DECRETO-2026-1618-E-GDESDE-GSDE
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DECRETO-2026-1618-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, JUEVES 23 DE JULIO DE 2026 Referencia: EX-2026-[DNI]--GDESDE-DDPD#JGM V I S T O : E l e x p e d i e n t e EX-2026-[DNI]--GDESDE- DDPD#JGM, del Registro de la Subsecretaría de Prensa, Difusión y Ceremonial, organismo dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y; CONSIDERANDO: Que la Jefatura de Gabinete de Ministros emitió la RESOL-2026-3913- E-GDESDE-JGM, de fecha 15 de julio 2026, acto administrativo mediante el cual se aprueba ad referéndum del Poder Ejecutivo, correspondiendo en consecuencia el dictado del Decreto pertinente a efectos de su homologación; Que, por las razones expuestas, se configura una situación administrativa debidamente fundada en el marco legal vigente, resultando procedente la homologación de la citada Resolución mediante el dictado del presente Decreto, conforme a las autorizaciones de control del gasto y emergencia vigentes, y en concordancia con lo dispuesto por la ACDA-2024-8-EGDESDE- GSDE, emanada del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, y por las Leyes Nº 7.253 - Régimen Único de Contrataciones Públicas de la Provincia, sus modificatorias, y Nº 6.933 de Administración Financiera y Control Interno del Sector Público Provincial; Que, en tal sentido, la presente actuación se encuadra en lo establecido por el Decreto Nº 1.043/99, el artículo 5/ de la Ley Nº 7.267, modificatoria de la Ley Nº 7.253, que incorpora al artículo 31, inciso v), reglamentada por el DECTO-2021- 75-E-GDESDE-GSDE, el artículo 4/ del DECTO-2025-3295- E-GDESDE-GSDE, relativo a la contención del gasto público, y el DECTO-2025-990-E-GDESDE- GSDE, que establece los límites y niveles de jerarquía para la autorización y aprobación de las contrataciones del Estado; Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTÍCULO 1º.- Homologar la RESOL-2026-3913-E-GDESDE-JGM, de fecha 15 de julio 2026, emitida por la Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad con lo expuesto en los considerandos del presente Decreto. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido archívese. - Sr. Elías Miguel Suarez Dr. Víctor Rodolfo Araujo
Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.