RESOL-2026-4878-E-GDESDE-MGSC
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RESOL-2026-4878-E-GDESDE- MGSC SANTIAGO DEL ESTERO, JUEVES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Referencia: EX-2026-[DNI] -GDESDE-DPJ#FDE- S/ PERSONERIA JURIDICA "ASOCIACION CIVIL SOCIAL, CULTURAL Y DEPORTIVA MISIONERAS DE OBRAS - Bº VINALAR". - VISTO, el expediente electrónico de referencia, iniciado por la Dirección General de Personas Jurídicas, y; CONSIDERANDO: Que la entidad denominada, "ASOCIACION CIVIL SOCIAL, C UL TUR A L Y D EP O R TIV A MISIONERAS DE OBRAS - Bº VINALAR", que tendrá su domicilio Legal y Social en Manzana 4 lote 26 S/N Bº Vinalar, de ciudad Capital de la Provincia de Santiago del Estero; solicita la aprobación de su Estatuto Social, con la documentación requerida por la Dirección General de Personas Jurídicas. Que la Dirección General de Personas, verificó en la base de datos que no incurre en homonimia el nombre de la "ASOCIACION CIVIL SOCIAL, C UL TUR A L Y D EP O R TIV A MISIONERAS DE OBRAS - Bº VINALAR". Que obra adjunta Acta Notarial - Escribanía Pública, Registro Notarial Nº24, Escritura Nº 71, año: 2026, folio: 182/188; sobre constitución social de la entidad civil mencionada. Que Fiscalía de Estado, en su dictamen, manifiesta que conforme; lo dispuesto por la ley provincial 6.201 y Decreto Nº 174/04, corresponde se remita el presente expediente al Ministerio de Gobierno a fin de que se dicte el Acto administrativo pertinente, por el cual se autorice a funcionar con carácter de persona jurídica a la entidad denominada "ASOCIACION CIVIL SOCIAL, C UL TUR A L Y D EP O R TIV A MISIONERAS DE OBRAS - Bº VINALAR" constituida mediante Escritura Nº71 de fecha 19 de Marzo del 2026 y se apruebe su Estatuto Social instrumentado en la misma. - Por ello, EL SEÑOR MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD RESUELVE: ARTICULO 1ro. - APRUEBASE el Estatuto Social de la entidad denominada, "ASOCIACION CIVIL SOCIAL, C UL TUR A L Y D EP O R TIV A MISIONERAS DE OBRAS - Bº VINALAR", que tendrá su domicilio Legal y Social en Manzana 4 lote 26 S/N Bº Vinalar, de ciudad Capital de la Provincia de Santiago del Estero; y otórguesele la correspondiente personería jurídica. - ARTICULO 2do.- Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Dirección General de Personas Jurídicas, a sus efectos. - Dr. BERNARDO JOSE HERRERA - Ministro RESOLUCION
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