DECRETO-2026-1855-E-GDESDE-GSDE
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DECRETO-2026-1855-E-GDESDE- GSDE S A N T I A G O D E L E S T E R O , MIERCOLES 19 DE AGOSTO DE 2026 Referencia: EX-2021-[DNI]--GDESDE-DGME#CGE - Suamario Administrativo - EXONERACION - Sr. Carlos Ricardo ROMANO. VISTO: La RESOL-2026-1426-E- GDESDE-ME de fecha 17 de Julio de 2026; y CONSIDERANDO: Que la presente gestión es elevada por el Consejo General de Educación, tramita el Sumario Administrativo por supuestas faltas injustificadas en contra del Sr. Carlos Ricardo ROMANO - DNI Nº16.007.241Maestro de Grupo Escolar, titular, turno tarde, en el C.E.I. de la Localidad de Suncho Corral, Dpto. J. F. Ibarra, y Maestro Reeducador, titular, turno mañana, en Centro de Educación Integral Nº 42 "Dra. Alicia Moreau de Justo" de la Ciudad de Fernández - Dpto. Robles, ambas instituciones dependientes de la Dirección de Modalidades Educativas; y Catedrático en diagnóstico y evaluación en la educación con cuatro (4) horas cátedra en el Instituto Superior de Profesorado Provincial Nº 1 dependiente de la Dirección General de Nivel Superior; Que se h a emitido RESOL 2026-1426-E-GDESDE-ME de fecha 17 de Julio de 2026, la cual resuelve: HOMOLOGAR en todas sus partes lo dispuesto en la RESOL-2025-5253-E- GDESDE-CGE de fecha 4 de Noviembre de 2025, la cual resuelve CONVALIDAR, en todas sus partes RESOL-2025- 288-E-GDESDEDGME# CGE de fecha 21 de Octubre de 2025 mediante el cual se resuelve APLICAR al Sr. CARLOS RICARDO ROMANO - DNI Nº [DNI], Maestro de Grupo Escolar, Titular, Turno Tarde, en el C.E.I. de la Localidad de Suncho Corral -Dpto. J. F. Ibarra, y Maestro Reeducador, Titular, Turno Mañana, en Centro de Educación Integral Nº 42 "Dra. Alicia Moreau de Justo" de la ciudad de Fernández - Dpto. Robles, por haber incurrido en FALTA GRAVE probada en el presente Sumario administrativo, encuadrando su conducta en el Art, 4º Inc. A y C y 29º Incs. 1 y 5 del Estatuto del Docente Ley 2630; Art. 120º Inc. A y F del Reglamento General de Escuelas; Art. 14º Inc. F, Art. 143º Inc. D, Art. 147º Incs Q y S Ley de Educación Provincial; Art. 7 Incs. A y B y Art. 9º Ley Provincial Nº 6915 Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, la sanción prevista en el Art. 28º Inc.2 - I "EXONERACION" de la Ley Nº 2630 Estatuto del Docente, en un todo de acuerdo con lo expresado en los considerandos de la presente Resolución; Que en consecuencia corresponde se dicte el Acto Administrativo homologatorio correspondiente; Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º.- HOMOLÓGASE en todas sus partes lo dispuesto en la RESOL 2026-1426-E-GDESDEME de fecha 17 de julio de 2026, en un todo y de acuerdo a los presentes considerandos; ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial.- Sr. Elías Miguel Suarez Dr. Víctor Rodolfo Araujo Dra. Mariela Nassif
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