DECRETO-2026-937-E-GDESDE-GSDE
Datos del acto
- Organismo
- Gobierno de Santiago del Estero
- Monto
- —
- Objeto
- Aceptación de la propuesta para la venta de una hectárea de terreno fiscal para la instalación de una Central de Almacenamiento de Energía Eléctrica en Baterías (BESS)
- Expediente
- EX-2026-01848185--GDESDE-DGA#MPR
Quién cobra
| Nombre | Rol | CUIT | Monto |
|---|---|---|---|
| INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A. | adjudicatario | — | — |
Datos que el acto no publica
- monto de la venta
- CUIT de INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A.
Cita textual
Aceptase la propuesta realizada por la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A. respecto del inmueble de dominio de la Provincia consistente en UNA (1) hectárea a deslindar dentro del predio matriculado como Nº 7N-5446, conocido como "Predio Ex Fandet", ubicado en el Barrio Juan Felipe Ibarra, Departamento Capital, con destino exclusivo a la instalación, operación y mantenimiento de una Central de Almacenamiento de Energía Eléctrica en Baterías (BESS) en el marco de la Convocatoria AlmaSADI (Resolución SE Nº 50/2026) de la Secretaría de Energía de la Nación.
Texto del acto
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DECRETO-2026-937-E-GDESDE- GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, JUEVES 21 DE MAYO DE 2026 Referencia: EX-2026-[DNI] -GDESDE-DGA#MPR - Solicitud de compra de terreno VISTO: El Expediente EX-2026- [DNI]-GD ES DE -DGA#MP R mediante el cual la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A solicita la adquisición de una superficie de una (1) hectárea del terreno fiscal ubicado en el Predio Ex Fandet, Barrio Juan Felipe Ibarra, Departamento Capital, con destino a la instalación de una Central de Almacenamiento de Energía Eléctrica en Baterías (BESS), en el marco de la Convocatoria AlmaSADI - Resolución Nº 50/2026 de la Secretaría de Energía de la Nación; y, CONSIDERANDO: Que la Convocatoria Abierta AlmaSADI (Resolución SE Nº 50/2026) constituye una política nacional orientada a fortalecer la seguridad y confiabilidad del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) mediante la incorporación de sistemas de almacenamiento de energía eléctrica en baterías (BESS), asignando a la Región NOA una potencia de hasta 150 MW, con múltiples nodos de conexión radicados en la Provincia de Santiago del Estero entre los cuales se encuentra el Nodo ID 2460 - LA FANDET 132 kV; Que la Ley Nº 7.409, en su Artículo 21 inciso a), prevé la disponibilidad de venta y/o permuta directa de los bienes inmuebles de dominio privado de la Provincia, para aquellos casos en que actualmente no tengan uso específico o dejaren de tenerlo, y cuando el Poder Ejecutivo considere de interés para facilitar emprendimientos industriales, turísticos, culturales, educativos, deportivos, sociales y demás fines que mejoren la infraestructura y promuevan el desarrollo territorial; Que el inmueble requerido -parte del predio conocido como "Ex Fandet", Matrícula Nº 7N-5446- no registra actualmente destino específico que obstaculice su disposición, y su superficie útil no compromete la integridad del resto del predio fiscal; Que la Dirección de Energía de la Provincia (DEPSE) emitió el Informe Técnico concluyendo que el proyecto proyecto BESS de hasta 50 MW de potencia y 200 MWh de capacidad es técnicamente viable y estratégicamente favorable para la Provincia, destacando sus beneficios en confiabilidad eléctrica, reserva de rápida respuesta, regulación de frecuencia, diferimiento de inversiones en infraestructura, generación de empleo local, inversión privada de U$S 38 millones y ausencia de erogaciones para el Estado Provincial; Que la Fiscalía de Estado en su dictamen IF-2026-[DNI]-GDESDE-FDE concluyó que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para disponer la venta del inmueble, incluso sujetándola a la condición suspensiva solicitada por la empresa, debiendo el precio fijarse conforme a la legislación vigente y con la obligación a cargo de la adquirente de obtener todos los permisos y habilitaciones; Que Tribunal de Cuentas de la Provincia, mediante Resolución RETCC-2026- 274-E-GDESDE-TDEC, declara la inexistencia de observaciones en la presente instancia, sin perjuicio de posteriores controles que fueren ordenados en virtud de la normativa vigente; Que resulta imperioso dar respuesta ágil a la solicitud presentada, atento los plazos perentorios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones de la Convocatoria AlmaSADI, con el fin de que la empresa requirente pueda cumplimentar los requisitos de la oferta y, en caso de resultar adjudicataria, materializar el proyecto en beneficio del interés público provincial; Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por los Artículos 21/ y 22/ de Ley Nº 7.409 y por la Constitución de la Provincia; Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTÍCULO 1/: Aceptase la propuesta realizada por la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A. respecto del inmueble de dominio de la Provincia consistente en UNA (1) hectárea a deslindar dentro del predio matriculado como Nº 7N-5446, conocido como "Predio Ex Fandet", ubicado en el Barrio Juan Felipe Ibarra, Departamento Capital, con destino exclusivo a la instalación, operación y mantenimiento de una Central de Almacenamiento de Energía Eléctrica en Baterías (BESS) en el marco de la Convocatoria AlmaSADI (Resolución SE Nº 50/2026) de la Secretaría de Energía de la Nación. ARTÍCULO 2/: Déjase establecido que la venta del inmueble a la firma proponente queda sujeta a la condición suspensiva de que la adquirente resulte adjudicataria del proyecto en la citada Convocatoria. En caso afirmativo, se procederá conforme a lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la Ley N.º 7.409, debiendo intervenir los organismos técnicos competentes para la fijación del valor de mercado vigente. La operación deberá instrumentarse mediante escritura pública, incorporando cláusula de reversión del inmueble a favor de la Provincia, sin cargo, en caso de desafectación del destino convenido o de incumplimiento imputable a la compradora. ARTÍCULO 3/: Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y archívese.- Sr. Elías Miguel Suárez Dr. Víctor Rodolfo Araujo Ing. Néstor Machado
Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.