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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1580-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23155 del 2026-08-25

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DECRETO-2026-1580-E-GDESDE-

GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES

21 DE JULIO DE 2026

Referencia: 
EX-2025-[DNI]--GDESDE-SROPCBA#JGM - Subsidio

paciente Quiroga Ignacio.-

VISTO: 
El 
EX-2025-[DNI]--GDESDE-SROPCBA#JGM, mediante el

cual se gestiona un Subsidio a favor de la

Sra. Quiroga Evangelina Isabel, D.N.I.

Nº [DNI], y;

CONSIDERANDO:

Que el mismo estará destinado a solventar

gastos de medicamentos, con destino a su

hijo, el paciente

Quiroga Ignacio, D.N.I. Nº [DNI],

quien según constancias agregadas en

autos no registra afiliación a Obra Social

alguna y los recursos con los que cuenta

su grupo familiar no logran cubrir gastos

que demanda su patología;

Que en actuación Nº DOCFI-2026-

[DNI]-GDESDE-MS obra Formulario

Nº1 
debidamente 
suscripto 
por

autoridades competentes;

Que en actuación 
Nº 
PV-2026-

[DNI]-GDESDE-MS 
Auditoria

Médica aconseja presupuesto de orden Nº

16, a favor de Lectus Droguería S.A por

$[DNI],35 que corresponde a pedido

médico de orden Nº2;

Que en actuación Nº DOCFI-2026-

[DNI]-GDESDE-CGP#MEC obra

Parte de Imputación Presupuestaria

emitido por Delegación Contable de

Contaduría General de la Provincia;

Que se hace necesario dar trámite

favorable a la presente gestión en

cumplimiento de Programas de Salud en

los que está abocado el Gobierno de la

Provincia. 

POR ELLO;

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Otorgar a favor de la Sra.

Quiroga Evangelina Isabel, D.N.I.

Nº [DNI], con domicilio en Manzana

C, Lote 2 S/N - B/ Cooperativa - Qumili

- Dpto. Moreno - Santiago del Estero -  un

Subsidio por la suma total de Pesos:

Cuatro millones doscientos treinta y cinco

mil cincuenta y nueve con treinta y cinco

centavos ($[DNI],35), para solventar

gastos de la adquisición de medicamento,

con destino al paciente Quiroga Ignacio,

D.N.I. Nº [DNI], con cargo de rendir

cuentas dentro de los (10) diez días de su

total inversión.-

ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el

cumplimiento de la presente medida se

atenderá con fondos provenientes de la

JUR. 26 - PRG. 11 - SPRG. 00 - PRY 00

- A/O 01 - PAR. 514 (Ayuda Social a

Personas), debiendo Delegación Contable

de la Secretaría de Salud librar

correspondiente Orden de Pago a favor de

la firma "Lectus Drogueria S.A", y

realizarse la transferencia de fondos.-

ARTÍCULO 3º Registrar, comunicar a

quienes corresponda y pasar a la

Secretaria de Salud, a sus efectos.-

Sr. Elías Miguel Suárez

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

Lic. Natividad Nassif

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.