DECRETO-2026-1896-E-GDESDE-GSDE
Datos del acto
- Organismo
- —
- Monto
- —
Texto del acto
Ver / ocultar
DECRETO-2026-1896-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, VIERNES 21 DE AGOSTO DE 2026 Referencia: Renuncia Secretario de Estado de Gestión Económica y asigna función interina. VISTO: EL DECTO-2026-1.895 -E-GSDE-GSDE; y CONSIDERANDO: Que a través del citado acto administrativo se dispuso la designación en el cargo de Ministro de Economía, del C.P.N. Jorge Gustavo Murad, DNI. Nº [DNI]. Que en virtud de ello el C.P.N. Jorge Gustavo Murad ha presentado la renuncia al cargo de Secretario de Estado de Gestión Económica de la Provincia, razón por la cual corresponde dejar debidamente registrado. Que asimismo a fin de no resentir el normal funcionamiento de la cartera de estado y de manera transitoria resulta pertinente asignar interinamente las funciones al señor Ministro de Economía. Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º.- Aceptase la renuncia del C.P.N. Jorge Gustavo Murad, DNI. Nº [DNI], al cargo de Secretario de Estado de Gestión Económica de la Provincia. ARTÍCULO 2º.- Asignase, interinamente, a partir del presente las funciones de Secretario de Estado de Gestión Económica de la Provincia, al señor Ministro de Economía, C.P.N. Jorge Gustavo Murad, DNI. Nº [DNI], ello sin perjuicio de las funciones propias de su cargo de Ministro. ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial.- Sr. Elías Miguel Suárez Dr. Víctor Rodolfo Araujo Dra. Matilde O'Mill DECTO-2026-1910-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, LUNES 24 DE AGOSTO DE 2026 Referencia: Establece viático compensatorio Autoridades de Mesa y Delegados Judiciales - Elecciones Municipales 02.08.2026. VISTO: El Expediente Electrónico EX-2026-[DNI]--GDESDE- DPE#MJDH; las Elecciones Municipales celebradas el día 2 de agosto de 2026; el D ec r e t o D E C T O - 2 0 2 6 - 1 5 1 1 - E-GDESDE-GSDE; el Convenio de Servicios Electorales celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero y el Correo Oficial de la República Argentina S.A.; la Ley Provincial Nº 6.908 - Código Electoral Provincial - y, CONSIDERANDO: Que el día 2 de agosto de 2026 se llevaron a cabo las Elecciones Municipales en distintas jurisdicciones de la Provincia de Santiago del Estero, para cuya realización resultó necesaria la designación y efectiva actuación de autoridades de mesa y Delegados Judiciales afectados a los establecimientos de votación; Que mediante Decreto DECTO-2026- 1511-E-GDESDE-GSDE se autorizó a la Dirección Provincial Electoral a suscribir Convenio con el CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A., destinado a la prestación de los servicios electorales necesarios para el desarrollo de los referidos comicios; Que el Convenio celebrado contempla, entre los servicios a cargo del Correo Oficial de la República Argentina S.A., la instrumentación, por cuenta y orden del Gobierno de la Provincia, del pago a las autoridades de mesa y Delegados Judiciales de la suma correspondiente al viático compensatorio que establezca el Gobierno por las tareas efectivamente cumplidas durante el acto electoral; Que asimismo el citado instrumento establece que corresponde al Gobierno de la Provincia proveer en tiempo y forma los fondos necesarios para hacer efectivo dicho pago, el que será instrumentado a través de la red de sucursales y demás medios habilitados por el Correo Oficial de la República Argentina S.A.; Que el artículo 139 de la Ley Provincial Nº 6.908 - Código Electoral Provincial - establece la aplicación supletoria de las disposiciones del Código Electoral Nacional para aquellos casos no previstos en dicho ordenamiento; Que el artículo 72 del Código Electoral Nacional establece que los electores que hayan cumplido funciones como autoridades de mesa recibirán una compensación consistente en una suma fija en concepto de viático; Que resulta procedente reconocer asimismo una compensación a los Delegados Judiciales que desempeñaron funciones en los establecimientos de votación, conforme las tareas desarrolladas durante la jornada electoral y las previsiones contenidas en el Convenio de Servicios Electorales referido; Que, en consecuencia, corresponde determinar el importe del viático compensatorio que percibirán quienes efectivamente hayan desempeñado funciones como autoridades de mesa y Delegados Judiciales en las Elecciones Municipales celebradas el día 2 de agosto de 2026, a fin de posibilitar la transferencia de los fondos necesarios y su posterior pago conforme el procedimiento previsto; Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTÍCULO 1º.- Establécese la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000) en concepto de viático compensatorio para cada uno de los ciudadanos que hayan desempeñado efectivamente funciones como Autoridades de Mesa (Presidente/Vicepresidente), y la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000) para cada uno de los Delegados Judiciales afectados a los establecimientos de votación, con motivo de las Elecciones Municipales celebradas el día 2 de agosto de 2026. ARTÍCULO 2º.- El pago de los importes establecidos en el artículo precedente se efectuará por intermedio del CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A., por cuenta y orden del Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero, conforme al procedimiento establecido en el punto 3.10 "Pagos a las Autoridades de Mesa y Delegados" del Convenio de Servicios Electorales autorizado mediante Decreto DECTO-2026-1511-E-GDESDE-GSDE. ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendida con las disponibilidades presupuestarias correspondientes a la Jurisdicción 14 - Programa 29 - Actividad 01 - Partida 535, correspondiente al ejercicio vigente. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.- Sr. Elías Miguel Suárez Dr. Víctor Rodolfo Araujo Dra. Matilde O'Mill
Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.