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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-1906-E-GDESDE-GSDE

decreto Publicado en el Boletín Nº 23178 del 2026-09-25

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DECRETO-2026-1906-E-GDESDE-

GSDE

SANTIAGO DEL ESTERO, VIERNES

21 DE AGOSTO DE 2026

Referencia: 
EX-2026-[DNI]-

GDESDE-PIS#MS - Subsidio - Paciente

Figueroa Coronel Lucas Feliciano.-

VISTO: 
El 
EX-2026-[DNI]--GDESDE-PIS#MS, mediante el cual se

gestiona un subsidio a favor de la Sra.

Figueroa Coronel Fabiana Gabriela

D.N.I. Nº38.783.686, y;

CONSIDERANDO:

Que el mismo estará destinado a solventar

gastos de par de valvas más inodoro

portátil para el paciente Figueroa Coronel

Lucas Feliciano D.N.I. Nº56.985.265,

debido a que no posee obra social y su

grupo familiar carece de recursos

económicos para poder solventar gastos

que demandan su patología;

Que en Orden Nº20 Obra Formulario Nº

1 debidamente suscripto por autoridades

competentes;

Que en orden Nº21 Auditoria Médica

aconseja presupuesto de Orden Nº18, a

favor de Integral  Mobility por

$[DNI] que corresponde a pedido

medico de Orden Nº 02;

Que en Orden Nº29 Obra Parte de

Imputación Presupuestaria emitido por

Delegación Contable de Contaduría

General de la Provincia;

Que se hace necesario dar trámite

favorable a la presente gestión en

cumplimiento de Programas de Salud en

los que está abocado el Gobierno de la

Provincia;

POR ELLO;

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Otorgar a favor de la Sra.

Figueroa Coronel Fabiana Gabriela

D.N.I. Nº38.783.686, con domicilio en

Viamonte 299- Bº Ramón Carrillo-

Capital- Santiago del Estero, un subsidio

por la suma de pesos: Un millón

c u a t r o c i e n t o s 
s e s e n t a 
m i l

($[DNI],00), importe que será

destinado para solventar gastos de par de

valvas más inodoro portátil para su hijo el

paciente Figueroa Coronel Lucas

Feliciano D.N.I. Nº56.985.265, con cargo

de rendir cuentas dentro de los Diez (10)

días de su total inversión.-

ARTÍCULO 2º: Autorizar a Auditoria

Médica a emitir nota de entrega a

"INTEGRAL MOBILITY" de Bone

S.R.L., quien deberá presentar la misma

junto con la provisión de los elementos,

Factura y Remito.-

ARTÍCULO 3º El gasto que demande el

cumplimiento de la presente medida se

atenderá con fondos provenientes de la

JUR. 26 - PRG. 11 - SPRG. 00 - PRY 00

- A/O 01 - PAR. 514-Ayuda Sociales a

Personas- Rentas Generales, debiendo

Delegación Contable de la Secretaría de

Salud librar correspondiente Orden de

Pago a favor de la firma mencionada

precedentemente.-

ARTÍCULO 4º: Registrar, comunicar a

quienes corresponda y pasar a Auditoría

Médica, a sus efectos.-

Sr. Elías Miguel Suárez

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

Lic. Natividad Nassif

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.