DECRETO-2026-2035-E-GDESDE-GSDE
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DECRETO-2026-2035-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, JUEVES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Referencia: EX 2025 [DNI] GDESDE A P R H # M A M A A d j u d i c a c i ó n Remodelación Planta Potabilizadora en Chilca Juliana, Salavina. VISTO: El Expediente Electrónico 2025 [DNI] GDESDE APRH#MAMA y la RESFC 2025 165 E GDESDE MOPAMA de fecha 26 de diciembre de 2.025; y CONSIDERANDO: Que por la misma se aprueba la documentación técnica para la ejecución de la obra: "REMODELACION DE LA PLANTA POTABILIZADORA DE AGUA POTABLE EN CHILCA JULIANA. DEP AR TAMENTO SALAVINA" y se autoriza a la Administración Provincial de Recursos Hídricos a llamar a Licitación Pública y Escrita, con un Presupuesto Oficial de $ [DNI].848,50 (Pesos Tres Mil Trescientos Sesenta Millones Ochocientos Cinco Mil Ochocientos Cuarenta y Ocho con Cincuenta Centavos) y un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos a partir del primer replanteo; Que con fecha 04 de marzo de 2.026, se procede a la Apertura de los Sobres Nº 1 y 2 de la Licitación Pública, con la presencia de representantes de la Dirección General de Rentas, Tribunal de Cuentas y la Comisión de Apertura designada a través de la RESOL 2026 41 E GDESDE APRH#MAMA del organismo: PRIMER OFERENTE: Empresa EL FUNDADOR S.R.L. presenta la documentación en original, duplicado, triplicado y pliego. Presenta Depósito de Garantía de la Oferta expedida por Tesorería General de la Provincia, emitida por la firma EVOLUCION SEGUROS S.A. Póliza Nº 377.989. Se realizan una serie de observaciones a la documentación, otorgándosele un plazo para su cumplimiento. Cotiza por la suma de $ [DNI].590,71 por debajo del Presupuesto Oficial y cumple con el sellado de ley. SEGUNDO OFERENTE: Empresa VIALCAR S.R.L presenta la documentación en original, duplicado, triplicado y pliego. Presenta Depósito de Garantía de la Oferta expedida por Tesorería General de la Provincia, emitida por la firma CHUBB ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. Póliza Nº [DNI], cumple en principio con la presentación de la documentación con las formalidades requeridas. Cotiza por la suma de $ 3.[DNI].426,04 por encima del Presupuesto Oficial y cumple con el sellado de ley. Que con fecha 11 de marzo de 2.026, la Comisión de Pre Adjudicación designada, luego de analizar la documentación presentada en el acto de apertura y en el plazo otorgado, aconseja preadjudicar a la firma EL FUNDADOR S.R.L. por la suma ofertada de $ [DNI].590,71 (Pesos Tres Mil Trescientos Sesenta Millones Ochocientos Cinco Mil Quinientos Noventa con Setenta y Un Centavos) por debajo del Presupuesto Oficial, en consecuencia su propuesta es admisible, válida y conveniente a los intereses de Estado.- Que el Tribunal de Cuentas mediante Resolución de Sala RETCC 2026 391 GDESDE TDEC de fecha 26/06/26, declara la inexistencia de observaciones que formular por lo que está en condiciones para la prosecución del trámite y el dictado del acto administrativo correspondiente; Que Fiscalía de Estado en Dictamen IF 2026 [DNI] GDESDE FDE de fecha 07/07/26 concluyen, "Que, habiéndose expedido la comisión de preadjudicación, esta Fiscalía de Estado no tiene objeciones de tipo legal, pudiéndose en consecuencia, preadjudicar la obra de referencia a la firma EL FUNDADOR quien Cotiza por la suma de $ [DNI].590,71 (PESOS: TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA MILLONES O C H O C I E N T O C I N C O M IL QUINIENTOS NOVENTA CON SETENTA Y UN CENTAVOS), monto por debajo del presupuesto oficial.-"; Por ello y conforme a las Leyes 7253 y 7267 y Decreto Reglamentario; EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º: APRÚEBASE la Licitación Pública y Escrita Nº 14/25 l l e v a d a a c a b o p a r a l a : "REMODELACION DE LA PLANTA POTABILIZADORA DE AGUA POTABLE EN CHILCA JULIANA. DEPARTAMENTO SALAVINA" y ADJUDÍCASE a la Empresa EL FUNDADOR S.R.L. por la suma de $ [DNI].590,71 (Pesos Tres Mil Trescientos Sesenta Millones Ochocientos Cinco Mil Quinientos Noventa con Setenta y Un Centavos) por debajo del Presupuesto Oficial, y un plazo de 240 (doscientos cuarenta) días corridos a partir del primer replanteo, en base a los considerados vertidos precedentemente. ARTICULO 2º: Autorizar al señor Presidente Interventor de la Administración Provincial de Recursos Hídricos a la suscripción del Contrato correspondiente. ARTICULO 3º: El presente gasto se imputará en la Jurisdicción 51 - Programa 13, Subprograma 00, Proyecto 03, A/O 69, Partida 421, Obras de Agua Potable en lo que se presume ejecutar en el presente ejercicio. ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía al solo efecto de lo establecido en el Artículo Nº 3 por tratarse de un Proyecto Plurianual. ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y archívese.- Sr. Elías Miguel Suárez Dr. Víctor Rodolfo Araujo Arq. Aldo Rene Hid C.P.N. Jorge Gustavo Murad
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