DECRETO-2026-942-E-GDESDE-GSDE
Datos del acto
- Organismo
- Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero
- Monto
- —
- Objeto
- Declaración de caducidad de la adjudicación en venta directa del Lote 422 de la Colonia Real Sayana, Departamento Avellaneda
- Expediente
- EX-2022-00797081--GDESDE-DT#MPR
Quién cobra
| Nombre | Rol | CUIT | Monto |
|---|---|---|---|
| Persona física (dato reservado) | adjudicatario | — | — |
| Persona física (dato reservado) | adjudicatario | — | — |
| Persona física (dato reservado) | adjudicatario | — | — |
| Persona física (dato reservado) | adjudicatario | — | — |
Datos que el acto no publica
- monto
- cuit
Cita textual
DECLÁRASE LA CADUCIDAD de la adjudicación en venta directa otorgada a favor de los Sres. Roberto Gerez, D.N.I. Nº 14.485.870; Mercedes Edith Gallardo, D.N.I. Nº 9.275.549; Héctor Raúl Abdo, D.N.I. Nº 10.689.744; y Celso Hugo Ledesma, D.N.I. Nº 14.485.803, respecto del Lote 422 de la Colonia Real Sayana, Departamento Avellaneda de esta Provincia, dispuesta mediante Decreto Serie "B" Nº 4.241 de fecha 17/10/1991, inmueble de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero, con dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble con el Nº 1, Folio 1, Tomo 76, de fecha 18/06/1975, con una superficie de ciento dos hectáreas, cuarenta y seis áreas, setenta y dos centiáreas y cuarenta decímetros cuadrados (102 ha 46 a 72 ca 40 dm²), conforme Plano de Levantamiento Territorial y División aprobado por la Dirección General de Catastro bajo el Nº 148, Legajo 04, del año 1986, de conformidad a los considerandos precedentes.
Texto del acto
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DECRETO-2026-942-E-GDESDE- GSDE S A N T I A G O D E L E S T E R O , MIÉRCOLES 27 DE MAYO DE 2026 Referencia: EX-2022-[DNI]- GDESDE-DT#MPR (Digitalizado de Expte. Nº 393-48-2004) - Caducidad adjudicación Lote 422 ubicado en Real Sayana (Avellaneda) VISTO: El Expediente Electrónico E X - 2 0 2 2 - 0 0 7 9 7 0 8 1 - GD E S D E - DT#MPR, correspondiente a la digitalización del Expediente Físico Nº 393-48-2004, mediante el cual el Sr. Alberto Nazareno Marinucci solicita la adjudicación del Lote 422, ubicado en la Colonia Real Sayana, Departamento Avellaneda; y CONSIDERANDO: Que el Lote 422 forma parte integrante de una mayor superficie correspondiente a la Colonia Real Sayana, Departamento Avellaneda, de propiedad del Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero, con dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble con el Nº 1, Folio 1, Tomo 76, de fecha 18/06/1975, y cuyo Plano de Levantamiento Territorial y División se encuentra inscripto en la Dirección General de Catastro bajo el Nº 148, Legajo 04, del año 1986, con una superficie de ciento dos hectáreas, cuarenta y seis áreas, setenta y dos centiáreas y cuarenta decímetros cuadrados (102 ha 46 a 72 ca 40 dm²). Que mediante Decreto Serie "B" Nº 4.241, de fecha 17 de octubre de 1991, se adjudicó en venta directa, en el marco de la Ley Nº 5.402/84 y su Decreto Reglamentario, el Lote 422 de la Colonia Real Sayana a favor de los Sres. Roberto Gerez, D.N.I. Nº [DNI]; Mercedes Edith Gallardo, D.N.I. Nº [DNI]; Héctor Raúl Abdo, D.N.I. Nº [DNI]; y Celso Hugo Ledesma, D.N.I. Nº [DNI]. Que a fs. 27 se presenta la Sra. María Yolanda Rosales solicitando la S E C C I O N A D M I N I S T R A T I V A D E C R E T O S adjudicación en venta del referido inmueble. Que la Ficha de Relevamiento Nº 5240 obrante a fs. 16/17 y el informe emitido por personal técnico de la Dirección General de Tierras a fs. 22 reflejan que el inmueble objeto de autos ha sido abandonado por los adjudicatarios. Que habiéndose corrido vista de las actuaciones a los adjudicatarios, los mismos no efectuaron presentación alguna. Que el artículo 40 de la Ley Nº 5.402/84 establece como obligaciones de los adjudicatarios, entre otras, a) Residir en el predio o en la zona donde el mismo se encuentra ubicado, b) Trabajar y usar racionalmente el predio adjudicado, en forma personal y/o con la colaboración directa de los miembros de su familia, haciendo de ello su ocupación principal…;e) Realizar los pagos de los servicios financieros que correspondan en los plazos y en las formas estipuladas; f) No arrendar, dar en aparcería o bajo cualquier forma de contrato que implique la explotación indirecta de la tierra, ni ceder su derecho sin consentimiento previo y expreso de la Autoridad de Aplicación…". Que el incumplimiento de dichas obligaciones se encuentra sancionado por los artículos 49 incisos c) y d) de la citada ley, los cuales prevén la caducidad de la adjudicación por incumplimiento de las obligaciones legales y contractuales o por abandono del lote. Que asimismo el artículo 50 de la Ley Nº 5.402/84 dispone que, producida la caducidad de la adjudicación, no corresponderá reconocimiento alguno por mejoras introducidas ni por sumas amortizadas. Que, de las constancias del expediente, surge de manera palmaria el incumplimiento por parte de la adjudicataria de las obligaciones establecidas en el Art. 40 Incs. a), b), d) de la Ley Nº 5402/84. Que a fs. 105 y 130 la Asesoría Legal de la Dirección General de Tierras y del Ministerio de Produccion, Recursos Naturales, Forestación y Tierras dictaminan aconsejando declarar la caducidad de la adjudicación en venta directa del Lote 422 de la Colonia Real Sayana, Departamento Avellaneda, con pérdida de lo abonado y de las mejoras introducidas, y la consecuente rescisión contractual. Que a fs. 134/135 obra agregado Dictamen Nº 088 de Fiscalía de Estado, mediante el cual se aconseja declarar la caducidad de la adjudicación en venta del lote 422 de la Colonia Real Sayana, dpto. Avellaneda oportunamente otorgada a favor de los Sres. Roberto Gerez, Mercedes Edith Gallardo, Héctor Raúl Abdo y Celso Hugo Ledesma, sin indemnización de mejoras, ni devolución de las sumas amortizadas mediante el dictado del acto administrativo pertinente. Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1º.- DECLÁRASE LA CADUCIDAD de la adjudicación en venta directa otorgada a favor de los Sres. Roberto Gerez, D.N.I. Nº [DNI]; Mercedes Edith Gallardo, D.N.I. Nº [DNI]; Héctor Raúl Abdo, D.N.I. Nº [DNI]; y Celso Hugo Ledesma, D.N.I. Nº [DNI], respecto del Lote 422 de la Colonia Real Sayana, Departamento Avellaneda de esta Provincia, dispuesta mediante Decreto Serie "B" Nº 4.241 de fecha 17/10/1991, inmueble de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero, con dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble con el Nº 1, Folio 1, Tomo 76, de fecha 18/06/1975, con una superficie de ciento dos hectáreas, cuarenta y seis áreas, setenta y dos centiáreas y cuarenta decímetros cuadrados (102 ha 46 a 72 ca 40 dm²), conforme Plano de Levantamiento Territorial y División aprobado por la Dirección General de Catastro bajo el Nº 148, Legajo 04, del año 1986, de conformidad a los considerandos precedentes. Artículo 2º.- DÉJASE ESTABLECIDO que no se reconocerán mejoras introducidas ni sumas amortizadas, conforme lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley Nº 5.402/84. Artículo 3º.- Notifíquese, publíquese, comuníquese a la Dirección General de Tierras, a la Dirección General de Rentas a la Dirección Bosques y Fauna y a la Contaduría General de la Provincia (Servicio de Contabilidad Financiera y Patrimonial). Cumplido, archívese.- Sr. Elías Miguel Suárez Dr. Víctor Rodolfo Araujo Ing. Néstor Machado
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