DECRETO-2026-1733-E-GDESDE-GSDE
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DECRETO-2026-1733-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES 11 DE AGOSTO DE 2026 EX-2026-[DNI]-GDESDE-CEPSI - Subsidio - Paciente Gerez Abdiel.- VISTO: El EX-2026-[DNI]--GDESDE-CEPSI, mediante el cual se gestiona un Subsidio a favor de la Sra. Gerez Virginia Angelen, D.N.I. Nº [DNI], y; CONSIDERANDO: Que el mismo será destinado para la adquisición de insumo medico (dispositivo para cierre de ductus memopart), con destino a su hijo menor de edad el paciente: Gerez Abdiel, D.N.I.Nº70.836.181, en virtud de que según constancia agregada en autos no registra afiliación a Obra Social alguna y su grupo familiar no cuenta con los recursos económicos para solventar los gastos que demanda su patología; Que en actuación Nº DOCFI-2026- [DNI]- GDESDE-MS, obra Formulario Nº 1 debidamente suscrito por autoridades correspondientes; Que en actuación Nº PV-2026- [DNI]-GDESDE-MS, Auditoria Médica aconseja presupuesto de orden Nº11, a favor de PAMSE S.R.L. por $[DNI],00, que corresponde a pedido medico de orden Nº02; Que en actuación Nº DOCFI-2026- [DNI]-GDESDE-CGP#MEC obra Parte de Imputación Presupuestaria emitida por la Delegación Contable de Contaduría General. Que se hace necesario dar trámite favorable a la presente gestión en cumplimiento de Programas de Salud en los que está abocado el Superior Gobierno de la Provincia; Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTÍCULO 1º: Otorgar a favor de la Sra. Gerez Virginia Angelen, D.N.I. Nº [DNI], con domicilio en Calle 9 y Martin Herrara Nº4222, B Almirante Brown - Santiago del Estero - Dpto. Capita l - Santiago del Estero, un Subsidio por la suma total de Pesos: Veinticinco millones ochocientos mil ($[DNI],00), para la adquisición de insumo medico (dispositivo para cierre de ductus memopart), con destino a su hijo menor de edad el paciente: Gerez Abdiel, D.N.I.Nº70.836.181, con cargo a rendir cuentas dentro de los diez (10) de su total inversión.- ARTÍCULO 2º: Autorizar a Auditoria Médica a emitir Nota de Entrega al proveedor PAMSE S.R.L., quien deberá presentar del insumo, Factura y Remito.- ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se atenderá con fondos provenientes de la Jurisdicción 26 - Prog. 11 - Sprg. 00 - Pry. 00 - A/O 01 - Par. 514 - Ayudas Sociales a personas, debiendo Delegación Contable de la Secretaría de Salud librar la correspondiente Orden de Pago a favor de la firma mencionada precedentemente.- ARTÍCULO 4º: Registrar, comunicar a quienes corresponde y pasar a Auditoria Médica, a sus efectos.- Sr. Elías Miguel Suárez Dr. Víctor Rodolfo Araujo Lic. Natividad Nassif
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