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DECRETO-2026-935-E-GDESDE-
GSDE
S A N T I A G O
D E L
E S T E R O ,
MIÉRCOLES 20 DE MAYO DE 2026
Referencia:
EX-2025-[DNI]--GDESDE-DEPSE#MOP
-
Adj.
Industrias Primonti - Línea 33 KV
Estación Atamisqui - El Hoyon y Setne de
33/13,8 KV en el Hoyon - Dpto.
Atamisqui.
VISTO,
el
EX-2025-[DNI]--GDESDE-DEPSE#MOP
y
la
RESFC-2026-1-E-GDESDE-MOPAMA
de fecha 14/01/2026 y;
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo se aprueba la
Documentación Técnica y el Pliego de
Bases y Condiciones Particulares para
ejecución de la Obra: "LINEA 33 KV
ESTACION ATAMISQUI, EL HOYON
Y SETNE DE 33/13,8 KV DE 2X5 MVA
EN EL HOYON. DPTO. ATAMISQUI-
SANTIAGO DEL ESTERO" y se
Autoriza a la Dirección General de la
Energía a efectuar la Licitación Pública y
Escrita Nº12/2025, con un Presupuesto
Oficial de $[DNI].021,58 y un plazo
de ejecución 730 (setecientos treinta) días
corridos.
Que el acto de apertura de los sobres Nº 1
y 2 se realizó el día 19/03/2026 con la
presencia
de
representantes
del
Organismo con el siguiente resultado
- PRIMER PROPONENTE: Empresa
COMINTEL S.A. Verifica vigencia de
RUPSE y conducta fiscal. En principio
cumple con los requisitos exigidos en el
Pliego. Presenta documentación en
original, duplicado y soporte digital.
Acompaña como garantía de oferta recibo
de Tesorería Gral. de la Provincia,
mediante
Póliza
Nº378.557
de
EVOLUCION
SEGUROS
S.A.
COMPAÑÍA DE SEGUROS. Cumple
con el Sellado de Ley. Cotiza por la suma
de $[DNI].180,00.
- SEGUNDO PROPONENTE: Empresa
INDUSTRIAS PRIMONTI S.R.L. -
OBRA: LINEA 33 KV ESTACION
ATAMISQUI, EL HOYON Y SETNE
DE 33/13,8 KV DE 2X5 MVA EN EL
HOYON U.T. Verifica vigencia de
RUPSE y conducta fiscal. En principio
cumple con los requisitos exigidos en el
Pliego. Presenta documentación en
original, duplicado y soporte digital.
Acompaña como garantía de oferta recibo
de Tesorería Gral. de la Provincia,
mediante
Póliza
Nº378.715
de
EVOLUCION
SEGUROS
S.A.
COMPAÑÍA DE SEGUROS. Cumple
con el Sellado de Ley. Cotiza por la suma
de $[DNI].000,00;
Que la Comisión de Preadjudicación, con
fecha 25/03/2026 teniendo en cuenta la
documentación presentada y la oferta
económica
realizada,
aconseja
preadjudicar, salvo mejor criterio de la
superioridad, la licitación de la obra de
que se trata a la Empresa INDUSTRIAS
PRIMONTI S.R.L. - OBRA: LINEA 33
KV ESTACION ATAMISQUI, EL
HOYON Y SETNE DE 33/13,8 KV DE
2X5 MVA EN EL HOYON U.T.; por la
suma de $[DNI].000,00 (pesos seis
mil seiscientos cincuenta y dos millones
cientos ochenta y cinco mil).
Que el Tribunal de Cuentas de la
Provincia mediante RETCC-2026-175-E
-GDESDE-TDEC de fecha 13/04/2026 y
Fiscalía
de
Estado
mediante
IF-2026-[DNI]- GDESDE-FDE de
fecha 15/04/2026, realizan observaciones,
las fueron subsanadas a posteriori.
Que así mismo se establece que a tal fin se
ha utilizado como procedimiento de
selección del cocontratante el previsto en
el inciso "a" del articulo 23 (licitación
pública), en cumplimiento del bloque
legal provincial aplicable en la materia,
esto es leyes 7.253, 7.267, Decreto
Nº 75/21, y cc "Régimen Único de
Contrataciones Publica de la Provincia de
Santiago del Estero y Nº 6.933 de
Administración Financiero y Control
Interno del Sector Publico Provincial".
Que la presente licitación se encuadra en
lo previsto por DECTO-2025-3295-
E-GDESDE-GSDE- de fecha 16/12/2025,
se establece la aplicación de medida de
control de gastos administrativos.
Por ello,
EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º: APRUEBASE
la
Licitación Pública y Escrita Nº12/2025
para la realización de la Obra: "LINEA 33
KV ESTACION ATAMISQUI, EL
HOYON Y SETNE DE 33/13,8 KV DE
2X5 MVA EN EL HOYON. DPTO.
ATAMISQUI-
SANTIAGO
DEL
ESTERO" y ADJUDICASE la misma a la
Empresa INDUSTRIAS PRIMONTI
S.R.L. - OBRA: LINEA 33 KV
ESTACION ATAMISQUI, EL HOYON
Y SETNE DE 33/13,8 KV DE 2X5 MVA
EN EL HOYON U.T.; por la suma de
$[DNI].000,00 (pesos seis mil
seiscientos cincuenta y dos millones
cientos ochenta y cinco mil) y un plazo de
ejecución de 730 (setecientos treinta) días
corridos. -
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR al Sr.
Ministro de Obras, Servicios Públicos y
Agua a la firma del Contrato respectivo. -
ARTICULO 3º: El gasto emergente se
imputará en la Jurisdicción 17 - Prog.23 -
Subp. 00 - Proy. 06 - A/O 72 - Part. 421 -
Trabajos Públicos - Financiamiento 10 -
Rentas Generales - Ejercicios 2026, 2027
y 2028.-
ARTICULO 4º: El presente Decreto
deberá ser también refrendado por el Sr.
Ministro de Economía por tratarse de un
Proyecto Plurianual. -
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, publíquese
y archívese. -
Sr. Elías Miguel Suárez
Dr. Víctor Rodolfo Araujo
Arq. Aldo René Hid
C.P.N. Atilio Chara
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