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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1824-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23170 del 2026-09-15

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DECRETO-2026-1824-E-GDESDE-

GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, VIERNES

14 DE AGOSTO DE 2026

Referencia: 
EX-2026-[DNI]--GDESDE-MS-Subsidio para el paciente

Rearte Leonardo Cesar. -

VISTO: 
El 
EX-2026-[DNI]--GDESDE-MS, mediante el cual se

gestiona un subsidio al Sr. Rearte José

César D.N.I. Nº28.143.819, y;

CONSIDERANDO:

Que el mismo estará destinado a solventar

la adquisición de prótesis para el paciente

Rearte 
Leonardo 
Cesar 
D.N.I.

Nº48.974.543;

Que en orden Nº07 El Servicio Social

Hospitalario informa que el paciente no

posee afiliación a obra social alguna y su

grupo familiar carece de recursos

económicos para poder solventar los

gastos que demandan su patología;

Que en Orden Nº11 Obra Formulario N.º

1 debidamente suscripto por autoridades

competentes;

Que en Orden Nº12 Auditoria Medica

aconseja presupuesto de Orden Nº10, a

favor de ELEMENTOS VITALES por

$[DNI],00 que corresponde a pedido

medico de Orden N.º 02;

Que en Orden Nº21 Obra Parte de

Imputación Presupuestaria emitido por

Delegación Contable de Contaduría

General de la Provincia;

Que se hace necesario dar trámite

favorable a la presente gestión en

cumplimiento de Programas de Salud en

los que está abocado el Gobierno de la

Provincia;

POR ELLO;

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otorgar a favor del Sr.

Rearte José César D.N.I. Nº28.143.819,

con domicilio en S/Calle S/N- Rincón de

Atacama- Rio Hondo- Santiago del

Estero, un subsidio por la suma de Pesos:

Cuatro millones trescientos noventa y

nueve 
mil 
ochocientos 
noventa

($[DNI],00), importe que será

destinado a la adquisición de prótesis para

su hijo el paciente Rearte Leonardo Cesar

D.N.I. Nº48.974.543, con cargo de rendir

cuentas dentro de los Diez (10) días de su

total inversión. -

ARTÍCULO 2º.- Autorizar a Auditoria

Médica a emitir nota de entrega a

"ELEMENTOS VITALE S.R.L.", quien

deberá presentar la misma junto con la

provisión de los elementos, Factura y

Remito. -

ARTÍCULO 3º.-El gasto que demande el

cumplimiento de la presente medida se

atenderá con fondos provenientes de la

JUR. 26 - PRG. 11 - SPRG. 00 - PRY 00

- A/O 01 - PAR. 514-Ayuda Sociales a

Personas- Rentas Generales, debiendo

Delegación Contable de la Secretaría de

Salud librar correspondiente Orden de

Pago a favor de la firma mencionada

precedentemente. -

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar a

quienes corresponda y pasar a Auditoria

Médica, a sus efectos. -

Sr. Elías Miguel Suárez

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

Lic. Natividad Nassif

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.