DECRETO-2026-2062-E-GDESDE-GSDE
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DECRETO-2026-2062-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, LUNES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Referencia: EX-2026-[DNI]--GDESDE-CEPSI - Subsidio paciente Palavecino Ruiz Alizon.- VISTO: El EX-2026-[DNI]--GDESDE-CEPSI, mediante el cual se gestiona un Subsidio a favor de la Sra. Ruiz Margarita Liliana, D.N.I. Nº45.856.284, y; CONSIDERANDO: Que el mismo será destinado para la adquisición de campana de vacío vacuum bell, con destino a su hija menor de edad la paciente: Palavecino Ruiz Alizon, D.N.I. Nº [DNI], en virtud de que según constancia agregada en autos no registra afiliación a Obra Social alguna y su grupo familiar no cuenta con los recursos económicos para solventar los gastos que demanda su patología; Que en actuación Nº DOCFI-2026- [DNI] 4 -GDE SD E- MS , o b ra Formulario Nº1 debidamente suscrito por autoridades correspondientes; Que en actuación Nº PV-2026- [DNI]-GDESDE-MS, Auditoria Médica aconseja presupuesto de orden Nº16 a favor de Pamse SRL por $[DNI],00 que corresponde a pedido medico de orden Nº2.; Que en actuación Nº DOCFI-2026 -[DNI]-GDESDE-CGP#MEC obra Parte de Imputación Presupuestaria emitida por la Delegación Contable de Contaduría General; Que se hace necesario dar trámite favorable a la presente gestión en cumplimiento de Programas de Salud en los que está abocado el Superior Gobierno de la Provincia; Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTÍCULO 1º: Otorgar a favor de la Sra. Ruiz Margarita Liliana, D.N.I. Nº45.856.284, con domicilio en Calle Publica S/N, El Zanjón - Santiago del Estero - Dpto. Capital - Santiago del Estero, un Subsidio por la suma total de Pesos: Siete millones novecientos noventa y seis mil ciento cincuenta y dos ($[DNI],00), destinado para la adquisición de campana de vacio vacuum bell, con destino a su hija menor de edad la paciente: Palavecino Ruiz Alizon, D.N.I. Nº55.901.838, con cargo a rendir cuentas dentro de los diez (10) de su total inversión.- ARTÍCULO 2º: Autorizar a Auditoria Médica a emitir Nota de Entrega al proveedor PAMSE S.R.L. quien deberá presentar el insumo, Factura y Remito.- ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se atenderá con fondos provenientes de la Jurisdicción 26 - Prog. 11 - Sprg. 00 - Pry. 00 - A/O 01 - Par. 514 - Ayuda Sociales a Personas, debiendo Delegación Contable de la Secretaría de Salud librar la correspondiente Orden de Pago a favor de la firma mencionada precedentemente.- ARTÍCULO 4º: Registrar, comunicar a quienes corresponde y pasar a Auditoria Médica, a sus efectos.- Sr. Elías Miguel Suárez Dr. Víctor Rodolfo Araujo Lic. Natividad Nassif
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