marras, se inician

PROVINCIA

gestiones tendientes a lograr la

DECRETA:

autorización para la participación de

ARTICULO 1º.- Autorízase a la Dirección

nuestra provincia en la organización de

Provincial Electoral a suscribir Convenio

evento religioso y cultural de

con el CORREO OFICIAL DE LA

trascendencia nacional, a llevarse a cabo

REPÚBLICA ARGENTINA S.A.,

en el interior provincial entre los días

destinado a la prestación de los servicios

veintitrés Julio al primero de Agosto del

electorales necesarios para el desarrollo de

corriente año;

las Elecciones Municipales convocadas

Que el Gobierno de la Provincia de

para el día 2 de Agosto de 2026, conforme

Santiago del Estero, acompaña y auspicia

las constancias obrantes en el Expediente

en todas sus manifestaciones las

Electrónico 
EX-2026-[DNI]-

expresiones culturales, artísticas y

-GDESDEDPE#MJDH y de acuerdo con

deportivas que son de cuño genuino de la

el modelo que se adjunta como anexo al

identidad santiagueña y que responden a

presente acto administrativo.

las políticas implementadas por el

ARTICULO 2º.- Facúltase al Ministerio de

Gobierno de la Provincia;

Economía de la provincia a realizar

Que, para tal fin, es menester contratar

modificaciones presupuestarias y demás

servicios acordes a la jerarquía del evento,

actuaciones complementarias que resulten

para lo que se solicitó presupuestos a

necesarias para la ejecución y

firmas de reconocida trayectoria en los

cumplimiento del Convenio autorizado en

diferentes rubros, los que resultan acordes

el artículo anterior.

a los establecidos en el mercado y dado

ARTICULO 3º.- La erogación que

que su pago es exigido en forma

demande el cumplimiento del presente

anticipada, resulta procedente enmarcarlos

será atendida con las disponibilidades

en lo establecido por el art. 72º de la Ley

Nº 6.933 de Administración Financiero y

presupuestarias correspondientes a la

Jurisdicción 14 - Programa 29.-

Control Interno del Sector Publico

ARTICULO 
4º.- 
Comuníquese,

Provincial;

publíquese, dése al Boletín Oficial y

Que en atención a la inminente realización

archívese.-

del evento, se hace pertinente autorizar a

la Secretaria de Estado de Gestión

Sr. Elías Miguel Suárez

Económica a realizar las contrataciones

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

necesarias con el tiempo suficiente que

Dra. Matilde O'Mill

reclama su organización general, en el

marco de lo previsto por el Artículo 31º de

la Ley Nº 7.253 Régimen Único de

Contrataciones Públicas de la Provincia y

modificatorias;

Que el presente acto se dicta en el marco

de la Ley Nº 7.253 Régimen Único de

Contrataciones Públicas y del Decreto

DECTO-2026-918-E-GDESDE-GSDE de

Modificación de la Ley de Ministerios Nº 
7.054 y siguiendo lineamientos

estab le c id o s 
por 
el 
Decreto

DECTO-2025-3295-E-GDESDE-GSDE de

Medidas de Control del Gasto Público y la

Ley Nº 6.933 de Administración

Financiera y Control Interno del Sector

Público Provincial;

Por ello;

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º: AUTORIZAR a la

Secretaria de Estado de Gestión

Económica a participar en la organización

de evento religioso y cultural de

trascendencia nacional, contratando los

servicios necesarios en el marco de los

previsto por el Artículo 31/ de la Ley Nº

7.253 Régimen Único de Contrataciones

Públicas y a gestionar ante el Ministerio de

Economía los fondos para su atención

según lo dispuesto por el Artículo 72/de la

Ley Nº 6933 de Administración

Financiero y Control Interno del Sector

Publico Provincial, en un todo de acuerdo

con los considerandos del presente.-

ARTÍCULO 2º: FACULTAR al Ministro

de Economía para asignar el crédito a

ejecutarse en el Ejercicio Vigente, en

virtud de lo expresado en el Artículo 28/

del 
Decreto DECTO-2021-75-E

-GDESDE-GSDE reglamentario de la Ley

N /7.253 
Régim e n 
Ú n ic o 
d e

Contrataciones Públicas de la Provincia.-

ARTICULO 3/: El gasto será atendido con

créditos pertenecientes a la Jurisdicción 28

- Secretaria de Estado de Gestión

Económica.-

ARTICULO 
4/: 
Comuníquese,

publíquese, dese al Boletín Oficial,

cumplido archívese.-

ARTÍCULO 1º: Otorgar a favor de la Sra.

Cortes 
Claudia 
Emilia 
D.N.I.

Sr. Elías Miguel Suárez

Nº24.728.561, con domicilio en Mza. 30

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

Lote 14 S/N Bº Siglo XXI- Capital-

C.P.N. Jorge Gustavo Murad

Santiago del Estero, un Subsidio por la

suma de: Pesos: Un millón quinientos mil

DECRETO-2026-1513-E-GDESDE-

($[DNI],00), importe que será

GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, VIERNES 17

destinado para solventar gastos de (2)

DE JULIO DE 2026

audífonos mini retroauricular ambos

Referencia: 
EX-2026-[DNI]

oídos para el paciente/solicitante, con

-GDESDE-MS - Subsidio - Cortes

cargo de rendir cuentas dentro de los Diez

Claudia Emilia.-

(10) días de su total inversión.-

VISTO: El 
EX-2026-[DNI]-

ARTÍCULO 2º: Autorizar a Auditoria

-GDESDE-MS, mediante el cual se

Médica a emitir nota de entrega a "Del

gestiona un Subsidio a favor de la Sra.

Norte Droguería y Distribuidora" de Afur

Cortes Claudia 
Emilia 
D.N.I.

Rodolfo B., quien deberá presentar la

Nº24.728.561, y;

misma junto con la provisión de los

CONSIDERANDO:

elementos, Factura y Remito.-

Que el mismo estará destinado a solventar

ARTÍCULO 3º El gasto que demande el

gastos de (2) audífonos mini retroauricular

cumplimiento de la presente medida se

ambos oídos para paciente/solicitante,

atenderá con fondos provenientes de la

quien según constancias agregadas en

JUR. 26 - PRG. 11 - SPRG. 00 - PRY 00 -

autos no registra afiliación a Obra Social

A/O 01 - PAR. 514-Ayuda Sociales a

alguna y los recursos con los que cuenta

Personas- Rentas Generales, debiendo

su grupo familiar no logran cubrir gastos

Delegación Contable de la Secretaría de

que demanda su patología;

Salud librar correspondiente Orden de

Que en Orden Nº08 Obra Formulario Nº 1

Pago a favor de la firma mencionada

debidamente suscripto por autoridades

precedentemente.-

competentes;

ARTÍCULO 4º: Registrar, comunicar a

Que en Orden Nº09 Auditoria Medica

quienes corresponda y pasar a Auditoria

aconseja presupuesto de Orden Nº7, a

Médica, a sus efectos.-

favor de DEL NORTE DROGUERIA Y

Sr. Elías Miguel Suárez

DISTRIBUIDORA por $[DNI],00 que

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

corresponde a pedido medico de Orden

Lic. Natividad Nassif

Nº 2;

Que en Orden Nº16 Obra Parte de

DECRETO-2026-1514-E-GDESDE-

Imputación Presupuestaria emitido por

GSDE

Delegación Contable de Contaduría

SANTIAGO DEL ESTERO, VIERNES 17

General de la Provincia;

DE JULIO DE 2026

Que se hace necesario dar trámite

Referencia: 
EX-2026-[DNI]

favorable a la presente gestión en

-GDESDE-MS - Subsidio - Leguizamón

cumplimiento de Programas de Salud en

Gustavo Daniel.-

los que está abocado el Gobierno de la

VISTO: 
El 
EX-2026-[DNI]-

Provincia;

-GDESDE-MS, mediante el cual se

POR ELLO;

gestiona un Subsidio a favor del Sr.

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

Leguizamón Gustavo Daniel, D.N.I.

PROVINCIA

Nº40.334.127, y;

DECRETA:

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo solicita un

Subsidio destinado a solventar gastos de

sesiones de hemodiálisis correspondiente

al periodo del mes de octubre, noviembre

y diciembre del 2025, para el

solicitante/paciente, quien según

constancias de autos no cuenta con

cobertura de Obra Social y los recursos

económicos que posee su grupo familiar

no logran cubrir el gasto del tratamiento

que requiere su patología;

Que en actuación Nº PV-2026

-[DNI]-GDESDE-MS Auditoria

Médica aconseja presupuesto de orden

Nº 2 a favor de Sanefro SRL por

$[DNI],60, que corresponde a pedido

medico de orden Nº 2;

Que 
en actuación Nº DOCFI

-2026-[DNI]-GDESDE-MS obra

Formulario Nº 1 debidamente suscripto

por autoridades de nivel; 

Que en actuación 
Nº DOCFI

-2026-[DNI]-GDESDE-CGP#MEC

obra parte de Imputación Presupuestaria

emitida por Delegado Contable de

Contaduría General de la Provincia;

Que se hace necesario dar trámite

favorable a la presente gestión en

cumplimiento de los Programas de Salud

en el que está abocado el Gobierno de la

Provincia;

POR ELLO;

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Otorgar a favor del Sr.

Leguizamón Gustavo Daniel, D.N.I.

Nº40.334.127, con domicilio en Narciso

Gómez, B/ Mariano Moreno - Santiago

del Estero - Dpto. Capital - Santiago del

Estero, un Subsidio por la suma total de

Pesos: Cinco millones cuatrocientos

cuarenta y ocho mil doscientos setenta y

tres con sesenta centavos ($[DNI],60),

destinado a solventar gastos de sesiones

hemodiálisis correspondiente al periodo

del mes de octubre, noviembre y

diciembre 
del 
2025, 
para 
el

solicitante/paciente, con cargo a rendir

subsidio a su favor;

cuentas dentro de los 10 (diez) días de su

Que en Orden Nº13 Obra Formulario Nº 1

total inversión.-

debidamente suscripto por autoridades

ARTICULO 2º.- El gasto que demande la

competentes;

presente medida se atenderá con fondos

Que en orden Nº14 Auditoria Médica

provenientes de la JUR. 26 - PRG. 01 -

aconseja presupuesto de Orden Nº12, a

SPRG. 00 - PRY 00 - A/O 01 - PAR. 514

favor de PAMSE por $[DNI],00 que

(Ayuda Sociales a Personas), debiendo

corresponde a pedido medico de Orden

Delegación Contable de Salud, Recursos

Nº 02;

Generales, librar la respectiva Orden de

Que en Orden Nº21 Obra Parte de

Pago a favor de Sanefro S.R.L., por la

Imputación Presupuestaria emitido por

suma de Pesos: Cinco millones

Delegación Contable de Contaduría

cuatrocientos cuarenta y ocho mil

General de la Provincia;

doscientos setenta y tres con sesenta

Que se hace necesario dar trámite

centavos ($[DNI],60), en concepto de

favorable a la presente gestión en

gastos de hemodiálisis.-

cumplimiento de Programas de Salud en

ARTICULO 3º: Registrar, comunicar a

los que está abocado el Gobierno de la

quienes corresponda y pasar a la

Provincia.

Secretaria de Salud a sus Efectos.-

POR ELLO;

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

Sr. Elías Miguel Suárez

PROVINCIA

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

DECRETA:

Lic. Natividad Nassif

ARTÍCULO 1º: Otorgar a favor del Sr.

López Walter Ernesto 
D.N.I.

DECRETO-2026-1515-E-GDESDE-

Nº16.467.347, con domicilio en Mza. 27

GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, VIERNES 17

Lote 30 S/N Bº 750 Viviendas- C.

DE JULIO DE 2026

Contreras- Capital- Santiago del Estero,

Referencia: 
EX-2026-[DNI]

un subsidio por la suma de Pesos: Sesenta

-GDESDE-MS - Subsidio - Paciente

y un millones cuatrocientos ochenta mil

López Hilton Enrique.-

doscientos setenta y seis ($[DNI],00),

VISTO: El EX-2026-[DNI]-

importe que será destinado para solventar

-GDESDE-MS, mediante el cual se

gastos de endo aórtico torácica, para su

gestiona un Subsidio a favor del Sr. López

hermano, el paciente López Hilton

Walter Ernesto D.N.I. Nº16.467.347, y;

Enrique D.N.I. Nº22.243.435, con cargo

CONSIDERANDO:

de rendir cuentas dentro de los Diez (10)

Que el mismo estará destinado a solventar

días de su total inversión.-

gastos de endo aórtico torácica para el

ARTÍCULO 2º: Autorizar a Auditoria

paciente López Hilton Enrique D.N.I.

Médica a emitir Nota de entrega a

Nº22.243.435, debido a que no posee

"PAMSE S.R.L." Insumos Médicos, quien

afiliación a obra social alguna y su grupo

deberá presentar la misma junto con la

familiar carece de recursos económicos

provisión de los elementos, Factura y

para poder solventar gastos que

Remito.-

demandan su patología;

ARTÍCULO 3º El gasto que demande el

Que en orden Nº 02, obra autorización

cumplimiento de la presente medida se

policial en la cual el Sr. López Hilton

atenderá con fondos provenientes de la

Enrique D.N.I. Nº22.243.435, autoriza al

JUR. 26 - PRG. 11 - SPRG. 00 - PRY 00 -

Sr. López Walter Ernesto D.N.I.

A/O 01 - PAR. 514-Ayuda Sociales a

Nº16.467.347 a gestionar y cobrar

Personas- Rentas Generales, debiendo

Delegación Contable de la Secretaría de

Salud librar correspondiente Orden de

Pago a favor de la firma mencionada

precedentemente.-

ARTÍCULO 4º: Registrar, comunicar a

quienes corresponda y pasar a Auditoría

Médica, a sus efectos.-

Sr. Elías Miguel Suárez

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

Lic. Natividad Nassif

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