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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1682-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23160 del 2026-09-01

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DECRETO-2026-1682-E-GDESDE-

GSDE
SANTIAGO DEL ESTERO, VIERNES
31 DE JULIO DE 2026
Referencia: 
EX-2025-03190921GDESDE-SSI#MPR - Solicitud de
Ampliación de beneficios impositivos -
Plastiferro Tubos S.A.
VISTO: El 
expediente EX-202503190921--GDESDE-SSI#MPR,
caratulado "PLASTIFERRO TUBOS S.A.
s/ Solicitud de Ampliación de Beneficios
Impositivos"; y
CONSIDERANDO:
Que, en Orden Nº 2 obra nota de fecha 4
de julio de 2025, mediante la cual la firma
PLASTIFERRO TUBOS S.A. CUIT
33-[DNI]-9 solicita formalmente la
extensión por cinco (5) años del plazo de
exención impositiva oportunamente
otorgado, conforme a las previsiones del
artículo 6  de la Ley Nº 6.750,
adjuntando 
la 
documentación
respaldatoria correspondiente.
Que, en Orden Nº 9 obra Dictamen
Técnico de la Comisión de Evaluación de
la Dirección de Industria, el cual concluye
que la firma ha mantenido e incrementado
su planta de personal respecto de la
comprometida en el proyecto promovido,
contribuyendo a la generación de empleo
y al sostenimiento de la actividad
industrial provincial, razón por la cual
considera procedente la ampliación de los
beneficios previstos en el régimen
promocional aplicable.
Que, en las Órdenes Nros. 3 a 6 obra la
documentación respaldatoria pertinente;
mientras que en Orden Nº 11 obra
Dictamen Jurídico de la Asesoría Legal de
la Dirección de Industria, mediante el cual
se concluye que la firma PLASTIFERRO
TUBOS S.A., incorporada al régimen de
promoción industrial de la Ley Nº 6.750
mediante Decreto Nº 2.064/13, reúne los
requisitos exigidos por el artículo 6  de

la citada ley para acceder a la ampliación
del plazo de los beneficios oportunamente
otorgados; criterio que es compartido y
ratificado por el Servicio Jurídico
Ministerial en Orden Nº 16.
Que, Fiscalía de Estado, mediante
Dictamen 
IF -2 0 2 6 -0 2 1 8 4 367GDESDE-FDE, 
entiende 
que 
la
declaración de interés provincial prevista
en la Ley Nº 6.750 constituye una facultad
propia del Poder Ejecutivo, cuya
valoración corresponde efectuar con
fundamento en razones de oportunidad,
mérito y conveniencia administrativa.
Que, en virtud de los antecedentes
incorporados al expediente, de los
informes técnicos y jurídicos producidos
y 
de 
encontrarse 
acreditado 
el
cumplimiento de los requisitos previstos
en la Ley Nº 6.750 y su reglamentación,
corresponde hacer lugar a lo solicitado.
Por ello,
EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º. - Declárase de Interés
Provincial la actividad desarrollada por la
firma PLASTIFERRO TUBOS S.A.,
CUIT 33-[DNI]-9 y, en consecuencia,
amplíase por el término de cinco (5) años
el plazo de exención impositiva otorgado
mediante 
Decreto 
Nº 
2.064/13,
equivalente al cincuenta por ciento (50%)
del plazo originalmente concedido,
conforme a lo previsto en el artículo 6
de la Ley Nº 6.750.
Artículo 2º. - Notifíquese, publíquese y
dese al Boletín Oficial. Cumplido,
archívese.

Sr. Elías Miguel Suarez
Dr. Víctor Rodolfo Araujo
Ing. Néstor Machado

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.