Saltar al contenido
Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1571-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23155 del 2026-08-25

Datos del acto

Organismo
—
Monto
—

Texto del acto

Ver / ocultar
DECRETO-2026-1571-E-GDESDE-GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES 21 DE JULIO DE 2026

Referencia: EX - 2025-[DNI]-GDESDE-DGSP#MJDH - Modificaciones Presupuestarias - GASTOS OPERATIVOS.-

VISTO: El Expediente Nº 2025-[DNI]-GDESDE-DGSP#MJDH y el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial -

Ejercicio 2026; y

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, solicita en su Programa: 13 - "Readaptación Social y Custodia de Procesados y

Penados", Actividad: 01 - "Procesados y Penados", U.E.: Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, incremento de créditos

presupuestarios asignados a Partidas Parciales de los Incisos: "Bienes de Consumo" y "Bienes de Uso", financiados con Rentas Generales;

Que, lo solicitado posibilitará al citado Ministerio, contar con los créditos necesarios para dar cumplimiento a sus actuales exigencias

operativas, lo que responde a la solicitud expresa del organismo recurrente y refiere sólo a la formulación presupuestaria, sin entrar a

considerar la aplicación final de los créditos, responsabilidad exclusiva y excluyente del contratante;

Que, lo peticionado no implica incremento del Total de Gastos previstos en el Presupuesto vigente, por afectarse a tales fines partidas

existentes en el Ministerio de Economía;

Que, el presente Decreto se encuadra en lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley Nº 7.409 - Presupuesto General de la Administración

Pública Provincial - Ejercicio 2026;

Por ello,

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2026, de conformidad con el detalle

obrante en Planillas Anexas, que forman parte integrante del presente Decreto y bajo las condiciones expresadas en el párrafo segundo del

Considerando.-

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será también refrendado por la Señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.-

Sr. Elías Miguel Suárez

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

C.P.N. Atilio Chara

Dra. Matilde O'Mill

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.