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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1756-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23164 del 2026-09-07

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DECRETO-2026-1756-E-GDESDE-GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, MARTES 11 DE AGOSTO DE 2026

Referencia: EX-2026-[DNI]-GDESDE-DM#MPR-Modificación Presupuestaria-REMANENTE.

VISTO: El Expediente Nº 2026-[DNI]-GDESDE-DM#MPR y el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio

2026; y

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Producción, Recursos Naturales, Forestación, Tierras y Medio Ambiente, solicita en el Programa 13 - "Investigación

y Desarrollo Minero Geológico", U.E.: Dirección General de Minería, Geología y Suelo, expresión presupuestaria de fondos provenientes

de Remanentes del Recurso: "Proyecto Federal de Fortalecimiento de Capacidades de Monitoreo de Variables Ambientales de la Minería",

cuyo crédito presupuestario será asignado a la Partida Parcial "Trabajos Públicos";

Que, lo peticionado posibilitará contar con créditos presupuestarios necesarios para la incorporación y ejecución de la Obra: "Anexo Proyecto

Federal de Fortalecimiento de Capacidades de Monitoreo de Variables Ambientales de la Minería", Localidad Santiago del Estero,

Departamento Capital, lo que responde a la solicitud expresa del organismo recurrente y refiere sólo a la formulación presupuestaria, sin

entrar a considerar la aplicación final del crédito, responsabilidad exclusiva y excluyente del contratante;

Que, lo requerido implica incremento en el Total de Recursos y Gastos para el presente Ejercicio;

Que, el presente Decreto se encuadra en lo dispuesto por el Artículo 9º Apartado b), de la Ley Nº 7.409 -Presupuesto General de la

Administración Pública Provincial - Ejercicio 2026;

Por ello,

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Modificase, el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2026, de conformidad con el detalle

obrante en Planillas Anexas, que forman parte integrante del presente Decreto y bajo las condiciones expresadas en el párrafo segundo del

Considerando.

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será también refrendado por el Señor Ministro de Producción, Recursos Naturales, Forestación, Tierras

y Medio Ambiente.

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Legislativo, según lo dispuesto por el Artículo 9º Apartado b), de la Ley Nº 7.409 - Presupuesto

General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2026, y a todo aquel a quien corresponda, publíquese, dése al Boletín Oficial y

archívese.

Sr. Elías Miguel Suárez

Dr. Víctor Rodolfo Araujo 

Dr. Víctor Rodolfo Araujo 

Ing. Néstor Machado

M I N I S T E R I O   D E   G O B I E R N O   Y   S E G U R I D A D 

RESOLUCION

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.