DECRETO-2026-1592-E-GDESDE-GSDE
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DECRETO-2026-1592-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES 21 DE JULIO DE 2026 Referencia: EX-2025-[DNI]--GDESDE-CISB#MS. Subsidio - Bracamonte Pedro Ezequiel.- VISTO: El EX-2025-[DNI]--GDESDE-CISB#MS, mediante el cual se gestiona un Subsidio a favor del Sr. Bracamonte Pedro Ezequiel D.N.I. Nº [DNI], y; CONSIDERANDO: Que el mismo estará destinado a solventar gastos para la Compra de Audífonos (mini retro auricular digital) con destino al paciente, menor de edad, hijo del solicitante: Bracamonte Leonel Ezequiel D.N.I. Nº [DNI], quien según constancias agregadas en autos no cuenta con cobertura de obra social y los recursos económicos que posee su grupo familiar no logran cubrir el gasto del tratamiento que requiere su patología; Que en Orden Nº 09 Obra Formulario Nº 01 debidamente suscripto por autoridades competentes; Que en Orden Nº 10 Auditoría Médica aconseja presupuesto a favor de "Del Norte" Droguería y Distribuidora, de Afur Rodolfo B., por $[DNI],00-, que corresponde a pedido médico de Orden Nº 02; Que en Orden Nº 21 Obra Parte de Imputación Presupuestaria emitido por Delegación Contable de Contaduría General de la Provincia; Que se hace necesario dar trámite favorable a la presente gestión en cumplimiento de Programas de Salud en los que está abocado el Gobierno de la Provincia; POR ELLO; EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTÍCULO 1º.- Otorgar a favor del Sr. Bracamonte Pedro Ezequiel D.N.I. Nº [DNI], con domicilio en calle Pública S/N - B/ Río Dulce - La Banda - Santiago del Estero, un Subsidio por la suma de: Pesos un millón quinientos mil ($[DNI],00), importe que será destinado para la Compra de Audífonos (mini retro auricular digital) con destino al paciente, menor de edad, hijo del solicitante: Bracamonte Leonel Ezequiel D.N.I. Nº [DNI], con cargo de rendir cuentas dentro de los Diez (10) días de su total inversión.- ARTÍCULO 2º.- Autorizar a Auditoría Médica a emitir Nota de Entrega a favor de: "Del Norte" Droguería y Distribuidora, de Afur Rodolfo B., quien deberá presentar la misma junto con la provisión de los elementos, Factura y Remito.- ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se atenderá con fondos provenientes de la JUR. 26 - PRG. 11 - SPRG. 00 - PRY 00 - A/O 01 - PAR. 514-24 (Ayuda sociales a Personas), debiendo Delegación Contable de la Secretaría de Salud - RENTAS GENERALES, librar correspondiente Orden de Pago a favor de la firma mencionada precedentemente.- ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar a quienes corresponda y pasar a Auditoría Médica, a sus efectos.- Sr. Elías Miguel Suárez Dr. Víctor Rodolfo Araujo Lic. Natividad Nassif
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