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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1666-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23159 del 2026-08-31

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DECRETO-2026-1666-E-GDESDE-GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, JUEVES 30 DE JULIO DE 2026

Referencia: EX-2026-[DNI]-GDESDE-IPAC#MPR-Modificación Presupuestaria-REMANENTE.

VISTO: El Expediente Nº 2026-[DNI]-GDESDE-IPAC#MPR y el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial -

Ejercicio 2026;

CONSIDERANDO;

Que el Ministerio de Producción, Recursos Naturales, Forestación, Tierras y Medio Ambiente, solicita en el Programa: 15 - "Promoción,

Asistencia y Fiscalización de Cooperativas y Mutuales", U.E.: Instituto Provincial de Acción Cooperativa, expresión presupuestaria de

fondos provenientes de Remanente Ejercicios Anteriores del Recurso: "Ley 23427 Fondos Nac. Para Promoción y Educ. Cooperativa", cuyo

crédito presupuestario será asignado a distintas Partidas Parciales de los Incisos: "Bienes de Consumo", "Servicios No Personales", "Bienes

de Uso", "Transferencias" y "Activos Financieros";

Que, lo peticionado posibilitará contar con los créditos necesarios para dar cumplimiento a sus actuales exigencias operativas, lo que

responde a la solicitud expresa del organismo recurrente y refiere sólo a la formulación presupuestaria, sin entrar a considerar la aplicación

final de los créditos, responsabilidad exclusiva y excluyente del contratante;

Que lo requerido implica incremento en el Total de Recursos y Gastos para el presente Ejercicio;

Que el presente Decreto se encuadra en lo dispuesto por el Artículo 9º Apartado b), de la Ley Nº 7.409 - Presupuesto General de la

Administración Pública Provincial - Ejercicio 2026;

Por ello,

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial -Ejercicio 2026, de conformidad con el detalle

obrante en Planillas Anexas, que forman parte integrante del presente Decreto y bajo las condiciones expresadas en el párrafo segundo del

Considerando.

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será también refrendado por el Señor Ministro de Producción, Recursos Naturales, Forestación, Tierras

y Medio Ambiente.

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Legislativo, según lo dispuesto por el Artículo 9º, Apartado b), de la Ley Nº 7.409 - Presupuesto

General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2026 y a todo aquel a quien corresponda, publíquese, dese al Boletín Oficial

y archívese.

Sr. Elias Miguel Suárez

Dr. Victor Rodolfo Araujo

C.P.N. Atilio Chara

Ing. Néstor Machado

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.