DECRETO-2026-1667-E-GDESDE-GSDE
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DECRETO-2026-1667-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, JUEVES 30 DE JULIO DE 2026 Referencia: Autoriza Suscripción Convenio Gendarmería Nacional p/elecciones 2026. VISTO: las elecciones municipales convocadas para el día 2 de agosto de 2026; el Expediente Electrónico EX-2026-[DNI]--GDESDE- D P E # M J D H ; l a R e s o l u c i ó n RESOL-2026-732-APN-MSG, de fecha 27 de julio de 2026, dictada por el Ministerio de Seguridad Nacional; y, CONSIDERANDO: Que en la fecha indicada se celebrarán elecciones en municipios de la provincia de Santiago del Estero, a fin de elegir Intendentes y Concejales de sus respectivas comunas, conjuntamente con la elección de Comisionado Municipal de la localidad de Donadeu, departamento Alberdi; Que, a fin de garantizar la custodia y seguridad del proceso electoral y asegurar el normal desarrollo de los comicios, la Dirección Provincial Electoral solicitó al Ministerio de Seguridad Nacional la afectación de personal y medios de la Gendarmería Nacional Argentina; Q u e m e d i a n t e R e s o l u c i ó n RESOL-2026-732-APN-MSG se designó al Jefe de la Región IV de la Gendarmería Nacional Argentina, Comandante General D. César Luis Fuglistaler, como Comandante Electoral de la provincia de Santiago del Estero, y se dispuso el desplazamiento del personal y de los medios necesarios para garantizar las tareas de custodia y seguridad electoral; Que por el artículo 7 del referido acto administrativo nacional se autorizó a la Gendarmería Nacional Argentina a celebrar un Convenio de Cooperación con la provincia de Santiago del Estero, en relación con los comicios a celebrarse el día 2 de agosto de 2026; Que el citado convenio tiene por objeto establecer las condiciones bajo las cuales la Gendarmería Nacional Argentina brindará, mediante personal propio, uniformado, identificado y provisto de armamento reglamentario, la custodia de los locales comiciales, de las mesas receptoras de votos, del traslado de urnas, documentación y materiales electorales, así como de las actividades previas y posteriores hasta la finalización del escrutinio definitivo; Que, asimismo, el instrumento determina la cantidad de personal y medios logísticos que serán afectados al operativo, las funciones correspondientes al Centro de Operaciones del Comando Electoral Santiago del Estero, el reconocimiento previo de los locales comiciales, la seguridad del escrutinio definitivo y los gastos operativos derivados de la prestación; Que la suscripción del referido instrumento resulta necesaria para posibilitar la ejecución coordinada de las tareas de seguridad electoral y establecer las ob ligaci o nes o p er at ivas, administrativas y económicas a cargo de las partes; Que, por tratarse de la prestación de servicios a cargo de una Fuerza de Seguridad Nacional, corresponde encuadrar el procedimiento en las disposiciones del artículo 31, inciso f), de la Ley N.º 7.253 de Contrataciones; Que resulta procedente autorizar a la señora Directora Provincial Electoral, a suscribir, en representación del Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero, el Convenio de Colaboración con la Gendarmería Nacional Argentina, conforme al modelo que, como Anexo embebido, forma parte integrante del presente acto administrativo; Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA D E C R E T A: ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Dirección Provincial Electoral, a suscribir, en representación del Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero, el Convenio de Colaboración con la Gendarmería Nacional Argentina, destinado a garantizar las tareas de seguridad, custodia y normal desarrollo de los comicios municipales convocados para el día 2 de agosto de 2026 y hasta la finalización del escrutinio definitivo, cuyo texto, como Anexo embebido, forma parte integrante del presente Decreto. ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con las disponibilidades presupuestarias de la Jurisdicción 14 - Programa 29 - Act. 01 - Partida 535, correspondiente al ejercicio vigente. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese. Sr. Elias Miguel Suárez Dr. Victor Rodolfo Araujo Dra. Matilde O Mill
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