DECRETO-2026-1749-E-GDESDE-GSDE
Datos del acto
- Organismo
- —
- Monto
- —
Texto del acto
Ver / ocultar
DECRETO-2026-1749-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES 11 DE AGOSTO DE 2026 Referencia: EX-2026-[DNI]--GDESDE-MS - Contratación - Medicamentos para Centros Asistenciales de la Provincia. VISTO: El EX-2026-[DNI]--GDESDE-MS y la necesidad de articular acciones pertinentes en el marco de las medidas generales de prevención sanitaria, y; CONSIDERANDO: Que, por conducto de las actuaciones administrativas de marras, las autoridades del Ministerio de Salud de la Provincia en ese marco expresan la urgencia en iniciar gestiones tendientes a lograr la autorización para la adquisición de medicamentos para ser destinados a los Centros Asistenciales de la Provincia; Que se solicitó presupuestos a firmas de reconocida trayectoria en la materia resultando convenientes, según surge del cuadro comparativo de precios y Acta de Pronunciamiento la propuesta de DROGUERIA RED SALUD S.R.L. CUIT 30-[DNI]-1 por la suma de $113.400.000,00 (Pesos ciento trece millones cuatrocientos mil), quien manifiesta disponibilidad de stock para cubrir la demanda a pesar de la difícil situación económica por la que atraviesa nuestro País; Que se agrega Formulario Nº 1 debidamente habilitado por el Poder Ejecutivo Provincial, por un importe total de $ 113.400.000,00 (Pesos ciento trece millones cuatrocientos mil), quedando en consecuencia el presente procedimiento enmarcado en el Decreto DECTO-2025 -3295-E-GDESDE-GDSE de Medidas de Control del Gasto Publico; Que obra Parte de Imputación Presupuestaria emitido por Delegación Contable, con cargo a la Jurisdicción 26 - Ministerio de Salud, Programa 12, Subprogramas 02-03-04, Proyecto 00, Actividad 01, P.p. 252 "Productos químicos, farmacéuticos y medicinales"; Que se adjuntan Cláusulas Particulares y Pliego de Condiciones Mínimas que regirán la presente contratación; Que Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud mediante IF-2026 -[DNI] -GDESDE-MS concluye que estarían dados los recaudos formales exigidos por la normativa vigente en la materia, razón por la cual no existiría objeción jurídica que formular a la emisión de Acto Administrativo que autorice a llevar a cabo la contratación que aquí se pretende; Que la Sala de Primera Nominación del Honorable Tribunal de Cuentas mediante RETCC-2026-490-EGDESDE-TDEC declara la inexistencia de observaciones en esta instancia en el expediente; Que Fiscalía de Estado mediante IF-2026-[DNI]-GDESDE-FDE entiende se podrá proseguir con la presente contratación, todo ello en base a lo establecido en el art. 81 inc. d) del Reglamento 75/2021; Que se hace pertinente autorizar al Ministerio de Salud, a realizar la contratación con el tiempo suficiente que reclama la urgencia planteada, utilizando el procedimiento de selección de oferentes establecido por el Artículo 70/ Inciso a) d e l D e c re to DECTO-2021-75 -E-GDESDE-GSDE reglamentario de la Ley Nº 7.253 - Régimen Único de Contrataciones Públicas y modificatorias; Que el presente acto se dicta en el marco de lo dispuesto por el Artículo 31/ Inciso d) de la Ley Nº 7.253 - Régimen Único de Contrataciones Públicas y siguiendo lineamientos establecidos por el Decreto DECTO-2025-3295-E-GDESDE-GSDE de Medidas de Control del Gasto Público y la Ley Nº 6.933 de Administración Financiera y Control Interno del Sector Público Provincial; Por ello; EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA D E C R E T A: ARTICULO 1º: AUTORIZAR al Ministerio de Salud, a contratar con la firma DROGUERIA DEL SUD S.R.L., para la provisión de medicamentos con destino a Centros Asistenciales de la Provincia por un importe total de $113.400.000,00 (Pesos ciento trece millones cuatrocientos mil), que se regirá por Clausulas Particulares y el Pliego de Condiciones Mínimas obrantes a Orden Nº 04 y 05, en un todo de acuerdo con los considerandos del presente.- ARTÍCULO 2º: El gasto será atendido con créditos pertenecientes a la Jurisdicción 26 - Ministerio de Salud, Programa 12, Subprogramas 02-03-04, Proyecto 00, Actividad 01, P.p. 252 "Productos químicos, farmacéuticos y medicinales". - ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial, cumplido archívese.- Sr. Elías Miguel Suárez Dr. Víctor Rodolfo Araujo Lic. Natividad Nassif
Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.