DECRETO-2026-1856-E-GDESDE-GSDE
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DECRETO-2026-1856-E-GDESDE- GSDE S A N T I A G O D E L E S T E R O , MIERCOLES 19 DE AGOSTO DE 2026 Referencia: Convenio de Cooperación con el Colegio de Ingeniería Agronómica de Santiago del Estero. VISTO: El Convenio Marco de Cooperación y Fortalecimiento de Capacidades Técnicas para la Gestión Pública, y; CONSIDERANDO: Que el Estado Provincial ha suscripto con los Colegios Profesionales un Convenio Marco de Cooperación y Fortalecimiento de Capacidades Técnicas para la Gestión Pública, por lo cual se ha celebrado un Protocolo Especifico con el Colegio de Ingeniería Agronómica de Santiago del Estero, el que tiene por objeto consolidar a cada agencia de desarrollo (ADT) como un centro de referencia, donde el productor encontrara asistencia técnica, maquinaria y capacitación que favorezcan el desarrollo productivo en su área de influencia, mejorando el acceso a programas, financiamiento y herramientas tecnológicas con el de aumentar el procesamiento posterior de la producción para generar agregado de valor con mano de obra local. Que dicho Convenio y Protocolo tienen por finalidad apuntalar y dar ejecutividad a las acciones y políticas implementadas por el Gobierno Provincial, en el marco de los objetivos planteados por el Consejo Económico y Social; Que a fin de posibilitar el cumplimiento de los objetivos propuestos, el Estado Provincial, otorgara un aporte según lo establecido en la Clausula Novena del Protocolo Especifico, según el plazo establecido en la Clausula Decima Segunda del Convenio Marco; Q u e l a s r azo nes exp uest a s precedentemente ameritan la conveniencia de homologar el Convenio y su Protocolo, según lo establece la normativa vigente, y en excepción a lo dispuesto por DECTO-2025-3295-E-GDESDE-GSDE; Por ello; EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º.- HOMOLOGASE el Protocolo Especifico del Convenio, suscripto por Jefatura de Gabinete, el Ministerio de la Producción Recursos Naturales, Forestación, Tierras y Medio Ambiente, el Secretario del Consejo Económico y Social y el Colegio de Ingeniería Agronómica de Santiago del Estero, el cual forma parte integrante del presente decreto, y surge del Convenio Marco de Cooperación y Fortalecimiento de Capacidades Técnicas para la Gestión Pública. ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande será atendido con recursos del presupuesto de la Jurisdicción 10 - Programa 01 -Acciones Centrales Jefatura de Gabinete - Partida 517 "Transferencia a otras Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro". ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, regístrese, pase a Contaduría General de la Provincia y cumplido archívese. - Sr. Elías Miguel Suarez Dr. Víctor Rodolfo Araujo
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