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Observatorio de Boletines

RESOL-2026-1659-E-GDESDE-IPVU

resolucion Publicado en el Boletín Nº 23174 del 2026-09-21

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RESOL-2026-1659-E-GDESDE-IPVU

#MOP
S A N T I A G O 
D E L 
E S T E R O ,
MIERCOLES 9 DE SEPTIEMBRE DE
2026.
Referencia: 
EX-2024-04448602GDESDE-IPVU#MOP - INICIA: Inc.:
Nieto Daniel Enrique - Solicita
Regularización Habitacional - Mza 117
Lote 7 - 230 Viviendas FO.NA.VI -
Barrio Borges - Capital.
VISTO: Las presentes actuaciones; y
CONSIDERANDO:
Que la vivienda identificada como
Manzana 117 Lote 7 - 230 Viviendas
FO.NA.VI Barrio Borges - Capital, fue
adjudicada mediante Resolución Nº
001839 de fecha 05 de Diciembre de 1988
a favor de los Sres. Llugdar Patricio
Eduardo Doc. Nº [DNI] y Sandoval
Silvia Susana Doc. Nº [DNI] (Orden
7), acto administrativo firme a la fecha.
Que el Dpto. Escrituraciones informa que
la unidad no registra antecedentes de
Escritura (Orden 14).
Que la Unidad Operativa Gestión
Cobranzas informa que la vivienda no
registra Deuda Vencida en Cta. Cte. del
BSE (Orden 12).
Que la vivienda se encuentra habitada por

el Sr. Nieto Daniel Enrique, DNI Nº
[DNI], quien manifiesta residir en la
unidad desde hace 18 años junto a su
esposa, Sra. Moisés Irma Beatriz, DNI Nº
[DNI], a partir de Cesión celebrada en
el año 2007 con la Sra. Sandoval Silvia
Doc. Nº 126.771.985. (Orden 18).
Que el recurrente presenta documentación
personal, entre ella Cesión de Acciones y
Derechos (Orden 20, 21, 26, 29 y 30).
Que 
mediante 
Resolución 
Nº
2026-1235-E-GDESDE-IPVU#MOP
(Orden 41), se Permite la Inscripción del
Sr. Nieto Daniel Enrique, por contar con
antecedentes de Adjudicación en la
vivienda identificada como Manzana 44
Lote 20 Barrio Villa Tranquila, mediante
Decreto Serie D Nº 1281/75.
Que el Dpto. de Asuntos Legales en
Orden 57, aconseja:
1)-RESCINDIR la adjudicación de la
unidad habitacional identificada como
Manzana 117 Lote 7 - 230 Viviendas
FO.NA.VI Barrio Borges - Capital,
otorgada mediante Resolución Nº 001839
de fecha 05 de Diciembre de 1988, a favor
de los Sres. Llugdar Patricio Eduardo
Doc. Nº [DNI] y Sandoval Silvia
Susana Doc. Nº [DNI].
2)-REGULARIZAR a favor de los Sres
Nieto Daniel Enrique, DNI Nº [DNI]
y Moisés Irma Beatriz, DNI Nº [DNI],
la vivienda sito en Manzana 117 Lote 7 -
230 Viviendas FO.NA.VI - Barrio Borges
- Capital.
3)- Que se proceda a la confección y firma
de los Anexos, a través de los cuales se de
conformidad al precio de las viviendas y
plan de amortización de las mismas.
Que el Secretario Técnico Social de
Regularización y Recupero Habitacional
toma conocimiento de todo lo actuado y
eleva para el 
dictado del acto
administrativo correspondiente.
POR TODO ELLO, y de conformidad con
las facultades conferidas por Ley
Provincial Nº 3600.-
EL PRESIDENTE INTERVENTOR DEL
INSTITUTO 
PROVINCIAL 
DE
VIVIENDA Y URBANISMO
RESUELVE:
ART.-1º RESCINDIR la adjudicación de
la unidad habitacional identificada como
Manzana 117 Lote 7 - 230 Viviendas
FO.NA.VI Barrio Borges - Capital,
otorgada mediante Resolución Nº 001839
de fecha 05 de Diciembre de 1988, a favor
de los Sres. Llugdar Patricio Eduardo
Doc. Nº [DNI] y Sandoval Silvia
Susana Doc. Nº [DNI].
ART.- 2º REGISTRAR, Comunicar y
Cumplido Archivar. -
C.P.N. AUGUSTO DU BOIS - Presidente

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO

JUZGADO ADMINISTRATIVO DE FALTAS

RESOLUCIÓN Nº 01

VISTO: Del expediente iniciado desde la división de SUSTRACCIÓN AUTOMOTOR DE LA PROVINCIA, posterior elevación a la

DIVISIÓN PARQUE INDUSTRIAL y las actuaciones labradas con motivo de los moto vehículos que se encuentran individualizados en

el listado que integra las presentes actuaciones para inicio del procedimiento de emplazamiento por edictos, posterior decomiso, baja registral

definitiva y compactación de los cuales; 

CONSIDERANDO: 

Que conforme surge de las constancias obrantes en autos, los moto vehículos detallados se encuentran depositados en la División Sustracción

del Automotor, habiéndose cumplido las actuaciones administrativas correspondientes referente a la verificación de moto vehículos. 

Que, de acuerdo con el estado de las actuaciones, corresponde adoptar las medidas necesarias a fin de determinar la eventual existencia de

titulares registrales, poseedores o terceros que pudieren invocar derechos sobre los rodados, garantizando de tal manera el debido proceso

y el derecho de defensa. 

Que, previo a disponer la continuidad del procedimiento destinado a la compactación, desguace, descontaminación y/o disposición final

de los vehículos y moto vehículos, resulta procedente ordenar la publicación de edictos por el plazo de 2 días y en los medios que determine

la normativa aplicable, haciendo saber a los eventuales interesados la existencia de las presentes actuaciones. 

Que la publicación deberá contener la individualización suficiente de cada vehículo y/o moto vehículo -marca, modelo, dominio, número

de cuadro, número de motor y demás datos identificatorios disponibles-, otorgándose a quienes acrediten un derecho sobre los mismos la

posibilidad de presentarse y efectuar las manifestaciones que estimen corresponder. 

Que, vencido el plazo de publicación sin que se presentaren interesados, o una vez resueltas las oposiciones que eventualmente se formulen,

corresponderá continuar con el procedimiento de decomiso, baja registral, compactación y/o disposición final conforme las disposiciones

legales y reglamentarias vigentes. 

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por la normativa aplicable;

EL JUEZ DE FALTAS ADMINISTRATIVO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.º: ORDENAR la publicación de edictos por el término de 2 días, en Boletín Oficial /diario de circulación provincial y medio

que corresponda, a fin de hacer saber a los titulares registrales, propietarios, poseedores y/o terceros que pudieren invocar derechos sobre

los moto vehículos individualizados en el Anexo I de la presente resolución, que los mismos se encuentran sujetos al procedimiento de

disposición final, baja registral y compactación.

ARTÍCULO 2.º: HÁGASE SABER mediante los edictos que los eventuales interesados deberán presentarse ante LA DIRECCION DE

SEGURIDAD VIAL DE LA POLICIA DE LA PROVINCIA, dentro del plazo de 30 días contados desde la última publicación, acreditando

en forma suficiente la titularidad, posesión o derecho que invoquen respecto del moto vehículo de que se trate, bajo apercibimiento de

proseguirse con el procedimiento correspondiente.

ARTÍCULO 3.º DISPONER que el edicto contenga, respecto de cada rodado, los datos identificatorios disponibles, incluyendo, según

corresponda: Marca, modelo, tipo, dominio, número de motor, número de cuadro/chasis y cualquier otro dato que permita su

individualización.

ARTICULO 4.º. ESTABLECER que, vencido el plazo dispuesto en el artículo 2.º Sin que se formulen presentaciones u oposiciones, o una

vez resueltas las que eventualmente se deduzcan, se procederá a ordenar la compactación y/o disposición final de los moto vehículos,

conforme la legislación vigente y las actuaciones administrativas correspondientes, previa baja registral por parte de la policía de la

provincia.

ARTICULO 5º: REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE conforme corresponda y, cumplido, continúese según su estado.

Fdo. Dr. MATIAS BALMACEDA Juez Administrativo de Faltas de la Pcia. de Sgo. del Estero.

Dr. SALVADOR MURATORE. Secretario Administrativo de Faltas de la Pcia. de Sgo. del Estero.

Santiago del Estero, 16 de Septiembre del 2026. -

Dr. MATIAS BALMACEDA - Juez Administrativo de Faltas

Dr. SALVADOR MURATORE - Secretario de Faltas

e. 21 sept - v. 22 sept

ANTOGNOLI 
Marcela 
Alejandra

Firmado digitalmente 
por ANTOGNOLI 
Marcela Alejandra 
Fecha: 2026.09.21 
13:02:28 -03'00'

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.