RESOL-2026-1671-E-GDESDE-IPVU
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RESOL-2026-1671-E-GDESDE-IPVU #MOP SANTIAGO DEL ESTERO, JUEVES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Referencia: EX-2025-[DNI] -GDESDE-IPVU#MOP - INICIA: Ibarra, Marcelo del Valle - ASUNTO: Solicita Transferencia. Mza. 31 Lote 22 - Grupo Habitacion al 97 0 V iviendas Industrializadas e Infraestructura Barrio El Vinalar - Capital. VISTO: Las presentes actuaciones; y CONSIDERANDO: Que la Unidad Habitacional identificada como Manzana 31 Lote 22 - Grupo H a b i t a cio nal 97 0 V ivien da s Industrializadas e Infraestructura Barrio El Vinalar - Capital, fue adjudicada a través de Resolución Nº000210 de fecha 20 de Febrero de 1995, a favor de los Sres. Lezcano, Julián Doc. Nº [DNI] y Gieco, María Doc. Nº [DNI], acto administrativo firme a la fecha (Orden 6). Que el Dpto. Escrituraciones informa que la vivienda no registra antecedentes de Escritura (Orden 9). Que la Unidad Operativa Gestión Cobranzas informa que la vivienda no registra deuda vencida en Cta. Cte. del B.S.E (Orden 10). Que la vivienda se encuentra habitada por el Sr. Ibarra, Marcelo del Valle, Doc. Nº [DNI], quien reside junto a su esposa la Sra. Acuña, Silvia Magali, Doc. Nº [DNI] y seis hijos, al haber adquirido la misma mediante Boleto de Compra Venta celebrado con el Sr. Lezcano, Julián (adjudicatario) en el 1994 (Orden 13). Que los ocupantes presentan documentación con la que acreditan tiempo de posesión de la vivienda (Orden 15). Que, por lo expuesto y por la documental adjunta, el Dpto. Asuntos Legales en Orden 22 aconseja: I). - RESCINDIR la adjudicación de la Unidad Habitacional identificada como Manzana 31 Lote 22 - Grupo Habitacional 970 Viviendas Industrializadas e Infraestructura Barrio El Vinalar - Capital, otorgada a través de Resolución Nº000210 de fecha 20 de Febrero de 1995, a favor de los Sres. Lezcano, Julián, Doc. Nº [DNI] y Gieco, María, Doc. Nº [DNI].- II). - REGULARIZAR a favor de los Sres. Ibarra, Marcelo del Valle, Doc. Nº [DNI] y Acuña, Silvia Magali, Doc. Nº [DNI], la unidad habitacional identificada como Manzana 31 Lote 22 - Grupo Habitacional 970 Viviendas Industrializadas e Infraestructura Barrio El Vinalar - Capital. III). - Previo al Dictado del acto administrativo se proceda a la confección y firma de anexo en el cual preste su consentimiento al precio del inmueble, forma de pago y demás recaudos legales. Que el Secretario Técnico Social de Regularización y Recupero Habitacional, toma conocimiento de todo lo actuado y eleva para el dictado del acto administrativo correspondiente. POR TODO ELLO, y de conformidad con las facultades conferidas por Ley Provincial Nº 3600.- EL PRESIDENTE INTERVENTOR DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO RESUELVE: ART. 1º.- RESCINDIR la Adjudicación de la vivienda identificada como Manzana 31 Lote 22 - Grupo Habitacional 970 Viviendas Industrializadas E Infraestructura Barrio El Vinalar - Capital, otorgada a través de Resolución Nº 000210 de fecha 20 de Febrero de 1995, a favor de los Sres. Lezcano, Julián, Doc. Nº [DNI] y Gieco, María, Doc. Nº [DNI].- ART. 2º.- REGISTRAR, Comunicar y Cumplido Archivar. - C.P.N. AUGUSTO DU BOIS - Presidente I.P.V.U. INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO RESOLUCION
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